Cristóbal Pérez de Zavaleta, vecino de esta provincia, vende a Francisca de Valladares, mulata libre, soltera, vecina de Jalapa, un solar yermo que tiene 23 brazas en cuadro, en la calle principal de este pueblo que va hacia el camino de la Veracruz, linde con solar de María de la Cruz, y por la otra parte, con el solar de Lucas Cardeña Malpica, el cual hubo y compró su suegro Hernando de Sayas del gobernador y principales de Jalapa, en cuyo derecho sucedió el vendedor, en el precio de 30 pesos de oro común.
CALLE PRINCIPAL
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El Lic. Diego González de Astudillo, clérigo, presbítero, residente en este pueblo y domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vende por juro de heredad a José de Castro, vecino de Jalapa, un solar ubicado en la calle principal que de la plaza va para la ciudad de Veracruz, a mano izquierda, que linda con casa y solar de Doña Aldonza de Vargas, viuda de Andrés Vázquez, de una parte; y de la otra, con solar del otorgante, de 80 varas ordinarias de frente y el hueco, hasta el linde de una ciénega que está a sus espaldas, que con otros bienes está hipotecado a la capellanía que fundó Mariana de Astudillo, su madre, libre de carga e hipoteca, por el precio de 140 pesos de oro común que han de quedar impuestos a censo principal sobre dicho solar, a razón de de 7 pesos 4 tomines de renta en cada un año.
Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, otorga que vende en favor de don Joaquín Fernández del Campo, residente en esta villa, una casa de edificio bajo de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa en la primera cuadra de la calle que llaman Principal, con la que hace frente hacia el sur y del otro lado casa alta y baja de doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María e Illanes y de don Juan Francisco de Abaroa; por su fondo al norte hace otro frente y linda con el callejón que nombran de Flores; por el costado del oriente linda con el de casa también baja de don Pedro Miguel de Echeverría; y por el del poniente con el fondo de las casas altas de don José María de Goiri y del mesón que nombran de las Ánimas. Cuya casa es la misma, que con otras se le adjudicó en la división de los bienes de su difunto marido, don Mariano Ladrón de Guevara, en parte de gananciales habidos en el matrimonio. La vende por la cantidad de 8 000 pesos, de los cuales 4 000 pesos que declara haber recibido en reales de contado y los otros 4 000 que el comprador reconoce a premio de un 5 por ciento anual, con hipoteca de la misma finca, por el tiempo que sea su voluntad.
Sans titreDoña María Josefa Fernández de Ulloa, viuda y albacea de don José de Arias y Torija, vecino que fue de la misma villa, dijo que teniendo pactada por convenio expreso con don Francisco Fernández y Agudo, la venta de una casa de alto y bajo, ubicada en esta villa, en la primera calle antes llamada Real y ahora Principal, cuya casa quedó por bienes de don José de Arias, difunto. Dicha casa linda por el oriente con la de don José Antonio de la Peña; por el poniente con la que antes fue de don Juan Esteban de Elías; por el sur con la de la cofradía Señora de Santa Anna; que tiene de frente 28 varas castellanas y de fondo 55 y tres cuartas. Y para que el contrato tuviere efecto, otorga que vende a don Francisco Fernández y Agudo, la referida casa, por la que ha de reconocer de censo redimible con el rédito de 5 por ciento y con hipoteca especial la cantidad de 1 000 pesos, de un ramo de capellanía fundado por don Laureano Fernández de Ulloa y su mujer doña Margarita Martínez Navarro, el cual goza don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa; asimismo, 2 600 pesos pertenecientes al convento de San Francisco de esta villa; y 6 000 pesos que corresponden a él Beaterio; también, reconocerá 3 000 pesos con que la misma testamentaria consigna al bachiller don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa. La venta la hace por el precio de 22 000 pesos, bajo las condiciones que se mencionan en el acta.
Sans titreEl señor Nicolás Juan Bautista Froger, de esta vecindad y comercio, dijo que su esposa madama Rosa María Vatri, llevó al matrimonio 5 000 pesos de capital, y él tenía igual cantidad, las cuales han logrado incrementar. Actualmente, él tiene que viajar a Francia, dejando una tienda de quinquillera con principal de 5 000 pesos, situada en la calle Principal de esta misma ciudad, esquina del callejón del Diamante, que cede a su esposa para que la administre. Tienda que esta apreciada en 7 000 pesos, quedando integrada de los 5 000 pesos que su esposa llevó al matrimonio, más los 2 000 pesos por el lucro que ha habido hasta la fecha, se la entrega junto con los muebles de casa y toda la ropa. Declara que dicha tienda no tiene deudas y su esposa podrá disponer como si fuera dueña absoluta y aunque el otorgante se encuentre ausente o presente, éste no podrá reclamar cosa alguna y porque los 5 000 pesos que él aportó al matrimonio, éste se los lleva a su viaje, más otros 2 000 pesos y las cuentas activas que ha de cobrar.
