Doña Agustina de Aragón y Peralta, viuda del Capitán don Juan de Peralta y Mendoza, difunto, Alcalde Mayor que fue de esta villa de Córdoba y del partido de San Antonio Huatusco, como albacea testamentaria y en virtud del poder para testar que en vida le concedió su esposo, por la presente otorga el testamento de su marido. Declara que falleció el 21 de noviembre del presente año y su cuerpo fue enterrado en la capilla mayor de esta iglesia. Manda se le dé a la madre Ana María de San José, su hija, Religiosa Profesa del convento de San Juan, un relicario de plata sobredorada que era [de su marido], en que está un pedacito de lignum crusis. Declara que la Real Caja de México le debe a su marido dos años de salarios de sueldos de Alcalde Mayor, uno de cuando fue en Malinalco y otro cuando fue de Orizaba. Nombra a don Joseph [José] de Peralta y Mendoza, hijo legítimo de su marido en primeras nupcias, como patrón del patronato fundado en la ciudad de Trujillo, en la Extremadura, por su bisabuelo Alonso Regodón Calderón. Entre otras disposiciones.
Zonder titelCAPILLAS
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El Bachiller don Juan Crisóstomo de Aranda, Presbítero, Vicario de esta villa, otorga poder especial a don Fernando de Carvajal, residente en la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona parezca ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y se oponga a los bienes y concurso de acreedores que se sigue contra bienes del Capitán don Manuel Gómez Dávila, difunto, por la cantidad de 279 pesos que se le deben de capellán que fue de la capilla de la hacienda que quedó por sus bienes, los cuales tiene declarado el Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, su albacea, debérsela.
Zonder titelManuel de Calsinas, vecino y natural de esta villa de Córdoba, hijo de Juan de Calsinas y de María de Milla, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa delante de la capilla de Nuestra Señora del Rosario. Señala debe a José Hernández Navarro, a Juan Hernández, a don Francisco Valero y a Isabel Álvarez de la Oliva, viuda de Diego de Rojas, también, tiene hecho un vale a favor de Salvador de Mérida que ya tiene pagado. Declara tiene en poder de don Francisco José Bayro 9 cargas de tabaco zacate, las 3 de ellas pertenecen a Isabel Álvarez de la Oliva y las otras 6 a él, y en una de las cargas tiene 60 manojos de tabaco entrefino, y no le ha dado cosa alguna a cuenta. Declara que hace treinta y seis años poco más o menos contrajo matrimonio con Juana de Robles, quien no llevó cosa alguna a su poder ni él tenía, durante este matrimonio han procreado seis hijos. Declara que entregó animales y dinero a sus hijos Antonio Calsinas, que está casado con María Tinoco, y a Marina, mujer de Juan. Por bienes suyos declara la casa de su morada fabricada en medio solar, animales, un rancho, 30 000 matas de tabaco y otro rancho de tabaco en tierras de esta villa con una casa y un solar que hubo y compró de Juan Abad. Nombra por albaceas a doña Juana de Robles y a Antonio Íñiguez de Estrada, su compadre, y por tenedora de bienes a Juana. Nombra por herederos a sus hijos.
Zonder titelDoña Francisca Javiera Fernández de Jáuregui, natural y vecina de esta villa de Córdoba, hija de Luis Fernández de Andrade y de doña Juana de Jáuregui, difuntos, otorga poder a Francisco Estévez, su marido, mercader y vecino de esta villa, para que haga su testamento con las mandas, misas, legados y declaraciones siguientes: Manda su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de la Tercera Orden de la que es hermana, y sepultada en la iglesia delante de la capilla de San José y la forma de su entierro, acompañamiento y demás sufragios deja a voluntad de sus albaceas. Declara es hermana de todas las cofradías sitas en la iglesia parroquial de esta villa. Señala hace diecinueve años, poco más o menos, contrajo matrimonio con Francisco, llevando ella a su poder 100 pesos sin hacer escritura de dote, y el susodicho llevó de capital lo que dijere, de cuyo matrimonio no han procreado hijos. Nombra por albacea, tenedor y heredero de sus bienes, deudas, derechos y acciones a Francisco.
