CAPILLAS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0055-PX_0055_0157 · Unidad documental simple · 26/08/1788
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro de Garay , vecino y del comercio de Jalapa, como Ministro del Hermano Mayor de la Orden Tercera de Penitencia de la Parroquia de San Francisco, ante la petición que manifestó don Mateo Badillo, Hermano de la Tercera Orden de la misma vecindad, se obliga a que en su capilla se aplique una misa rezada todos los sábados venideros vísperas de domingo de cuerda, en la cual se pida una limosna de 6 reales en cada una mientras subsista en cuerpo la orden.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0028 · Unidad documental simple · 1718/05/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Sargento Mayor don Pedro Pablo Sánchez López de los Arcos, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles y residente en esta villa, como patrono actual de la capilla mayor de la iglesia parroquial con el título de los Bienaventurados Apóstoles San Pedro y San Pablo del lugar de Ybros [Ibros], obispado de la ciudad de Jaén en los reinos de Castilla. Por la presente, otorga que renuncia el patronato en el Licenciado don Mateo López de los Arcos, su hermano, Clérigo Presbítero Domiciliario del obispado y vecino de Ybros [Ibros], transfiriéndole los derechos y acciones para que con libre y general administración parezca con este ante quien le convenga, y pida se le dé posesión real y corporal del patronato y capellanía mayor de la iglesia parroquial. Y en virtud de la renuncia de dicho patronato, lo use para cesar de su uso al Licenciado don Juan Antonio Chinchilla, quien venía ejecutando el patronato por poder que el otorgante le había conferido, asimismo, le revoque los demás poderes que le tiene otorgados, y entregue a dicho don Mateo López todas las alhajas de plata que se hubieren comprado con los 3 400 pesos escudos que recibió con el prior y demás eclesiásticos de dicho lugar, con más 200 pesos escudos que percibió sin orden del otorgante de don Antonio Pardo, y 4 000 pesos escudos que recibió junto con el prior, cura beneficiado y demás eclesiásticos de dicho lugar, para que todas las cantidades de pesos se empleen en heredades de hazas de pan llevar u olivares para que tengan renta perpetua las obras pías, que son las que siguen: Primera obra pía, la renta que produjeren 1 000 pesos se destinarán para que siempre la goce un maestro de escuela que enseñe a los hijos de los pobres del lugar de Ybros [Ibros] de Valde, el cual será elegido por el otorgante como desde luego elije por primer maestro de escuela a Bartolomé del Río, especificando que el maestro deberá ser secular. Segunda obra pía, la renta que produjeren 2 000 pesos escudos será aplicada para que la goce perpetuamente el que le suceda en el patronato, bien sea varón o hembra, en este caso su hermano don Mateo, con la carga que ha de dar misa todos los domingos y días festivos por la intercesión del otorgante, en la capilla mayor de doce, bien sea que la diga el patrono o bien que la diga otro sacerdotes con quien se ajuste la limosna, porque su voluntad es que éste y los demás patronos o patronas que en adelante fueren gocen del demás superávit eligiendo a su voluntad quien dicha misa de doce, bien sea éste sacerdote secular o reglar, sin que en esto se entrometa ningún señor juez eclesiástico ni secular. Tercera obra pía, la renta que produjeren 1 000 pesos escudos será aplicada y repartida en dos partes iguales, la primera es para que el patrón o patrona compre cera todos los años para que se gaste encendida el Jueves Santo en la capilla mayor, y la otra mitad la aplique para que se celebre cabo de año con misa cantada por el alma del otorgante y los de su intención, sin que se entrometa en cosa alguna de lo expresado el prior, cura beneficiado, sacristán ni ninguno de los señores jueces eclesiásticos, porque quiere que sea voluntad del patrón o patrona en tal tiempo. También, manda que pase a poder del Licenciado don Mateo López de los Arcos, del Licenciado don Juan Antonio de Chinchilla, del prior, cura beneficiado y demás eclesiásticos lo siguiente: acetre, hisopo, otro cáliz y patena, copón con su tapa para el sagrario, incensario, naveta y cuchara, dos vinajeras con su platillo, varas de palio y guion con su cruz todo de plata, tres albas y otras piezas, fundación del patronato, escrituras y demás instrumentos pertenecientes al patronato sin exceptuar cosa alguna, inventariándose con toda cuenta. Asimismo, da el poder para que haga las diligencias que convengan y descubra cualesquier bienes