Doña María Manuela Montero, de esta vecindad, viuda de don Andrés Rodríguez Rojo, vecino de esta villa y su comercio, dijo que habiendo dado punto a sus negocios don José María Acosta, vecino de esta villa y de su comercio, a causa de varios infortunios y contratiempos, está comprometida a hacerle el bien posible y de lo que esté de su parte. Y como se considera como primer acreedor a don Francisco Fernández y Agudo, en representación de los menores hijos del finado don Juan Melitón de Lascurain, por cantidad de 1 600 pesos, siempre que al deudor Acosta se le concedan las esperas que intenta pedir, y le dejen en su poder las existencias y enseres que ha presentado al concurso, para que con ellas y otros recursos que adopte, se reponga de su quebranto. Otorga que se constituye fiadora y principal pagadora por el mencionado Acosta y en favor del mismo Fernández y Agudo por los 1 600 pesos, en tal modo que, dejándole al susodicho las existencias y enseres, le ha de pagar la otorgante a Fernandez dicha suma, en el preciso término de un año, con el premio de un 5 por ciento. Y para mayor seguridad hipoteca una casa de edifico bajo, ubicada en esta villa en la tercera cuadra de la calle del Calvario o Amargura, cubierta de madera, ladrillo y teja, con el frente al oriente y del otro lado casa alta que fue del licenciado don José María Durán; por su fondo, al poniente, linda con el de casa de don José Mariano Lucido; por el costado del sur con el de casa de Pablo Álvarez; y por el del norte y parte del fondo, con el de la casa de diezmos. Cuya casa se obliga a no enajenar hasta no estar pagado dicho principal y premios.
Sem títuloCALLE DEL CALVARIO
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Los ciudadanos Juan Bautista de Garaicoechea, Antonio María de Casas y las señoras María Manuela Montero y Ana María Rodríguez Montero, madre política la primera y mujer la segunda del ciudadano Antonio María de Casas, las dos mayores de edad; el citado Casas dijo que desde el año de 1814 es deudor al ciudadano Juan Bautista de Garaicoechea de la cantidad de 2 208 pesos, como se muestra el papel que se agrega, y que no habiendo hecho el pago le fue requerido extrajudicialmente por su acreedor, quién lo presentó al juzgado de esta villa, en el que con arreglo a las leyes se procedió al juicio conciliatorio y de él resultó que el compareciente otorgase escritura en forma para asegurar su crédito a Garaicoechea, puesto que en el acto no podía hacer el pago por la paralización del comercio. Y habiéndose conformado con el proceder, don Antonio María de Casas otorga que debe al ciudadano Juan Bautista de Garaicoechea la cantidad de 2 208 pesos y sus réditos, y para seguridad de los mismos hipoteca una casa baja, de la pertenencia de su madre política señora María Manuela Montero, de cal y piedra cubierta de teja, sita en la calle del Calvario, que linda por el norte con la colecturía de diezmos; por el sur con casa del ciudadano Pablo Álvarez; por el oriente con la del finado Durán, calle en medio; y por el poniente con solar de la misma colecturía. Y estando presente la señora Montero, de la propia vecindad, otorga que hipoteca la deslindad casa y otorga poder y facultad al acreedor, para que cumplido los plazos si su hijo político no le hubiere satisfecho dicha cantidad y los réditos vencidos, dirija su acción contra ella y pueda vender la mencionada casa.
Sem títuloDoña María Manuela Montero, de esta vecindad, viuda del finado don Andrés Rodríguez Rojo, otorga que ha recibido de don Francisco Fernández y Agudo, de este comercio y vecindad, la cantidad de 1 100 pesos, que por hacerle beneficio y buena obra le ha suministrado; por lo cual, se obliga a satisfacer dicha cantidad en el término de tres meses, a partir de esta fecha; y para mayor seguridad del principal, hipoteca una casa de cal y piedra, cubierta de madera y teja, ubicada en esta villa, en la tercera cuadra de la calle del Calvario o Amargura, con su frente al oriente y del otro lado casa alta de los herederos del finado licenciado don José María Durán; por su fondo, al poniente, linda con el de casa de don José Mariano Lucido y corral de la casa de los Diezmos, con la que linda también por el costado del norte; y por el del sur con el de la casa de Pablo Álvarez.
Sem títuloDon Antonio María de Casas, de esta vecindad, labrador en su jurisdicción, otorga por el presente que es deudor a don Jerónimo Díaz Quijano, 719 pesos 3 y 3 cuartillas reales, de que se da por contento y entregado; cuya suma es resto del valor de 44 barriles de aguardiente, complemento de 300 que trató a 12 pesos con don Francisco Fernández y Agudo, quien los traspasó a Quijano, y a quien por haber suspendido la molienda de su trapiche no le pudo en tiempo completar este pico; por lo que se ha convenido en satisfacerle en reales al respecto de 15 pesos barril, con el aumento de 59 pesos 3 y 3 cuartillas reales que le hace de cargo de gasto. Y ambas partidas montan la cantidad citada al inicio de la escritura, que se obliga a pagar en todo el mes de abril del presente año, y a mayor abundamiento ofrece por su fiadora a su madre política doña Manuela Montero, quien estando presente otorgó constituirse fiadora del citado compareciente. Para hacer efectivo el pago hipoteca su casa que posee en esta villa, en la calle del Calvario o Amargura, a la que hace su frente al oriente, y del otro lado casa alta del licenciado José María Durán; por su fondo al poniente linda con el de casa de don José Mariano Lucido; por el costado del norte con el de casa de la colecturía de diezmos; y por el sur con el de la casa de Pablo Álvarez.
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