Don Nicolás Manuel Fernández, del Comercio de España y vecino del pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de Ignacio Javier de Urrutia, residente en esta vecindad, como apoderado de los hijos del Reino de Navarra, Señorío de Vizcaya y Provincias de Guipúzcoa y Álava, residentes en este pueblo, la cantidad de 1, 000 pesos en dinero de contado, los cuales carga a censo redimible sobre dos casas de su propiedad, con réditos de 5% anuales, para que con ellos cuide del aseo, culto y adorno de la capilla y altar que en dicha parroquia tienen consagrada las 4 Provincias. Dichas casas se encuentran en este pueblo, una en la Calle Nueva que reporta sobre su valor 500 pesos de censo redimible, pertenecientes a obra pía.
CAPILLAS
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Don José Miguel de Iriarte, Alcalde Ordinario por Su Majestad de primera elección en esta Villa, como Diputado nombrado por los individuos vecinos y residentes en este suelo, naturales de las cuatro provincias del Reino de Navarra, Señorío de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, otorga poder especial al Señor don José Franco y Gregorio, Deán de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre comparezca en aquel juzgado eclesiástico a contestar y promover cuanto conduzca a los derechos de su representación en el expediente que allí se sigue, relativo a la exacción que el mayordomo de la fábrica de esta iglesia parroquial reclama, de 25 pesos por el derecho de fábrica a cada una de dichas provincias para que se sepulten en la bóveda, que éstos erigieron en la Capilla de San Ignacio de Loyola, la que fue también a costa de los mismos.
Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, Diputado nombrado por los naturales de las Cuatro Provincias del Reino de Navarra, Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, vecino residente en esta Villa, otorga poder especial a don Cristóbal Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica del Obispado de la Puebla de los Ángeles, para que en uso de la indicada representación proceda a celebrar y ratificar la transacción y amigable convenio habido del artículo promovido por el mayordomo de la fábrica de esta iglesia parroquial, el Presbítero don Juan Nepomuceno de Ulloa, y el otorgante con la indicada representación, sobre puntos de la capilla de San Ignacio y bóveda subterránea en la misma parroquia, hecha y titulada por aquellos, arreglándose en un todo para la dicha transacción a las cinco condiciones estipuladas.\t
Don Adrián de Larramendia, don Francisco de Echeverría y Garay, don Miguel de Arieta, don Dionisio de Asunsolo, don Nicolás Manuel Fernández, junto con otros individuos de las Provincias Guipúzcoa, Vizcaya, Álava y Navarra, otorgan que dan poder a don Ignacio Javier de Urrutia, para que en sus nombres acepte la gracia y merced concedida por el señor Obispo de ésta Diócesis de la capilla del crucero y bóveda de esta antigua parroquia, bajo las calidades de imponer 1, 000 pesos de contado para ayuda de los costos que se registraron para su nueva construcción.