CABILDO

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0029 · Item · 1708/04/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo, Justicias y Regimiento de esta villa de Córdoba estando juntos y congregados en el ayuntamiento conviene a saber el General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente General en ella; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Diego Valero Grajeda; don Francisco de Aguilar; don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General; don Juan Valero Grajeda; todos regidores perpetuos de ella por Su Majestad; otorgan que dan su poder general al dicho Regidor don Juan Valero Grajeda, para que en sus nombres parezca ante el Rey y ante su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y ante el excelentísimo Duque de Alburquerque Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España en su superior gobierno, y presente la consulta que va con este poder y pida se sirva su alteza de declarar lo que se debe guardar en los actos públicos que tuviere este Muy Ilustre Cabildo en la santa iglesia parroquial de esta villa con el clero y su cabeza; asimismo, la que debe observar dicha cabeza con el cabildo por las diferencias que se pueden ofrecer, sobre lo cual y hasta que lo consiga haga pedimentos, requerimientos, memoriales, suplicas, protestas, presente testigos y escritos. También le dan este poder a dicho regidor para todos los demás pleitos, causas y negocios que se ofrecieran, haciendo pedimentos y demás diligencias que se ofrezcan, y le otorgan dicho poder con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0047 · Item · 1709/03/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              José Franco, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de esta villa, otorga que vende a Gregorio Merodio, vecino de esta villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 varas de fondo, ubicado en la calle que va a la iglesia del Señor San Juan del pueblo de las Casillas, y linda con otro medio solar del Sargento Antonio de Villavicencio; y hace frente, calle en medio, con la cerca de la casa de Antonio de Olivera. Cuyo solar es el mismo que heredó de Ana Álvarez de Guzmán, su madre, a quien le hizo merced los Señores de Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, el 18 de enero de 1700. Lo vende en 40 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0067 · Item · 1706/06/01
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Vega, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Manuel Antonio, vecino de esta villa, un solar de 50 varas en cuadro, ubicado en el barrio de San Sebastián, linda por el poniente y sur con solar de don Francisco Valero, por el norte calle en medio con solar de los herederos de Josefa Cid; dicho solar lo obtuvo por medio de una merced que le hizo el cabildo de esta villa. Lo vende en precio de 50 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0122 · Item · 1706/12/01
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan José Coronado, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Antonia Ramos de la Rosa, vecina de esta villa, medio solar eriazo que tiene en la calle que va para el pueblo de San Juan de las Casillas, linda por una parte con solar de Antonia Franco, hace frente con solar eriazo que fue de Pedro García de Meza, el cual dicho solar le fue hecha merced por el Cabildo, Justicias y Regimiento de esta villa, fecha 03 de agosto de 1699. Lo venden en precio de 40 pesos de oro común en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0123 · Item · 1707/08/22
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado Juan Antonio de la Veguellina Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Francisco Martínez Pizarro, vecino de esta villa, un solar de 50 varas en cuadro, ubicado en esta villa, en la calle Real, que linda con casa y solar que fue del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y por la otra con casa de doña Gertrudis de Gatica, calle en medio y por otra con casa y solar de los herederos de doña María de Brito Lomelín. Dicho solar es el mismo que le hizo merced el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, lo vende en precio de 200 pesos de oro común en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0029 · Item · 1695/09/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Capitán Diego Dávila Barrientos, vecino de ella y estante al presente en la ciudad de México, y por su ausencia u otro impedimento a don [roto] Procurador del Número de la Real Audiencia [roto], para que en su nombre y representación, haya, reciba y cobre del Capitán [roto] de la Lama, Alcalde Mayor por Su Majestad [de esta villa] y su jurisdicción, 785 pesos de resto de 965 que lo importaron la guarda de novecientos sesenta y cinco reses pertenecientes a dicho capitán, que tuvo de su cuenta en el rancho que fabricó en tierras que a él le tiene arrendada el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa en su jurisdicción. Dicha cantidad la quiere para pagar el arrendamiento de dichas tierras, que había de haberlo hecho el dicho capitán como quedó con él. Entendiéndose que de los dichos 965 pesos se rebajan 138 pesos, valor de veintitrés reses que se le quedaron en dicho rancho, 35 pesos que por el otorgante pagó dicho capitán a los indios del pueblo de Amatlán, y 27 a los negros del pueblo de San Lorenzo Serralbo [Cerralvo]. De manera que lo que a él se le debe líquido son los 785 pesos, de que uno y otro podatario pueda dar y de carta de pago y demás. Y si por dicha cobranza fuese necesaria contienda de juicio, comparezca ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de la ciudad de México, y para todo lo que fuere necesario, por lo que lo otorga éste con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0046 · Item · 1698/04/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor perpetuo y Depositario General de esta villa, como Procurador nombrado por la Justicia, Cabildo y Regimiento de ella, dijo que por cuanto los naturales del pueblo del Naranjal, jurisdicción de Orizaba, han aprehendido posesión de tierras en la jurisdicción de esta villa de Córdoba en grave perjuicio de dicho Cabildo, por ser dichas tierras de las que le tocaron en su fundación a sus primeros pobladores. Y hallándose imposibilitado para ir personalmente a la ciudad de México donde está radicado este juicio, otorga poder al Regidor [roto], quien se halla en la [ciudad de Mé]xico, y a Domingo de Córdoba, Procurador [roto] de la Real Audiencia de esta Nueva España; para que puedan parecer ante Su Alteza y Señores de la Real Audiencia de esta Nueva España y hagan los pedimentos, requerimientos, citaciones, alegaciones, protestas suplicas, presenten escritos y demás pruebas, hasta lograr que los poseedores de dichas tierras lo están en quieta y pacifica posesión de ellas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0098 · Item · 1699/12/27
