Felipe González, de esta vecindad, otorga que ha recibido de don José de la Cotera, de este comercio y vecindad, la cantidad de 200 pesos, que por hacerle beneficio y buena obra le ha suministrado y se obliga a pagar en el término de un año, a partir del día primero del corriente mes, con más sus réditos de 5 por ciento anual. Para mayor seguridad del pago en favor de su acreedor, hipoteca una casita de paredes, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en el callejón que nombran de Gallos, segunda cuadra, con el frente al sur por donde mira al corralón de la antigua carnicería y por su fondo al norte linda con terreno de las señoras López; por el costado del oriente linda con el de la casita que fue de Antonio Choza y por el del poniente con el de casa de Marcos Hernández. Cuya casita la ha fabricado a sus expensas y la que se obliga a no enajenar, hasta no estar pagado dicho principal y réditos.
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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0065
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Pièce
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1825/04/28
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa