Luis Fernández de la Flor y Pareja, caballero de la Orden de Santiago, vecino del pueblo de Jalapa, natural de la Ciudad de Alcalá de Henares en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan Fernández de la Flor y de Catalina de Pareja, difuntos, otorga su testamento como sigue: fue casado con doña Teresa García del Brocal, vecina que fue de la Puebla de los Ángeles, durante su matrimonio no tuvieron hijos, y quedó como albacea y heredero de su mujer, cuyo legado es de 500 pesos para una niña huérfana que se los debe dar cuando tome estado. Fue albacea de Antonio de Vargas, quien dejó 300 pesos de caudal que paran en la tienda que tiene en este pueblo y son para Catalina María. Tiene entre sus bienes 621 pesos que por el resto de una escritura le debe don Fernando Niño de Córdoba con hipoteca de 11 o 12 esclavos bozales que están en el ingenio Grande nombrado La Santísima Trinidad. Tiene también un mulato esclavo llamado Manuel, manda se venda. Declara que la tienda que tiene en este pueblo la puso con Antonio de Herrera, a quien no se pidan cuentas más que las que dé y se pague lo que conste en el libro de caja. Deja hecha una memoria firmada a la cual se le debe dar entero crédito y cumplimiento como si fueran cláusulas de testamento. Nombra como albaceas testamentarias al Capitán Bartolomé de Castro y a Antonio de Herrera.
CABALLEROS DE LA ORDEN DE SANTIAGO
17 Archival description results for CABALLEROS DE LA ORDEN DE SANTIAGO
El Bachiller don José Mayorga Cervantes, vecino de esta villa de Córdoba, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, Notario del Juzgado Eclesiástico de esta villa, dijo que por cuanto el 13 de febrero de 1708 otorgó poder general a don Juan Prieto de Ahedo, Caballero de la Orden de Santiago, Contador Mayor de las Ordenes Militares y Caballería de Santiago, Calatrava y Alcántara; y a don Diego Prieto de Ahedo, su hermano, vecinos de la villa de Madrid, Corte de Su Majestad; y porque en distintas ocasiones han venido embarcaciones de los reinos de Castilla y no ha tenido noticias de los susodichos, por la presente revoca dicho poder y lo otorga a don Juan Sáenz Viteri, Caballero de la Orden de Santiago y vecino de la villa de Madrid, para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor y en su Real y Supremo Consejo de las Indias u otro cualquier tribunal pida le honre con las mercedes que fuere servido en atención a sus méritos y servicios.
UntitledDon José Camino y Velasco, residente en el pueblo de Jalapa, dijo que don Pablo Agustín de Samaniego, Caballero de la Orden de Santiago, residente en la Villa y Corte de Madrid, otorgó poder a don Francisco Antonio de Aguirre y Gomendio, difunto de la misma orden, a don Francisco de San Juan, que hoy reside en los Reinos de Castilla, y al otorgante, para que en su nombre y como heredero de Carlos de Samaniego y Pacheco, pudieran pedir, tomar y aprehender la tenencia y posesión de todos los bienes de don Carlos, con las cláusulas que para su validación convengan.
Codicilio de Don Juan Bautista de Lescano, Almirante de la flota surta en el puerto de San Juan de Ulúa, General Don José Centeno y Ordóñez, caballero de la orden de Santiago, vecino de la ciudad de Cádiz, en los reinos de Castilla, estando enfermo en el convento de San Francisco, entre otras cosas, ordenó que si falleciere, su cuerpo fuera sepultado en la iglesia de él, y amortajado con el hábito y cuerda de su sagrada religión. Mandó a sus albaceas que dieran 200 reales al padre guardián de San Francisco para lo que fuera necesario al monasterio.
Don José Valenciano, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de Cádiz y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan de Malibrán y Bosques, vecino de la Nueva Veracruz, para que cobre a cualquier de los señores Maestres de Naos y otras personas que le deban cualquier mercaderías, esclavos, vinos y otras cosas que han venido de los reinos de Castilla.