del patronato que se hubieren ocultado tales como, papeles e instrumentos remitidos por el otorgante, y como tal patrón deba proceder a ello sin ninguna limitación, quedando comprendida cualesquier especialidad, concediéndole facultad para que pueda después como tal patrono hacer nombramiento, renunciando este patrono en uno de los parientes inmediatos de los tres familiares, como son los hijos de Diego López Marín, su tío, sus nietos y demás descendientes o en los hijos o nietos de Miguel de Aranda o en los hijos, nietos y demás descendientes de Bartolomé Carlos López de Chinchilla. Elegida una de las tres familias, permanecerá en el patronato hasta que se acabe la familia. Finalmente, que por ninguna razón se podrá gravar, enajenar, vender, cambiar ni enajenar el patronato.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0102 · Unidad documental simple · 1719/10/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Álvarez de Pineda, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Sevilla en los reinos de Castilla, hijo de Juan Álvarez del Pino, difunto, y de Francisca de Pineda, que vive en la ciudad de Sevilla; y Teresa Hernández, su mujer, hija de Juan Hernández y de doña Sebastiana de Madrid, vivos. Ambos se otorgan poder mutuo para testar, junto con el Teniente don Esteban de Naval y Pintos, señalando que el que sobreviva de los dos y en el término que la ley 33 de Toro dispone haga su testamento con las mandas y disposiciones que se tienen comunicados. Mandan sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultados en la iglesia parroquial de esta villa, el cuerpo de Juan en la capilla de Nuestras Señora de la Soledad y el de Teresa en la capilla de Nuestra Señora del Rosario. Habrá tiempo de un año que contrajeron matrimonio, llevando Teresa por dote 1 800 pesos que sus padres le dieron a Juan, pero no entregó recibo. Juan señala que sus dependencias de lo que debe y le deben constará por libro de cuentas. Nombra por su albacea al Teniente don Esteban de Naval y Pintos, su tío, y al último que quedaré de ellos dos, nombra por tenedor de bienes a dicho teniente. Juan nombra por heredera a doña Francisca de Pineda, su madre, y en caso de que fallezca antes que él en su lugar nombra a Teresa, su mujer; y Teresa nombra por sus herederos a Juan Hernández y a doña Sebastiana de Madrid, sus padres, y del remanente de sus bienes a su marido.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0107 · Unidad documental simple · 1719/10/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Teniente de Caballería Esteban de Naval de Pintos, vecino de esta villa de Córdoba y natural del lugar de San Miguel de Marcon, en el obispado de Santiago de Galicia en los reinos de Castilla, hijo de Juan de Naval y de María de Pintos, vecinos de dicho lugar; y María de Madrid, su mujer, vecina de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de Orizaba, hija de Tomás de Madrid y de Josefa Pizarro, difuntos. Ambos otorgan su testamento en la forma siguiente: Mandan sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya orden son hermanos, y sepultados en la capilla de la Tercera Orden, entierro y acompañamiento lo dejan a voluntad de sus albaceas. Mandan a todas las cofradías fundadas en la iglesia de esta villa y barrios de las Casillas y San Miguel, de la que ambos son hermanos, un peso a cada uno. Mandan se saquen de sus bienes y en caso necesario se queden sobre casa de su morada 300 pesos de principal para que, con sus réditos, se haga anualmente misas cantadas en aniversario de los difuntos en el mes de noviembre. También, es voluntad de ambos que se quede sobre la casa 100 pesos de principal perpetuamente, para que con sus réditos se le cante una misa al Señor San José. Es voluntad de ambos que del remanente del quinto de sus bienes [roto] una capellanía [roto] para que a título de ella se ordene de sacerdote [roto] uno de sus hijos [roto]. El teniente declara que tiene diferentes cuentas con vecinos de esta villa y fuera de ella, las cuales aparecerán en su libro de cuentas, asimismo declara no debe cosa alguna. Ambos señalan que habrá tiempo de catorce años poco más o menos que son casados, ella llevó por dote 150 pesos y él 3 500 pesos y a la dicha su mujer le mandó en arras propter nuptias 500 pesos, durante éste han procreado cuatro hijos. Por bienes suyos señalan dos casas una de su morada y el menaje que le pertenece, además de un solar, un rancho de tabacal en tierras del cabildo de esta villa, esclavos y demás bienes que se mencionan en esta escritura. Nombran por sus albaceas al Capitán don Lope Antonio de Iribas y al Regidor don Ignacio de Tembra y Simanes sus compadres y al último que quedare vivo de los dos otorgantes. Nombran herederos a sus hijos. Y en atención que sus hijos se encuentran en edad pupilar, uno y otro se nombra tutor y curador de sus personas y bienes de ellos, y el último que quedare vivo de los otorgantes nombrará por tutor y curador de sus hijos a los mencionados Capitán don Lope Antonio y por su falta a don Ignacio de Tembra.