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              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0018 · Pièce · 1711/02/09
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juana Domínguez, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, en nombre de su difunto marido Diego Sánchez Jurado, y en virtud de poder para testar que le otorgó en esta villa, por la presente otorga el testamento de su marido de la siguiente manera: Manda se saquen de sus bienes 50 pesos y se entreguen al mayordomo de la cofradía del Patriarca San José de esta villa, para ayuda de las vidrieras de su nicho o para unos blandones. Declara que su marido tenía cuentas corrientes con don Dionisio Serrano y Perea, su compadre, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], como consta en su libro de cuentas; también debía a don Francisco Colchado, vecino de dicho pueblo, de unas vaquetas y jerga; asimismo, debe 5 pesos a Antonio Millán Quijada de dos frascos y medio de vino que tuvo de merma; a don Andrés de Mucha Zurra, vecino de la Veracruz, 6 pesos; a Juan Rodríguez Monzón, vecino de dicha ciudad, 10 pesos; al Licenciado don Juan Estévez de Laguarda, su compadre, algunas misas. Dijo también que su marido otorgó poder general a Antonio Moreno, su yerno, con el cual cobró sólo 500 pesos. Declara que las siguientes personas deben a su marido: don Francisco Pibot y Tapia de cargas de sal y tabaco; Luis, el tejero, debe una carga de sal en 8 pesos 6 reales y 9 pesos de dos aparejos viejos, a cuya cuenta tiene dada la teja de un corredor y un poco de ladrillo; José, el calero, debe 4 pesos y medio de un tercio de sal; Francisco Moreno 20 pesos; el Capitán don Juan Gómez Dávila, su compadre, 510 pesos y otras cuentas pendientes. Declara que hace veinte años, más o menos, que contrajeron matrimonio, al cual no llevaron caudal alguno, y han procreado a Catalina Jurado, de veinte años de edad, mujer de Diego Gil; María Jurado, de diecinueve años, mujer de Antonio Moreno; José, de diecisiete años; Bárbara, de trece años; Felipe, de doce años; Pedro, de ocho años; Joaquín, de seis años; y Nicolasa, de dos años. Dijo que su marido la nombró como albacea testamentaria y tenedora de bienes, cuyo cargo acepta, asimismo, nombró como herederos a sus hijos. Por último, se nombra como tutora y curadora ad bona de sus hijos menores.

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