CANARIAS, ISLAS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0004-PC_0004_0032 · Pièce · 1644/06/08
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Manuel [del Polear], vecino de esta villa, hijo de Manuel Martín del Polear [sic] y de Beatriz Hernández Márquez, vecinos que fueron de la isla de La Palma, isla de Canarias, de donde es natural, otorga testamento en la manera siguiente: Declara que debe a Amaro Luis por su servicio personal; a la viuda de José Hernández Vaquero; al Alférez Juan García Valero; a la viuda Beatriz de Sotomayor, y a otras personas que se mencionan en la escritura. Señala por sus bienes la casa de su morada, una negra esclava llamada María y veintinueve mulas y machos de recua. Menciona por sus deudores a Pedro Hernández de Asperilla, por un pleito que entre los dos se conchabaron, y en caso de que éste pague manda que se le den 200 pesos a los herederos de Jacinto [ilegible] a quien se los debe y le tiene embargado 800 pesos. Declara que fue casado con Ana de Sandoval, quien llevó de dote 500 pesos, pero él no se acuerda con cuanto la dotó. Nombra por sus albaceas testamentarios a Ana de Sandoval, y a Jusephe [José] de Medices [Medises], su cuñado; y por sus universales herederos nombra a su mujer, y a sus hermanas de las que no ha tenido noticia, y si fueren muertas que se herede a los hijos de éstas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0068 · Pièce · 1667/07/09
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Salvador de Brito Lomelín, hijo de Antonio [de] Brito y Francisca Lomelín, vecinos que fueron de la isla de la Palma en la de Canaria, de donde es natural, vecino de esta villa, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que está casado con [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], quien no llevó dote al matrimonio, los bienes que tienen los han ganado durante el tiempo de su matrimonio; ambos procrearon a María de Brito [Lomelín] mujer del Alférez Tomás López de Sagade; Antonio de Brito [Lomelín] de veinticinco años; Salvador de Brito de veintidós años; Josefa de Brito de dieciocho años; Francisco de catorce; Diego de trece años; Bartolomé de [Brito Lomelín] de ocho años y Ángela de seis años. Menciona que debe a Juan Muñoz Redina, vecino de la ciudad de los Ángeles; y a Miguel Méndez Ferrera su compadre, vecino del pueblo de Orizaba. Declara por sus bienes la porción legítima de la herencia de sus padres; las casas de su vivienda con la parte del solar en que están edificadas; cuatro solares de tierra para casa de vivienda y dos hornos que en ellos están edificados; veintidós mulas de carga de silla y de carga aparejadas. Nombra albaceas testamentarios a [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa] su mujer y Antonio de Brito [Lomelín] su hijo para que entren en sus bienes, los vendan y rematen. Y del remanente que quedare de sus bienes instituye como sus universales herederos a sus hijos para que los disfruten por iguales partes. Por último, nombra por tutor y curadora de sus bienes a dicha Andrea Rodríguez.

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