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0005 · Unidad documental simple · 1720/01/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de doña Francisca Milián Perdomo, su legítima mujer, en virtud del poder para testar que le otorgó en esta villa de Córdoba, bajo el cual falleció, otorga por la presente su testamento según y cómo se lo dejó comunicado. Declara que su mujer fue sepultada en la santa iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de Nuestra Señora del Rosario. Declara que fue voluntad de su mujer que cuando muera el otorgante sean liberados dos esclavos nombrados María y Miguel, hermanos, de seis y dos años de edad. Declara que cuando contrajeron matrimonio, doña Francisca Milián llevó por dote medio solar eriazo, en el cual, don Pedro de Ves construyó la casa de su morada, y don Pedro tenía de capital más de 8 000 pesos en reales y en géneros de Castilla y de la tierra en una tienda, y un negro nombrado Antonio, con el demás menaje de su casa. Se nombra albacea y tenedor de bienes de la difunta. Nombra heredera a doña María Milián Perdomo, madre de su difunta esposa.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0112 · Unidad documental simple · 1702/11/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Jerónima de Gatica, natural y vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Luis Gómez Infante, hija legítima del Capitán Pedro de Gatica y de Magdalena de Alcalá, sus padres difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Manda ser sepultada en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de las Ánimas del Purgatorio. Declara que debe a Diego de Palma, 4 reales. Declara por bienes 650 pesos que paran en poder de los albaceas de don Nicolás de Olivera, difunto; unos sarcillos de oro y perlas grandes que se avaluaron en 130 pesos y otros pequeños; un escritorio de cedro, un lienzo del Santo Ecce Homo, entre otros bienes que se detallan, los cuales manda entren en poder de su albacea, para que lo que toca a los sarcillos entregue a sus herederos y lo demás lo venda. Nombra por albacea testamentario y tenedor de bienes al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa. Nombra como herederos por partes iguales a Magdalena, de siete años, y a José, de tres años, sus nietos, hijos legítimos del Capitán don Francisco de Barrios y de doña María Gómez de Gatica, hija de la otorgante. Y en atención a que dichos herederos se hayan en minoría de edad, ordena que los bienes entren en poder del Capitán don Gregorio Martínez de Solís, en tutela hasta que tengan la edad capaz, con sus réditos del 5 por ciento cada año, los cuales se han de entregar al dicho don Francisco de Barrios, para ayuda de sus alimentos.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0113 · Unidad documental simple · 1746/04/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              “Manuel Francisco García del Castillo, Procurador de Causas de la Audiencia Ordinaria de esta villa, exhibió dos testimonios de una escritura, su data en la ciudad de los Ángeles de 16 del corriente, y en ellos consta que el Licenciado José Yanuario Molina, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, en virtud de superiores decretos del ilustrísimo señor arzobispo, subrogó, cedió y traspasó el dominio que tenía a la cantidad de 1 500 pesos que por su principal impuso y cargó a su favor, sobre cierta capellanía que instituyó y fundó, la cual no tuvo efecto su creación y canónica colación, y en favor los 1 000 pesos de ellos del aceite de la lámpara de la capilla de San Nicolás Obispo, que se halla sita en la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y los 500 restantes que pertenecen a otra capellanía [roto] que en sí la percibió el citado don José Yanuario la puso en su propio lugar que gozaban dichos 1 500 de su capellanía sobre el valor y precio de la hacienda del beneficio de hace azúcar nombrada Señora Santa Ana de Tepostepeque [Tepostepec], que actualmente es dueño el Regidor don Francisco García de Lara, la cual se halla en términos de esta jurisdicción, por cuya parte se reconocieron ambas porciones, obligándose a la paga de sus principales y réditos”.

              DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0204 · Unidad documental simple · 1769/05/08
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Manuel Gómez Dávila, albacea de doña Florentina Millán, difunta, y su único heredero, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que el 5 del corriente mes, se obligó a reconocer 1 000 pesos por vía de depósito irregular y con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, quedada en esta villa por bienes de dicha difunta, que se halla en la calle Real, y confesó haber recibido dicha cantidad de Toribio Rodríguez Cabanzón como Síndico Tesorero del Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Padre Señor San Francisco de Asís, sita en su convento de religiosos de Franciscos Descalzos con la advocación de Señor San Antonio de ésta, con el fin de que se impusiese sobre finca segura a censo principal redimible para que sus réditos se conviertan en sufragar los gastos de los Desagravios de Cristo Señor Nuestro que se han de celebrar anualmente en su respectivo tiempo en la capilla de dicha Orden Tercero; y por el tiempo de cinco años y en el ínterin y en el demás tiempo de su retención y demora sus respectivos réditos de 5 por ciento.

              JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0217 · Unidad documental simple · 1774/07/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Toribio Rodríguez Cabanzón, de esta nueva vecindad y comercio, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta que en esta villa en 6 del corriente el Teniente Marcos José de Hería, de esta vecindad, confesó haber recibido de doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, viuda del Factor don Lorenzo de la Torre, igual vecina de ésta, 500 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular, con obligación de rédito sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en un solar de su pertenencia de 50 varas en cuadro, situado en el barrio que llaman la Lagunilla, en la calle que baja del convento de Nuestro Señor San Antonio de Padua para el camino Real que baja a la Nueva ciudad de la Veracruz, a favor del Venerable Orden Tercero de Nuestro Padre San Francisco de Asís, sita en el referido convento de religiosos del citado orden, para que sus réditos se conviertan en sufragar en partes los costos de la festividad de Cristo Señor Nuestro que se celebra anualmente en su capilla. Y se obligó a tenerlos en la forma referida y a entregarlos dentro de cinco años, con hipoteca de la casa y el expresado solar.

              JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0121 · Unidad documental simple · 1710/12/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Millán Quijada, vecino de esta villa de Córdoba, ha recibido de don Miguel García de Monzaval, Hermano Mayor actual de la Tercera Orden de Penitencia de esta villa, 790 pesos en reales de oro común, cuya cantidad es la misma que se recogió de limosna entre los hermanos de la Tercera Orden para que se impusiesen a censo y con los 39 pesos 4 reales de réditos anuales que resultan de dicha cantidad, se pueda comprar el aceite para la lámpara de la capilla de dicha Tercera Orden y alumbrar al Santísimo Sacramento que está colocado ahí. Por lo cual otorga que sitúa y carga dicha cantidad sobre una casa grande de piedra y madera baja, cubierta de teja, que posee en esta villa, en la esquina frontero del convento del Señor San Antonio y de dicha [capilla] de la Tercera Orden de Penitencia; linda con una parte con casa del Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa; y hace frente, calle en medio, con casa del Capitán don Manuel Gómez Dávila. Asimismo, declara que dicha casa la compró a don Nicolás Rodríguez Dávila, con el cargo de 1 500 pesos de principal a favor del ánima de doña Marina Gómez Dávila, su madre.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO