Gonzalo Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, natural de San Lorenzo de Belesar, junto a Bayona de Galicia en los Reinos de España, hijo legítimo de Rodrigo de Fuentes y de María de Acosta, ya difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara que debe a Luis García, vecino de Tascalaque [Tlaxcalaque], 12 pesos. Menciona por sus deudores a Diego, indio; Jusepe [José] Martín Durán, vecino del pueblo de Orizaba; Bartolomé Martín, vecino de esta villa; Dionisio Francisco, vecino de esta villa; Francisco Díaz, vecino de la jurisdicción de San Juan, de los cuales se le han de rebajar 14 pesos de dos botijas de vino que le dio; [roto] de Porras; Jorge Díaz; el Licenciado Pedro Arias de Paz, vecino del pueblo de Orizaba; así como otros deudores que se mencionan en la escritura. Declara por bienes 230 pesos en reales que están en una caja cerrada; ropa y utensilios; catorce caballos de diferentes colores que están en el potrero de esta villa; la casa cubierta de paja, en que vive, “que está en un solar que por merced de Su Majestad se me repartió como a uno de los fundadores de dicha villa” con más caballería, tierra y una suerte para huerta, la cual linda con el ejido de ella hacia la parte del sur. Declara que es casado con Inés González, natural de San Lorenzo de Belesar, durante el matrimonio tuvieron a María, niña, que quedó con la dicha su madre, “yo pasé habrá tiempo de cuarenta años y aunque he escrito a la susodicha algunas veces, no he tenido razón”. Nombra albacea al Alférez Gabriel Núñez de [roto], vecino de la jurisdicción de esta villa; y por su universal heredera a María, su hija legítima, o a sus herederos legítimos, de no haberlos, deja por su universal heredera a su alma.
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Juan Manuel del Polear, vecino de esta villa y natural de la isla de la Palma, hijo legítimo de Manuel Martín del Polear y de Ana Márquez, otorga su testamento en el cual declara estar casado desde hace veintidós años con Ana de Sandoval, no habiendo tenido hijos. Entre sus bienes declara tener solar, casa y menaje; veintiocho mulas aparejadas, cinco de silla y un caballo; una negra llamada María; entre otros bienes. Ordena recoger una escritura en poder de Diego Díaz de los Pozos, Escribano Público de la ciudad de la Veracruz, en razón de unas tierras que compró este año, la cual ordena se remita a sus hermanas Juana y Ana que están en la isla de la Palma en el lugar de la Punta Llana [Puntallana]. Manda que lo registrado en un libro de deudas y cuentas que ha tenido con [roto] Fernández de Asperilla, sea para la fábrica de la parroquia de esta villa. Nombra como albacea al Regidor Antonio de Brito Lomelín y a la dicha Ana de Sandoval, a quien también nombra como heredera.
Sem títuloJuan Núñez, hijo legítimo de Gabriel Núñez y Juana López, vecinos que fueron del pueblo Acatzingo, de donde es natural, otorga su testamento de la manera siguiente: Declara que está casado con María Díaz, hija legítima de Mateo Díaz y Francisca Juárez, vecinos que fueron de esta villa, y al tiempo que se casaron le mandaron en dote 500 pesos, durante el matrimonio procrearon por sus hijos a Sebastián, Juana, Gabriel que murió, Manuela que murió niña y a Gabriel; de igual forma el otorgante tiene dos hijos naturales llamados Jacinto y Antonia que está casada con Pedro de Olivera. Menciona por sus bienes [roto] cuatro mulas de carga, cuatro caballos y una yegua, una escopeta, un arcabuz, una espada y daga, un solar que linda con la calle del convento, un platanal y una rosa que tiene hecha para milpa, así como otros bienes que se mencionan en la escritura. Nombra albaceas testamentarios a dicha María Díaz y a Diego Núñez su hermano. Y en el remanente que quedare de sus bienes instituye como sus herederos a sus hijos legítimos Sebastián, Juana y Gabriel. Por último nombra por tutor y curador de las personas y bienes de los menores sus hijos a Diego Núñez su hermano.
Sem títuloBlas Domínguez, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Juan Domínguez Nieto y Catalina Hernández difuntos, vecinos que fueron del valle de Huamantla, provincia de Tlaxcala, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con Isabel de los Reyes, durante el matrimonio procrearon a Antonia Domínguez mujer de Joseph [José] de [Villegas]; Juan que será de edad de veintidós años; Catalina Domínguez mujer de Pedro Álvarez; Diego de edad de veinte años, Gerónima [Jerónima] de dieciséis años, Gertrudis de catorce; Agustín de once [roto] Francisca de seis y Josefa de dos años. Señala que debe y le adeudan las personas que se mencionan en la escritura. Declara por sus bienes dos jacales que están fundados en el solar de las Casas Reales de esta villa; otro solar junto a la lagunilla de esta villa; un caballo; una silla jineta; una espada; setecientos manojos de tabaco zacate y ochenta y ocho de fino. Nombra albacea testamentaria a su mujer Isabel de los Reyes para que entre en sus bienes, los venda y remate; y del remanente que quedare de ellos, nombra por sus universales herederos a sus hijos.
