Doña María Josefa Guillén, de esta vecindad, mujer y conjunta persona de don Juan Bautista de Campo, otorga que recibe de don Pedro Martínez, como curador y tutor de sus menores hermanas doña Ana y Margarita Guillén, la cantidad de 300 pesos, correspondiente a la cuenta de división y partición de bienes de su padre, el difunto don Antonio Guillén, mismos que se obliga a tener en depósito irregular por el tiempo que dure la minoría de edad de sus hermanas o hasta que sean habilitadas por matrimonio, de los que pagará el premio anual del 5 %, por lo que hipoteca la cantidad de 987 pesos 6 reales que se le adjudicaron por dicha división de bienes de su padre en una casa que dejó en esta Villa, haciendo esquina a los callejones del Diamante y de Quiñones.\t
CALLEJÓN DE QUIÑONES
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Don Manuel Arizavalo, de esta vecindad, mayor de veinticinco años de edad, en virtud de los poderes generales que le confirieron sus hermanos, don Santiago y don Juan Arizavalo, otorga que como hijos y herederos de los finados don Santiago Arizavalo y Noblecia y de doña María de Jesús Franceschi y Castro, vende realmente en favor del licenciado don Antonio María de Rivera, de esta misma vecindad, una casita de edificio bajo, cubierta de madera y teja, situada en esta ciudad, en la primera cuadra de la calle que nombran de Belén haciendo esquina al callejón de Quiñones, con dos frentes, uno al poniente dicha calle en medio y del otro lado casas altas de la testamentaria del finado don Felipe Díaz de Peón; por su fondo linda con casa que fue de la testamentaria de don Domingo Franceschi y hoy es de don Dionisio Luis Camacho y Reyes; por el sur linda con casa alta y baja de don Domingo María Franceschi y Castro, que fue también a dicha testamentaria, la cual tiene dos piezas altas sobre dos bajas de la que va deslindándose, por haber sido ambas fincas de un propio dueño; y por el norte con dicho callejón de Quiñones y del otro lado casa alta y baja de los herederos de don Francisco Javier de Gorospe. Cuya deslindada finca es la misma que en la partición de los bienes que quedaron por fin y muerte de don Domingo Franceschi y doña Rosa de Castro, tocó en suerte a la citada señora su madre doña María de Jesús Franceschi y Castro, que falleció en la ciudad de San Sebastián de la península española, de quien como lleva dicho son legítimos y únicos herederos el compareciente y sus dos hermanos don Santiago y don Juan, por haber fallecido su otro cuarto hermano, don José Hilario Arizavalo, sin sucesión; habiéndose terminado la testamentaria de sus abuelos por la escritura de adjudicación que mutuamente otorgaron los legítimos participantes de dicha herencia en esta ciudad el 10 de marzo de 1830. La vende por precio de 3 950 pesos en plata de oro, en la forma que se menciona en el acta.
Sem títuloDon Juan Hilario de Echagaray, de esta vecindad, dijo que el 15 de octubre de 1838 don Manuel Arizavalo a nombre propio y en el de sus hermanos don Santiago y don Juan [Arizavalo], formalizó venta de una casa, situada en esta ciudad en la calle de Belén y callejón de Quiñones, en cantidad de 3 950 pesos al señor Antonio María de Rivera. De cuya suma fueron al contado 1 000 pesos, 100 que siguen reconociendo en la misma finca y el resto que son 2 850 se pactó fuesen en tres plazos de 950 pesos cada uno, al vencimiento de cada seis meses; siendo el primer plazo vencido en abril del presente año y enterado por Arizavalo. En lo que respecta al segundo plazo lo recibió el comparente, por ausencia de don Manuel Arizavalo, como representante de éste y de sus hermanos Santiago y Juan, como consta de poder de 15 de octubre de 1838. Cuya cantidad de 950 pesos se da por entregado de don Antonio María de Rivera, y le entrega recibo en forma.
Sem títuloDon Juan Ignacio Lerdo [de Tejada], por su hermano don Miguel María Lerdo de Tejada; y don Tadeo Díaz por sí, ambos comparentes de esta vecindad, dijeron que según consta del documento que exhiben para que se agregue a este registro y se inserte en las copias que se ministran en el presente instrumento, tienen celebrada sociedad de comercio los nominados don Miguel María Lerdo de Tejada y don Tadeo Díaz en establecimiento de tienda de pulpería, situada a la calle de Belén, esquina del callejón de Gorospe o Quiñones, en casa perteneciente a los señores Gorospe, bajo los condiciones que aparecen en el documento anexo a esta escritura. Y que debiendo formalizar la respectiva escritura de ese contrato, reduciéndolo a efecto, por la presente en el modo más oportuno, y confesando como confiesa el señor Díaz haber recibido a su entera satisfacción lo que comprehende en el indicado establecimiento, y por tanto otorga dicho señor Díaz por sí y don Juan Lerdo a nombre de su hermano que aprueban, ratifican y establecen el explicado contrato de Sociedad de Comercio en los términos que explican las cláusulas del repetido documento.