Sans titreDon José María de Goiri, residente en este suelo, otorga poder especial a don Francisco Fernández y Agudo, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones pueda gravar e hipotecar una casa de edificio alto y bajo, de su propiedad, ubicada en esta ciudad a la calle Principal, haciendo frente con las que fueron del finado don Domingo Franceschi. Para que sobre dicha casa imponga el capital o capitales que quiera tomar, ya sea de las arcas de los conventos, del cofre de las catedrales o de personas particulares, con el premio permitido del 5 por ciento por el tiempo que a bien tuviere. También, le da poder para que proceda a la enajenación de una huerta ubicada en esta ciudad y sitio que llaman del Molino Viejo, en el precio que le pareciere.
Sans titreDoña María Josefa de Herrasti y Alba, viuda y albacea testamentaria de don Carlos Díaz de la Serna y Herrero; junto con sus hijos y herederos doña Josefa Ramona [Díaz de Oronoz], casada con el español Juan Cruz de Oronoz, ausente, con licencia para otorgar la presente escritura, don Francisco [Díaz de la Serna y Herrero] y don Toribio de la Serna, y todos prestando voz y caución por don Ambrosio [Díaz y Herrero], que sirve a la República en clase oficial, por doña María Ignacia [Díaz y Herrero], por don Manuel Carlos y doña Ana María [Díaz y Herrero] que siendo mudos de nacimiento no pueden comparecer al otorgamiento de esta escritura. Todos ratifican la escritura que doña María Josefa otorgó ante el presente escribano el 16 de julio último, en la que se obligó de pagar al señor Canónigo don Mariano José Cabo Franco la cantidad de 4 000 pesos, que de su señoría han recibido en dos partidas, la una de 1 000 y la otra de 3 000 que recibieron para aumentar la testamentaria de que los otorgantes son albaceas y herederos. Entendiéndose que este suplemento es por vía de depósito irregular, causa de réditos del 5 por ciento anual y por término de tres años, que empiezan a correr y contarse desde primero de este mes y se cumplirán en igual día y mes del año de 1834. Para seguridad de esta deuda hipotecan una casa de cal y canto, cubierta de madera, azotea y edificada baja y reedificada de altos, sita en esta ciudad, en la calle principal, haciendo su frente y su costado al callejón del Diamante, lindando por una parte con casa de don Pedro Miguel de Echevarría y por otra, con la de don Juan Nepomuceno Durán. Finca que actualmente vale 30 000 pesos y solamente se halla sujeta a dos principales, el primero en 2 500 pesos, que sobre ella impuso don Manuel Antonio del Valle albacea de don Juan de Vieyra y Sousa, cuyo principal recibió el marido y padre de los otorgantes, don Manuel Carlos Díaz y Herrero, por tiempo de siete años; y el otro de 750 pesos que la primera recibió a deposito irregular del mencionado Canónigo don Mariano José Cabo Franco, para cuyo seguro hipotecó esta misma casa por escritura de 12 de junio de 1829, hallando libre de ningún otro censo e hipoteca.
Sans titreJuan de Chávez, vecino de Jalapa, vende a Alonso González, dueño de recua, vecino de Jalapa, una casa de piedra y teja ubicada en la calle principal que va de la plaza a Macuiltépec, linda por una parte con casas del otorgante; y por la otra, con casas caídas y solar de los hermanos del Capitán Roque Gutiérrez de Ceballos, libre de censo, empeño e hipoteca, en el precio de 300 pesos de oro común, 150 pesos de contado, y el resto, a un plazo de seis meses.
El Capitán Pedro de Argaez [Argaiz], vecino de Jalapa, hizo gracia y donación a su hijo Juan de Argaez [Argaiz] de un solar en este pueblo, ubicado en la calle principal que va de la plaza al camino [Real] de México, y hace frente con casas de Juan Muñoz, por la una parte; linda con casas de la susodicha, y por la otra, con solar de los hermanos del Capitán Roque Gutiérrez.
Don Bernabé de Elías Vallejo, vecino y del comercio de esta villa, dijo que habiendo solicitado don Francisco Fernández y Agudo, de la misma vecindad, reconocer a censo redimible junto con el premio de un cinco por ciento, por el término de un año, de don Antonio Lombo, vecino de Veracruz, la cantidad de 3 000 pesos, sobre una casa que posee en la misma villa, en la cuadra primera de la calle Principal. Y habiéndosele entregado dicha suma, de que le otorgó la escritura censual el primero de febrero del presente año y siendo una de las condiciones el caucionar el pago del principal y premios, por medio de una fianza, por lo que a través de la presente, el otorgante señala, que se constituye fiador del citado Fernández y Agudo y se obliga a cumplir puntualmente de todo lo que consta por dicha escritura, exhibiendo los réditos devengados, y en caso de no cumplir, podrá el censualista dirigir las acciones y derechos contra él, sin necesidad de practicar diligencia alguna contra el referido Fernández y Agudo, como su fiador y principal pagador.
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