Zonder titelJuan Rodríguez Teiseira, vecino de esta villa y natural del reino de Portugal de la provincia de Chaves, hijo del difunto Baltazar Rodríguez y de doña Faustina Piñera, viva; y doña Antonia Millán Quijada, natural y vecina de esta villa de Córdoba, hija de Antonio Millán Quijada y de doña Sebastiana Cid, sus padres; ambos, otorgan que se dan poder mutuo para testar, señalando que el que sobreviva de los dos haga el testamento del otro con las mandas y disposiciones que se tienen comunicadas. Mandan que sus cuerpos sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden son hermanos. Juan manda sea sepultado en la iglesia de esta villa en la capilla de Nuestra Señora del Rosario, y doña Antonia sea sepultada en el convento del Señor San Antonio debajo del altar de Nuestra Señora de los Dolores y el entierro y acompañamiento a voluntad de sus albaceas. Declaran, que habrá tiempo de cinco años y medio poco más o menos contrajeron matrimonio, Juan llevó por propio caudal 5 000 pesos poco más o menos, y doña Antonia llevó como 600 pesos en una memoria de diferentes trastes en la que se le incluyen 106 pesos y 2 reales, durante éste han procreado a Micaela y al presente se halla en cinta. Ambos se nombran albaceas testamentarios y tenedores de sus bienes, y también nombran albacea a Antonio Millán Quijada. Nombran por herederos a su hija Micaela y al póstumo que nacerá. Se nombran el uno al otro tutor y curador de sus hijos.
Zonder titelDon Lorenzo de la Torre, Caballero del Orden de Calatrava, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, Factor, Veedor, Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, natural de la villa del Cabezón de la Sal en las montañas del arzobispado de Burgos en los reinos de Castilla, hijo de don Lorenzo de la Torre y de doña Marta González de Hoyos, difuntos. Por la presente otorga poder para testar al Capitán don Lope Antonio de Iribas, a doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos y a doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, vecinos de la villa de Córdoba, para que en nombre y en representación de su persona puedan hacer y otorgar su testamento como se los tiene comunicado. Ordena ser sepultado con las vestiduras militares del orden que profesa y si falleciera en esta villa sea sepultado en el convento de San Antonio, delante del altar de Nuestra Señora de los Dolores, y si sucediere en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, México o Veracruz sea en el convento del Señor Santo Domingo, en la capilla de Nuestra Señora del Rosario, y si fuere en el camino, manda que sus huesos sean trasladados a la iglesia más cercana. Declara fue casado en primer matrimonio, diecisiete años, con doña Rosa María Laso, vecina que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, hija del Alférez don Manuel Laso Nacarino y de doña Sebastiana de Espinosa, y por no haber tenido hijos, les devolvió a los padres de la susodicha lo que importaba carta dote. Señala que habrá tiempo de quince días, poco más o menos, que pasó a segundas nupcias con doña Ana Francisca Margarita, y los padres de ella le prometieron 30 000 pesos en el valor de un trapiche nombrado Nuestra Señora de Guadalupe y otras alhajas, siendo el día 23 de noviembre del presente año que se celebraron las nupcias, habiendo otorgo carta de dote. Señala no tiene hijos que con derecho le deban heredar. Declara tiene bienes en la villa de Cabezón de la Sal que corresponden a la parte paterna y materna, que están en poder de unos parientes suyos de los que es su voluntad que en caso de que él llegase a tener hijos de este matrimonio, los hereden los susodichos y de no tenerlos hace donación de ellos a sus parientes. Nombra por sus albaceas al Capitán don Lope Antonio, a doña Agustina Jaimes Dávila, padres de su mujer, a su mujer doña Ana Francisca Margarita y al Señor don Diego Felipe de Angulo, Chantre de la iglesia de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y por tenedora de sus bienes a doña Ana Francisca. Nombra por heredera de sus bienes, derechos y acciones a la dicha doña Ana Francisca Margarita.
Zonder titelEl Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición [roto], en voz y nombre de su hermano, el Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, también Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, en virtud del poder para testar que le otorgó en esta villa de Córdoba, bajo el cual falleció, otorga por la presente su testamento según y cómo se lo dejó comunicado. Declara que su hermano falleció el 20 de noviembre de 1719 y que fue sepultado en la santa iglesia mayor de esta villa, en la capilla mayor, al lado del evangelio. Ordena se le dé limosna a las [cofradías] fundadas en la iglesia parroquial de esta villa, a las del barrio de San Miguel y pueblo de las Casillas, 2 pesos a cada una. Declara para que conste, que su difunto hermano dejó un esclavo negro nombrado Pedro José, criollo, del cual ordenó que, si le asistía bien en su servicio y si le parecía al otorgante, le otorgara su libertad y si no fuera así, le sirviera por todos los días de su vida. El otorgante se nombra como albacea y heredero.