Sem títuloDon José Antonio Rincón, labrador, y doña María Sebastiana Rincón hermanos, herederos de los difuntos don Juan José Rincón y de doña Ángela Francisca de Acosta, como albaceas de sus padres y como apoderados de sus hermanos coherederos, otorgan que venden una casa a don Diego José de Gorozpe Irala y Padilla, por la cantidad de 3, 974 pesos uno y medio real; dicha casa hace esquina entre la calle de Belén y el Callejón de Quiñones, parte de ella baja y parte alta de paredes y teja que tiene el frente hacia el poniente a la calle de Belén con 34 varas y de fondo 54 varas y media.
Francisco Javier López, pardo libre, Maestro sastre, vecino del pueblo de Jalapa y heredero de doña Margarita Beatriz López, junto con Pedro, hermano de la citada difunta, vende a don Manuel Rincón, vecino de este pueblo, un solar de 16 y media varas de frente y 39 varas de fondo, el cual linda al oriente con la plazoleta y el callejón de Quiñones, al norte con dicho callejón, al poniente con casa y solar de Gaspar Álvarez y al sur con solar de don José Tavera, al precio de 725 pesos, incluidos los 137 pesos y 1 real de censo.
Don Juan Lucas de Olavarrieta, de este comercio y vecindad, tutor y curador ad bona, de los menores hijos de don Juan de Unanue, vecino y del comercio que fue de la Nueva Veracruz, otorga que ha recibido de don José Carrillo de Hermida, vecino de la Nueva Veracruz, la cantidad de 1 500 pesos con sus correspondientes premios devengados en reales efectivo; cuyo principal es el mismo que estaba impuesto y cargado en favor de los menores, en una casa que posee en esta villa, en la calle Nueva con el frente al norte, y del otro lado la boca del callejón del Síndico y casas esquinas del finado don Juan Antonio Figueiras, por su fondo al sur hace otro frente al callejón de Quiñones. Dicha casa es la misma que le vendió doña María Salomé Pérez Mota, viuda albacea del finado don Manuel Allén, con el gravamen que Allén los había cargado a favor del presente compareciente en 1822. Cuya acción y derecho cedió y endosó a sus menores pupilos en cuenta de sus haberes por declaración que otorgó en el año citado; en cuya virtud estando, como está pagando del principio y premios, declara al citado José Carrillo por exonerado de la obligación a que estaba constituido y por libre su finca en lo absoluto de tal afección.
Sem títuloDoña María Luisa de Castro y doña María Dolores Ladrón de Guevara, la primera viuda y albacea de don Mariano Ladrón de Guevara y Campo, y la segunda hija y heredera del mencionado Guevara, casada en segundas nupcias con don Antonio Landa, Alférez de Navío de la Armada Nacional, dijeron que por fin y muerte de don Mariano, se procedió a la facción de inventarios y descripción de bienes, otorgándole a la primera, por el haber que trajo al matrimonio y sus gananciales, 11 392 pesos 6 y medio reales, valor de una casa ubicada en la Calle Real; 1 935 pesos, 4 y una cuartilla reales por el valor de otra casa ubicada en la Calle[jón] de Quiñones, más otras cantidades de dinero. A la hija y heredera se le da una casa ubicada en la Calle de Belén, 3 244 pesos 6 y 3 cuartillas reales valor de otra casa, más otros bienes que se detallan en el registro.
Doña María Gertrudis Quintana, viuda en primeras nupcias de José Silverio Gómez, y casada en segundas nupcias con José Pomposo Aguilera, vecino de Veracruz, otorga recibió de don Juan Francisco Cardeña, Escribano Público Interino, la cantidad de 100 pesos en reales efectivos, mismos que Gómez dejó a favor de su menor hijo José Santos Gómez, pero por fallecimiento de éste, dicho dinero quedó vigente para sus otros dos hijos; de lo cual se entrega cancelación, dejando por libre la hipoteca de la casa ubicada en el Callejón de Quiñones.\t
Don Juan Lucas de Olavarrieta, de esta vecindad, vende a favor de don Juan Manuel Allen, de este comercio y vecindad, dos casas contiguas ubicadas en la Calle Nueva u Otomana, una alta y la otra baja, la primera se compone de 16 cuartas varas de frente y ambas de 43 y media de fondo, las dos hacen frente hacia el norte, dicha calle en medio, y del otro lado casa esquina del difunto don Juan Antonio Figueiras y boca del Callejón del Síndico Ulloa, que va para el aguaje del Xallitic. Por su fondo, al sur, lindan con el callejón que llaman de Quiñones y del otro lado casa del finado don Antonio Guillén y de don Pedro del Puerto Vicario; por el costado del oriente hace la alta otro frente y esquina con el Callejón de San Vicente, que baja de la Calle Real, y del otro lado casa de doña Rita Casimira Morales [Ortiz de Zárate]; y por el costado del poniente linda la baja con el de la casa de don Mariano Ladrón de Guevara. La vende en 5 500 pesos, de los cuales 1 382 pesos reconocerá sobre la misma finca a censo redimible de un 5% anual de la manera siguiente: 38 pesos y 5 reales en la casa alta a favor de doña María Antonia [de] Ugarte y doña Ana María [de] Bañares, su hija; 543 pesos 4 reales sobre la casa baja a favor de las susodichas Ugarte y Bañares, con cuyo gravamen las compró; y los 800 restantes a favor de los hijos menores de don José Valero y de doña Rafaela Hernández, que los situó en ellas el otorgante por escritura de 11 de abril de 1815.