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Los Capitanes don Miguel de Valero Gragera, Alférez Mayor; don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; Don Diego Valero [Grajeda], Francisco de Aguilar, don Baltazar González de Velilla Blanco, don Miguel de Leiva [Esparragosa], don Gaspar Carvajal, don Juan Valero Grageda, Regidores y en nombre de la vecindad de esta dicha villa, otorgan poder especial al Capitán don Juan Matías de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en nombre de la vecindad de esta dicha villa, parezca ante dichos señores, contador general y jueces oficiales reales de la ciudad de México, y pida que se haga el remate de dichas Reales Alcabalas de esta villa, su jurisdicción y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], en la cantidad de 1 100 pesos en que se le había rematado al Alférez Juan Jiménez por el tiempo de nueve años los cuales se expresan en dicho remate, obligando a este Cabildo a la paga de ello en la misma manera y cantidades de exhibición y contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0001 · Item · 1688/07/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de primer voto por ausencia del Alcalde Mayor de esta villa; el Alférez Mayor Miguel Valero [Grajeda]; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Joseph [José] de Leyva [Leiva] y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos que actualmente tiene esta villa, otorgan poder al Capitán y Sargento Mayor Francisco de Contreras Chávez, Caballero de la Orden de Calatrava, Alcalde Mayor y vecino de la ciudad de Sevilla y Prior de Consulado; a Pedro de Castro y al Capitán Joseph [José] de Castro, vecinos de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, para que en representación del Cabildo, parezcan ante el Rey y Real Consejo de Indias y pidan se confirme y apruebe la sentencia dada y pronunciada el año pasado de 1687 por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, en el pleito que contra esta villa, sobre sus [privilegios] y tierras [roto], siguió el Doctor Martín de Solís Miranda [roto] Consejo de Su Majestad y su Fiscal en dicha Real Audiencia; asimismo, se confirme a dicha villa el título de su fundación y erección dado por el Excelentísimo señor Marqués de Guadalcázar siendo Virrey de esta Nueva España por el año de 1617; y también pidan se le conceda a esta villa todo lo que fuera para su mayor utilidad y aumento como si cada cosa fuese especificada en este poder. Por otra parte, si en atención a que por dicha sentencia se manda, se remita testimonio de esta sentencia y de los autos en dicho pleito hecho al Supremo y Real Consejo de las Indias y que según sea entendido por este Cabildo, aunque dicho testimonio esté sacado no sea remitido en la flota que está surta en el puerto de Veracruz para salir al Reino de Castilla, que pidan a su Majestad y Real Consejo de Indias se sirvan de que se les despache Real Cédula para que dichos señores de esta Real Audiencia manden que dicho testimonio se despache a dicho Real Consejo como está mandado, respecto de haberlo podido hacer este Cabildo. También dan este poder para que el ajuste de gastos de lo contenido en este poder y de lo que por [roto] de dicho Alguacil Mayor Francisco [de] Solís como Procurador Mayor que es de esta villa a los susodichos se les debiere, saque los pesos de oro, reales y maravedís de cualesquier personas que se los quieran dar, obligándolos a pagarlos con los premios e interese que corrieren, y para todo lo referido y su dependiente en cualquier manera dan este poder con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0013 · Item · 1688/11/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro García de Meza, hijo de Toribio García, difunto y de Ana de Leyva [Leiva], vecino de esta villa, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara que fue casado con María de Cabrera, las cual llevó en dote 100 pesos, una caja de ropa, una cama, y él tendría 100 pesos, durante el matrimonio procrearon a Rosa María; y disuelto dicho matrimonio él pasó a segundas nupcias con doña Manuela Altamirano, quien llevó al matrimonio 250 pesos, 100 de ellos en reales y lo demás en géneros, y él tendría 100 pesos que le quedaron por muerte de doña María de Cabrera. Señala que tiene cuentas con su tío el Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva], doña Juana de Contreras [Gatica] y con el Alguacil Mayor Francisco de Solís a quienes ordena se les pague. Declara que estuvo asistiendo a un tío suyo en la ciudad de Oaxaca [roto]. Menciona por sus bienes un solar de 50 varas en cuadro, que compró a censo principal redimible al Cabildo y Regimiento de la villa de Córdoba, en 100 pesos de réditos que son 15 pesos de tres años; en dicho solar tiene fundada un casa de vivienda y del cual tiene vendido medio solar a su hermano. Asimismo, declara que está fundando un trapiche en términos de esta jurisdicción, en el paraje que llaman La Palmilla, en 4 caballerías de tierra que compró a [Juan] García de Miranda, su primo, en 688 pesos a censo principal que quedaron impuestos sobre dichas caballerías; también posee 3 suertes de caña sembradas en dicho trapiche. Señala que tiene en su poder 100 pesos de su hija Gertrudis, los cuales hizo donación doña Josepha [Josefa] García de Miranda, su prima. Por otro lado declara que durante su matrimonio con doña Manuela de Altamirano han procreado a Gertrudis, Juana y a Antonio. Nombra por albacea testamentario al Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva] del [roto] y Mendoza, y por herederos a sus hijos; y como tenedora de bienes, tutor y curador de sus hijos a doña Manuela Altamirano, su mujer.

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