Sem títuloMicaela de la Rosa, José García Valero, Francisco García Valero, albaceas y tenedora de bienes que quedaron por muerte del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda; y Martín Francisco de Urquía, curador ad litem de los hijos menores y herederos de dicho difunto, nombrados como tales en poder para testar; otorgan que venden al Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa, 4 negros esclavos que fueron del difunto, nombrados Agustín, casta Carabalí, de edad de veintiocho años, al precio de 350 pesos; Francisco, Carabalí, de edad de veinticinco años, al precio de 300 pesos; Ignacio, de edad de treinta años, al precio de 300 pesos; y un mulato nombrado Sebastián, de treinta y seis años, oficial de carpintero, al precio de 350 pesos. Los vende por libres de deuda, empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurárselos de ninguna tacha, vicios, defectos y enfermedades. También venden diecisiete bueyes en 204 pesos, cuatro caballos en 32 pesos y dos machos en 50 pesos, que junto con los esclavos importan 1 586 pesos de oro común en reales.
Sem títuloDoña Micaela Ramos, viuda, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, vende a su hijo don Lorenzo Antonio Blanco, vecino de este pueblo, los siguientes bienes: 20 marcos y medio de plata labrada que son un platón, otro mediano, un [roto], un bernegal, una tacuela, tintero y [roto]; doscientos cuarenta toros a 8 pesos 2 reales cada uno, veinticuatro vacas a 6 pesos cada una, dieciocho cabritos a 9 pesos cada uno, cuatro yuntas, tres aperadas, a 30 pesos cada una y la que no está aperada a 24 pesos, seis yeguas a 4 pesos cada una, cuarenta caballos a 7 pesos cada uno; un negro nombrado Domingo en 400 pesos, un mulato nombrado Marcos en 300 pesos, un mulato nombrado Gabriel en 300 pesos; una casa y vivienda con sus tierras en 450 pesos; diferentes cuadros, chicos y grandes, de diferentes avocaciones, todos en 10 pesos; entre otros bienes que se detallan en esta escritura; lo que monta todo junto 4 545 pesos 2 reales.
Sem títuloFrancisco Sánchez de Torres, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa de Ojeda en el Reino de Aragón y Castilla, hijo legítimo de Pedro Sánchez de Torres y de Ana Roques, su mujer, que no sabe si son difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que tiene cuentas con Nicolás de Olivera, como administrador que es del trapiche de doña Josefa García de Miranda. Ítem declara que le son deudores el Regidor Francisco de Aguilar, Joseph [José] Gatica y Juan Martín, Gobernador pasado del pueblo de Amatlán. Menciona como parte de sus bienes doce mulas y machos, las once de carga y aparejadas, y una de silla; una yegua rosilla y un caballo bayo. Declara por más bienes la cantidad que pareciere de haber traído de la Nueva ciudad de la Veracruz, Simón de Arévalo, vecino de esta villa, del valor de nueve cargas de panela, una de jabón y otra de chile [roto] que le entregó en esta dicha villa para que lo vendiese de su cuenta. Declara que es casado y velado con Michaela [Micaela] de Aguilar, no tuvieron caudal por lo cual no se hizo carta de dote, procrearon a Juana Sánchez de Torres, de más de cuatro años de edad. Nombra por albacea, tenedor de bienes, tutor y curador ad bona al Regidor Perpetuo y vecino de esta villa Francisco de Aguilar para que los venda y remate en almoneda. Nombra como su única y universal heredera a su hija.
