CABILDO

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0030 · Item · 1720/04/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a José Martín, vecino de esta villa, media caballería [de tierra] perteneciente a los propios de esta villa, [donde] tiene un rancho en el paraje nombrado [ilegible]. Por precio de 6 pesos 4 reales cada año, bajo las condiciones que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0041 · Item · 1720/05/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento al Alférez don José de Tembra y Simanes [roto], vecino de esta villa, una tercia pate de caballería y algunas [varas] más de tierra de las pertenecientes a los propios de esta villa, en donde tiene fundado su rancho, en el paraje que está entre río Seco y los cerrillos que salen de la sierra de Matlaquiaguitl [Matlaquiahuitl], [ilegible] las cuales lindan por el norte con dichos cerrillos y tierras de Anastasia de Betancur y María Martínez; por el sur el dicho río Seco y Alonso de Gómez; por el oriente con dichos cerrillos; y por el poniente con dicho río Seco. Lo arrienda por nueve años y por precio de 4 pesos 4 reales cada año, bajo las condiciones que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0050 · Item · 1720/05/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Felipe de Santiago Sánchez, vecino de esta villa de Córdoba, media caballería de tierra [ilegible] por tiempo de 9 años a partir del mes de marzo pasado, por precio de 6 pesos 2 reales en cada uno de ellos. Con la condición de no sembrar caña dulce en dicha tierra, sólo tabaco, ni hacer casas firmes ni permanentes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0095 · Item · 1720/08/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba compuesto por el Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de primer voto de esta villa por Su Majestad, presidente de dicho cabildo por ausencia del General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente de Capitán General de ella; el Capitán de Caballos de Coraza don Juan Valero Grajera, Alférez Real, don Francisco de Aguilar y don Ignacio de Tembra y Simanes, los tres Regidores perpetuos de esta villa por Su Majestad; en nombre de dicho cabildo otorgan poder general al Señor don Francisco Antonio de Palacios y del Hoyo y, en segundo lugar, al Señor don José de Cienfuegos, Inquisidores Mayores del Santo Oficio de la Inquisición de este reino de la Nueva España, residentes en esta villa y próximos a viajar a los reinos de Castilla en las naos de guerra del cargo del Señor Jefe de Escuadra don Baltazar de Guevara, para que en su nombre puedan parecer ante el Rey Nuestro Señor, en su Real y Supremo Consejo de Indias u otro cualquier tribunal, y pidan y supliquen a Su Majestad se sirva de confirmar la sentencia que en vista y revista se sirvieron de pronunciar los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España a favor de este Ilustre Cabildo, en el pleito que les movió los Capitanes don Juan Mellado de Rivadeneira y don Gaspar Carlos de Rivadeneira, sobre el territorio que fue servido Su Majestad de hacerles merced para la fundación de dicha villa; asimismo, se sirva Su Majestad de honrarles y hacerles merced de los demás que fuere su real voluntad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0109 · Item · 1720/09/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Manuel de Vera Betancur, vecino de esta villa, una caballería de tierra laborea y medio solar de las pertenecientes a los propios de esta villa, que por oriente lindan con Miguel Martín y Francisco Martín; por occidente con rancho que fue de Sebastián Morán, Marcos Trujillo y Molina y Pedro Ibáñez; por el norte con sabana perteneciente a dicho propios; por el sur con Salvador de Brito Lomelín. Hace el arrendamiento por nueve años y precio de 12 pesos 4 reales y medio en cada año, con las condiciones de no sembrar en dichas tierras caña dulce, sólo tabaco, y no construir casas firmes, entre otras que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0030 · Item · 1708/04/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando juntos y congregados en el Ayuntamiento conviene a saber el General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor por Su Majestad y Teniente General en ella; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Diego Valero Grajeda; don Francisco de Aguilar; don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General; y don Juan Valero Grajeda; todos regidores perpetuos de ella por Su Majestad; otorgan que dan su poder general al dicho Regidor don Juan Valero Grajeda, para que en sus nombres parezca ante el Rey y ante su presidente y oidores de la Real Audiencia, y siendo necesario ante el Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y presente la consulta que con este poder y pida se sirva su alteza declarar lo que se debe guardar en los actos públicos que tuviere este Muy Ilustre Cabildo en la santa iglesia parroquial de esta villa, con el clero su cabezal y la que debe observar dicha cabeza con el citado cabildo, por las diferencias que se han experimentado hasta [hoy] y sucedieren en adelante; sobre lo cual hagan cualquier pedimento y requerimientos que se ofrecieren. Asimismo, le dan poder al citado Regidor don Juan Valero Grajeda para todas las causas y negocios civiles y criminales que tenga este cabildo hasta el día de hoy y tuviere en adelante.