El Sargento Mayor don Pedro Pablo Sánchez López de los Arcos, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa de Córdoba, dijo se le ha concedido licencia para imponer y fundar un patronato en el lugar de Ybros [Ibros], obispado de Jaén en los reinos de Castilla, en la capilla mayor de la iglesia de los Bienaventurados Apóstoles de San Pedro y San Pablo, en el valor de 4 900 pesos, en la que él es principal patrón. Y porque al presente se haya muy distante de dicho lugar, por lo que no podrá asistir a la administración del patronato, otorga poder a los Venerables Padres, Ministro don Pablo de Torres, Prior de Ybros [Ibros], a los Licenciados don Juan Antonio Garrido, don Juan Antonio de Chinchilla y a don Juan López de Chinchilla, todos Presbíteros y vecinos de Ybros [Ibros], para que en nombre y en representación de su persona, reciban dicha cantidad de don Antonio Pardo, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de Cádiz, en virtud de carta orden que tiene de remitirle y le remite desde la ciudad de la Puebla de los Ángeles, con fecha de 9 de febrero de 1715, y en carta que remitirá a dichos padres y demás eclesiásticos con fecha de primero de febrero de dicho año. Con cuya cantidad compren las heredades de hazas y olivares que lleva citadas en la carta de primero de febrero o las que les parecieren mejor y que prometan más y segura utilidad, para que lo que redituaren dichas heredades se hagan las partes de dicha renta asignada en sus cartas, sin contravenir a la forma que en ella se expresa por que de lo contario será de ningún valor. Asimismo, dijo que el patrón o patronos que le sucediesen en dicho patronato ha de ser administrador de las fincas que se compren, para que cada un año haga cuentas y prorrateada entregue en la caja de tres llaves lo que tocare al patronato por sus 2 000 pesos; al que diga las misas lo que le tocare de sus 1 500 pesos; al maestre de escuela lo que le tocare de sus 1 000 pesos; y al patrono lo que le tocare de 400 pesos; según y como lo dicta en su carta del primero de febrero de 1715. También, menciona que de los 4 900 pesos se tiene que redimir un censo que su padre impuso sobre sus bienes a favor del Canónigo don Juan de Valencia, y lo que importare ha de quedar impuesto sobre las fincas que se compren a favor de este patronato. Además, dijo que da su poder al Licenciado don Juan Antonio de Chinchilla, para la solicitud de dicho patronato y administre la renta o rentas que se consigan con los 4 900 pesos y de lo que reditúe cumpla con lo expresado en su carta.
El Señor don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa por Su Majestad, vecino de esta villa de Córdoba; en virtud de poder que le confirió el Excelentísimo Señor Duque de Veraguas, del Orden de Santiago, del Consejo de Su Majestad, Gentilhombre de la Real Cámara de Su Majestad, con fecha en la villa de Madrid a 19 de julio de 1712 por ante don Francisco Lázaro Mayoral, Escribano del Real Bureo y Casa del Rey y del Número perpetuo de dicha villa de Madrid, para efecto de la cobranza de 17 000 ducados de Castilla que contiene dicho poder, plata doble que hacen 23 437 pesos, el cual celebraron sobre las Reales Alcabalas de la dicha ciudad de la Nueva Veracruz, así de su arrendador como de las Reales Cajas; otorga que lo sustituye en todo y por todo en don Pedro de Zugarrondo, vecino de dicha ciudad de la Veracruz, y por su ausencia en don Juan de Zugarrondo.
UntitledEl Alférez Sebastián de Flores Moreno, mercader y vecino de Jalapa, albacea y tenedor de bienes de su difunto hermano Juan de Thormes, asimismo tutor y curador de sus menores hijos, otorga poder especial al Capitán Andrés Martínez de Murguía, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad y puerto de Cádiz, en los Reinos de Castilla, para que en su representación haga la remisión de las mercaderías y demás efectos que en su poder tenga, guardando la orden que para ello le comunicará por sus cartas con las circunstancias y requisitos de su entrego.
Don Luis González de Lucena, vecino de Jalapa, como hijo legítimo y heredero del Capitán García González de Lucena y de doña Juana María de Vesa, vecinos que fueron de la Ciudad de Cádiz, cuyas herencias tiene aceptadas con beneficio de inventario, otorga poder especial en primer lugar a Julián González de Lucena, Caballero de la Orden de Santiago y Alguacil Mayor del Santo Tribunal de la Inquisición de la Ciudad de Moguel, en los Reinos de Castilla, y por su ausencia al Licenciado Lucas González de Lucena, Presbítero, y por la de ambos a Francisca González de Lucena, sus hermanos, vecinos de dicha ciudad, para que en su representación reciban cuentas de cualquier albaceas, depositarios o administradores que hayan dejado sus padres.
El Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, Notario del Juzgado Eclesiástico de esta villa, dijo que el 13 de febrero de 1708 otorgó poder general a Juan Prieto de Ahedo, Caballero de la Orden de Santiago, Contador Mayor de las Ordenes Militares y Caballería de Santiago, Calatrava y Alcántara; y a don Diego Prieto de Ahedo, su hermano, vecinos de la villa de Madrid, Corte de Su Majestad; y porque en distintas ocasiones han venido embarcaciones de los reinos de Castilla y no ha tenido noticias de los susodichos, por la presente revoca dicho poder y lo otorga en primer lugar al Licenciado don José de Chavarría, Presbítero, y en segundo lugar a don José Gornaga, vecinos de la villa de Madrid, para que en su nombre parezcan ante el Rey Nuestro Señor, en su Real y Supremo Consejo de las Indias pidan le honre con las mercedes que fuere servido en atención a sus méritos y servicios.
Untitled