Zonder titelDon Vicente Leboreiro, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él se manifiesta que, en esta villa en 10 del corriente, confesó haber recibido de José Salmerón y Beatriz Márquez, su legítima mujer, ambos de esta vecindad, 1 200 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos durante la vida del citado José y Beatriz; y después del fallecimiento de los nominados el principal pasará a disposición del Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Seráfico Reverendo Señor San Francisco de Asis, sita en su convento con la advocación de Señor San Antonio de Padua, para que se imponga en finca segura a censo principal redimible y sus réditos se conviertan en ayuda de sufragar los costos de las festividades que se intentan fundar en la capilla de dicho Venerable Orden Tercero de los Desagravios de Cristo Señor Nuestro, con obligación de veinte misas rezadas por la pitanza ordinaria de cuatro reales cada una por el alma de los referidos José y Beatriz, convirtiéndose la restante cantidad de los réditos en la dicha celebridad, y para la seguridad del principal hipotecó una casa cubierta de madera y teja que por suya propia posee en esta villa.
Zonder titelDon Francisco Estévez, vecino de esta villa de Córdoba, natural de Santa María de Belios en el reino de Galicia, obispado de Santiago, hijo de Gonzalo Estévez y de María de Miranda, difuntos; otorga poder a los Capitanes don Gaspar Rendón y don Gregorio Martínez de Solís, vecinos de esta villa, para lo que hagan y otorguen su testamento con las mandas y disposición que les tiene comunicado. Ordena que cuando fallezca sea amortajado con hábito y cuerda del Señor San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de San José. Manda limosnas a la cofradía del Santo Cristo, sita en la parroquia de esta villa, para ayuda de dorar su colateral de cuya cofradía es actual mayordomo. Declara que hace trece años contrajo matrimonio con doña Francisca Javiera Fernández de Jáuregui, hija del difunto Luis Fernández de Andrade y de doña Juana de Jáuregui, y ella llevó al matrimonio como 100 pesos en ropa de vestir y él tendría de capital y caudal propio la cantidad de 5 000 pesos, de cuyo matrimonio no han procreado hijos y la dicha su esposa se halla en el convento de Nuestra Señora de los Dolores, en ciudad de la Puebla de los Ángeles. Nombra por sus albaceas a Gaspar y Gregorio, y por tenedor de bienes a dicho Gaspar, y como heredero del remanente de sus bienes nombra a su alma.
Zonder titelLuis de Guzmán, vecino de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de Tecamachalco, hijo de Francisco de Guzmán y de Magdalena de Castañeda, difuntos, otorga testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa en la capilla de Nuestra Señora de la Soledad, en la forma de entierro que les pareciere a sus albaceas. Declara fue casado con Juana de Orozco, que no llevó al matrimonio caudal alguno y él tenía como 200 pesos poco más o menos, y procrearon a Cayetano y María de Guzmán, mujer de Pedro Domínguez. Pasó a segundas nupcias con Gertrudis Domínguez, quien tampoco llevó caudal alguno al matrimonio y no han procreado hijos. Manda que de sus bienes se den 60 pesos a su mujer, por el valor de 3 cargas de tabaco zacate de que le es deudor. Por sus bienes señala la casa de su morada, ocho vacas de las cuales manda se le den dos a su mujer, también tiene dos mulas, un caballo, una espada de fierro, mesa de cedro, una hechura de bulto del Señor San Luis en su tabernáculo. Declara debe diferentes cantidades a las personas siguientes: Rodrigo Ventura Márquez, Pascual de Molina, al Sargento Andrés de Villavicencio, a Santiago el mulato. Declara le deben las personas siguientes: Salvador Moreno, Pascuala la de Bartolo, una india llamada María, del pueblo de San Juan de Coscomatepeque, manda se pague lo que estuviere debiendo y se cobre lo que le estuvieren debiendo. Nombra por sus albaceas testamentarios a Cayetano, su hijo, y a su mujer Gertrudis Domínguez. Por herederos señala a sus hijos Cayetano y María de Guzmán.
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