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0026 · Item · 1715/02/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, en voz y en nombre del Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, y en virtud del poder general que le otorgaron para sus pleitos, causas, negocios y arrendar sus propios; y también como subdelegado del Señor Licenciado don Francisco Valenzuela Venegas, del Orden de Santiago del Consejo de Su Majestad, su Oidor más antiguo de la Real Audiencia de esta Nueva España, y Juez Privativo de composiciones, ventas e indultos de tierras en este reino; dijo que por cuanto desde hace muchos años el Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, difunto, vecino que fue de esta villa, dueño de trapiche en esta jurisdicción y uno de sus republicanos, sacó de sus pesos y gastó en pleitos para la defensa de esta villa, y habiendo fallecido éste, su hijo el Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, también ha hecho lo mismo en defensa de esta villa, digno de remuneración. Por lo cual, otorga en arrendamiento al Bachiller Andrés de Meza de Mendoza, vecino de esta villa, los montes que llaman de los propios de Sacatepec [Zacatepec], cuyas tierras se arriendan al obligado del abasto de esta villa, los cuales reservó en sí el Ilustre Cabildo de esta villa en los remates que se han hecho, para podérselos arrendar a dicho bachiller. Se los arrienda por tiempo de nueve años que empiezan a contarse desde hoy día de la fecha en adelante, por precio 33 pesos 2 reales y medio anuales que importan un total de 300 pesos, cuya cantidad tiene recibidos de contado y otorga recibo en forma, con los cuales hará oblación al señor juez privativo por razón de donativo para el Rey y Señor Natural, que había prometido el cabildo para ayuda de sus continuas guerras. Las arrienda con sus entradas, salidas, usos, costumbres, derechos y servidumbres con las calidades y condiciones que se mencionan en esta escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0091 · Item · 1715/07/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Matías de Herrera, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Faro en el reino de Portugal, hijo de Francisco de Herrera Cuello y de Catalina Álvarez, difuntos, otorga poder para testar a José Hernández Navarro, vecino de esta villa, y a Catalina Álvarez, su mujer, a cada uno para que en el término que dispone la ley 33 de Toro hagan su testamento con las cláusulas y mandas siguientes: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial en la parte, lugar y la forma de entierro que pareciere a sus albaceas. Habrá tiempo de treinta y un año que contrajo matrimonio con Catalina Álvarez, quien llevó a su poder 400 pesos en reales y ropa, y él no tenía caudal alguno, procrearon siete hijos. Por bienes señala, una casa de su morada de cal y canto y un solar que le hizo merced el Cabildo de esta villa. Declara debe 50 pesos a su hija María de Herrera y a la fecha de esta disposición no debe a persona alguna. Nombra por sus albaceas a José Hernández Navarro y a Catalina Álvarez, su mujer, también la nombra curadora y tenedora de la persona y bienes de sus hijos. Del remanente de todos sus bienes, deudas, derechos y acciones instituye y nombra herederos a sus hijos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0042 · Item · 1716/04/27
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de Caballo Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador Mayor de sus propios por comisión de los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, otorga en arrendamiento a Juan Íñiguez, vecino de esta villa, una caballería de tierra perteneciente a los propios de esta villa en el paraje que llaman Colsaltepeque [Cozaltepec], que linda por la parte del oriente con una sabana; por el poniente con la brecha y lindero de las tierras que fueron del Capitán Juan de los Santos Cubillos; por el norte con el rancho de Juan Gutiérrez; y por el sur con el rancho del Alférez don José de Tembra y Simanes. El arrendamiento lo hace con sus entradas y salidas por tiempo de nueve años, que empiezan a correr y contarse desde el día primero del presente mes y año de la fecha en adelante, por precio de 12 pesos anuales que se obligará a pagar al mayordomo que es o fuere del Ilustre Cabildo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0103 · Item · 1696/11/06
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph Gómez Dávila, vecino y regidor de esta villa de Córdoba, dijo que por haber caído enfermo no le era posible asistir al Ayuntamiento a los cabildos que se ofrecían y considerando no quedar el [número] completo de dicho Cabildo, renunció su oficio en el Capitán don Francisco de Messa [Meza], [vecino] de esta villa, como parece por la escritura que otorgó en esta villa el [18] de febrero pasado del presente año, [con la cual debía presentarse ante Su Alteza para que le hiciera merced de ejercer dicho oficio de regidor y respecto a no haberlo hecho así], por la presente renuncia dicho oficio de regidor en Su Majestad, en cuyas manos lo pone para que de él pueda hacer merced a la persona que convenga, sin que le quede al otorgante derecho alguno de la parte que le tocaba porque de ella hace gracia y merced a Su Majestad.

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