Sem títuloGerónimo [Jerónimo] de Leiva, vecino de esta villa y natural de la villa de Damquexque [Dunkerque] en los estados de Flandes, hijo legítimo de Juan de Leiva, natural que fue de Bergara [Vergara] en el señorío de Biscaia [Vizcaya], y de Elena de Tores [Torres], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que el día de su entierro se le cante una misa de cuerpo presente con diácono y subdiácono. Ítem manda a las mandas forzosas y acostumbradas 2 tomines. Declara que es deudor a distintas personas que parecen en su libro de cuentas que queda entre sus papeles. Declara por sus bienes la casa de su habitación, fundada en un solar que hubo y compró a Margarita Pérez, difunta. Ítem declara también por sus bienes otro solar que se le hizo merced por los señores del Cabildo. Ítem declara por más bienes diez mulas y machos de carga y silla, con que acarrea cal; y un caballo. Ítem declara por dichos sus bienes un negro nombrado Francisco de la Cruz de más de sesenta años; una negra nombrada Cathalina de San Joseph [Catalina de San José] de cincuenta años; un negrito nombrado Juan Miguel de trece años; y otro nombrado Gregorio de la Visitación de once años, nacidos en su casa, hijos de dicha negra. Ítem declara estar casado con Isabel Pérez de Moya, natural del pueblo de Orizaba, durante su matrimonio han procreado por sus hijos a Nicolás de Leiva y Andrés de Leiva, mayores de veinticinco años, dicho Nicolás casado con Nicolasa Malpica; asimismo por sus hijos a Jerónimo de Leiva [roto] religioso, novicio del Orden de Predicadores de la ciudad de los Ángeles, de veinticuatro años; Matías de Leiva, de veintidós años; Bernavela de Leiva, casada con Antonio de Aponte; María Gertrudis de Leiva de dieciséis años; Juan de Leiva de catorce años; y Antonio Ventura de Leiva de diez años. Ítem declara que Andrés de Leiva lo ha cuidado mucho, es su voluntad se le entregue un jacal de herrería con todas sus herramientas. Nombra como albaceas, tenedores de bienes a su mujer Isabel Pérez de Moya y a Andrés de Leiva, y como sus universales herederos instituye a todos sus hijos.
Sem título“Sepan cuantos esta vieren como nos de la una parte” Pedro García de Messa [Meza], vecino de esta villa Córdoba, en nombre y con poder de Juan García de Miranda; y Juan González Vello [Bello], albacea testamentario del Licenciado Juan González Vello [Bello], Presbítero, difunto; declaran que por cuanto el dicho licenciado le hizo traspaso a Juan García de Miranda de 13 caballerías de tierra que hubo y compró de Luis de Arévalo, apoderado del Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneira a quien pertenecía las tierras, en cantidad de 2 500 pesos, los 2 000 que quedaron situados a censo redimible sobre las tierras y los 500 de contado. “Sin embargo del traspaso de dichas tierras el dicho licenciado con permiso y licencia de Juan García Miranda fundó en esas tierras un trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora de la Candelaria”, el cual según inventario se compone de dos suertes de caña, la casa de trapiche y de calderas, la casa de vivienda, diez bestias, tres caballos, seis aparejos, entre otros artículos; “de los cuales dichos bienes yo el dicho Juan González Vello [Bello] di en arrendamiento a don Gaspar del Monje [Monge y Mendoza]”. Las caballerías de tierra están inmediatas al pueblo de los negros nombrado San Lorenzo Cerralvo; lindan por la parte del norte con el arroyo Seco; por la parte del sur con el camino real que va de esta villa a la Nueva ciudad de la Veracruz; por el oriente con tierras de Juan García de Miranda; y por el poniente con tierras del pueblo de San Lorenzo. “Y con ocasión de que Antonio Martín Franquiz [Franco] y Lucía Francisca [de Barrios], vecinos del lugar del Tanque en las Canarias, padres legítimos de dicho Juan González Vello y sus universales herederos, como tales me otorgaron poder para vender dicho trapiche, a los 11 de diciembre de 1690 en el lugar de Garachico isla de Tenerife”. Por tanto, en razón de lo anterior, ambos de mancomún acuerdo otorgan que venden a don Gaspar del Monge y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba, “yo el dicho Pedro García de Meza en nombre de mi parte las dichas 13 caballerías de tierra en 2 500 pesos, los 2 000 que han de quedar situadas a censo redimible sobre ellas a favor del dicho Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira; y los 500 de contado que he de recibir yo el dicho Juan González de Vello [Bello] con 1 500 pesos en que se valuaron las dichas dos suertes, casas y demás aperos que lo componen, que todo hace 4 000 pesos”.
Sem títuloAnte Don Luis Rodríguez de Medina y Valdés, Teniente General de esta provincia de Jalapa, el Licenciado Don Juan de Bañuelos [Cabeza de Vaca] y Mariana Cortés, viuda de Diego Cardeña Malpica, hicieron el inventario de los bienes muebles y raíces del citado difunto, entre los cuales figuraron: una casa pequeña cercada de palos, enseres domésticos, ropa de hombre, una espada y daga, una escopeta, 3 rejas de arar, 3 bueyes mansos, 30 yeguas, potros y potrancas, 15 caballos mansos, 36 reses, 144 costales de mazorcas y otras cosas.