Don Félix Velasco Quiroz y don Manuel de los Reyes, ambos de esta vecindad, dueño de botica el primero y profesor de farmacia el segundo, otorgan que han convenido en que Reyes se encargue del despacho de la botica de Quiroz bajo las condiciones que se mencionan, entre las cuales destacan: El sueldo que debe disfrutar Reyes es de 60 pesos mensuales y una tercera parte de lo que importen las recetas de igualas. El tiempo que debe percibir este sueldo y la tercera parte de las recetas igualas será de tres años. Que Reyes estará todo el día en la botica hasta las ocho de la noche.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOBOTICAS
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Don José María Gutiérrez de Zamora, de este comercio y vecindad, con botica en este suelo, dijo que en él se verificó el nuevo remate o contrata para proveer de todas las medicinas que necesitan los enfermos que se curan en el Hospital Real Militar de San Fernando de esta Villa, cuyo remate celebró con el Ministro Tesorero de la Real Hacienda del Ejército de Operaciones de las Tres Villas, don José Govantes [de Ledezma], habiendo concursado también el anterior beneficiado de este remate don Joaquín Ruiz, maestro farmacéutico y con botica también en este suelo, cuyo remate o contrata le fue asignado bajo los términos y condiciones que se mencionan en esta escritura.
Doña Juana Domínguez, de esta vecindad, viuda de don José Ignacio del Toro, del que es albacea, y don Joaquín Ruiz, Maestro Farmacéutico [farmacopea], otorgan por la presente que establecen una compañía de intereses que ha de manejarse en la botica que fue del citado Toro, que comúnmente llaman del Hospital de San Juan de Dios, ubicada en accesorias que pertenecen a esta, con previo consentimiento del curador de sus hijos menores, don José Antonio Domínguez, bajo los términos y condiciones que se mencionan en la escritura.
Don José Ignacio del Toro, hijo legítimo de los difuntos don Fernando José del Toro y de doña Manuela Antonia Martínez, natural de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, otorga su testamento donde declara fue casado en primeras nupcias con doña María Rita Figueroa, de esta vecindad, quien trajo al matrimonio 600 pesos y tres hijos de su primer marido, procrearon 4 hijos todos son difuntos; por segunda vez se casó con doña Juana Domínguez, quien trajo al matrimonio 300 pesos y el tenía 3 000 pesos, procrearon 3 hijos. Tiene por bienes una casa, un solar y una botica, situados en esta villa, en las colindancias que se mencionan en la escritura; también posee dos esclavas, dos caballos, algunos muebles y artículos de valor. Nombra albacea en primer lugar a la citada su esposa, y en segundo a don Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, para que entren en sus bienes, vendan y rematen en almoneda o fuera de ella, y del remanente que quedase líquido, instituye y nombra por únicos y legítimos herederos a sus tres hijos.
El Licenciado don Francisco de la Vega y Ariza, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles y nativo de dicha ciudad, hijo de Francisco de Ariza Cruzado, difunto y de doña María Maldonado, que reside en el ingenio del Conde de Orizaba; otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que debe a Pedro Pablo Tamariz, su compadre, vecino de Orizaba, 115 pesos que le prestó para su curación; a María García le debe 32 pesos; a Francisco de Pissa Guerrero, maestro cirujano, quien le ha asistido con los medicamentos que han sido necesarios de su botica, que no ha pagado, manda que de sus bienes se pague. Manda que le den 100 pesos al Licenciado don Diego García Calvo, Teniente de Cura en esta villa, para que los distribuya en las obras que le tiene encomendado y sin que le pidan cuentas. Manda que se cobre a Miguel de Escalona 200 pesos, a José de Sandoval 50 pesos, ambos vecinos del pueblo de San Andrés Chalchicomula, al Capitán Manuel Gómez Dávila, por la administración de la hacienda de Tecamaluca; asimismo, manda se cobre de lo que se le está debiendo por su asistencia y administración en el ingenio del Conde de Orizaba. Manda que se den 25 pesos en reales a Josefa de Guadalupe, su ahijada que se encuentra en el convento de Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla. Ítem, declara que es capellán de una capellanía que instituyó Jerónimo [roto] persona que lo crió, a cuyo título fue ordenado de 3 000 pesos de principal, que fundó sobre sus haciendas de labor y casas que tiene en la ciudad de los Ángeles. Ítem, declara por sus bienes unas piezas de esclavos. Nombra albacea testamentario y tenedor de bienes al Licenciado don Diego García Calvo, Teniente de Cura de esta villa, para que, entre sus bienes, los cobre, venda o remate. Y al remanente que quedara de sus bienes; dejó e instituyó como universal y única heredera a su madre María Maldonado.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODiego de Anaya y Pissa, maestro del arte de boticario, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a don Miguel García de Monzaval, vecino de esta villa, una botica que posee en esta villa con todos sus géneros, calidades y todo lo que le pertenece, la vende por libre de todo empeño en precio de 568 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Teresa Aravalle y don José María Ruiz, esposa, hijo y únicos herederos del finado don Joaquín Ruiz, dijeron que entre los bienes del difunto quedó una botica en la calle Principal de esta ciudad, en la casa del difunto don Francisco Florencio Franceschi, que tienen arrendada desde hace algunos años, la cual otorgan que dan en arrendamiento por el término de nueve años, a partir del mes de septiembre de 1838, a don Marcos Díaz Aparicio, actual administrador de ella, bajo las condiciones que se mencionan.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Félix Velasco Quiroz y don Agustín Díaz del Guante, ambos de esta vecindad, dijeron que tienen resuelto plantear un establecimiento de Botica en el pueblo de Coatepec, con cuyo objeto han celebrado las respectivas condiciones que se agregan adjuntas a esta escritura. Y que a fin de que ese contrato tenga toda la estabilidad y firmeza que pretenden, quieren reducirlo a instrumento público, por lo que otorgan que establecen la relacionada compañía en la negociación de esa Botica bajo las condiciones asentadas.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Francisco Florencio Franceschi, hijo legítimo de don Domingo Franceschi y de doña Rosa de Castro, sus padres ya difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con doña María Josefa Franco, con quien ha procreado cuatro hijos que lo son Francisco Adrián, Rosa María, María Josefa y Domingo, todos impúberos en la actualidad. Declara que la casa conocida por de la Botica, ubicada en esta ciudad a la calle Principal; la casa en que habita y una que está situada en el barrio de Santa María fueron de su difunto padre y se les adjudicaron a él y a su hermano don Manuel [Franceschi] como consta en la partición de los bienes de su padre, y de consiguiente es de su pertenencia la mitad del valor de cada una de las referidas sus casas. Declara que habiendo fallecido su nominado hermano don Manuel ad intestato y sin herederos forzosos, fueron declarados herederos suyos los ocho hermanos supervivientes doña Antonia, doña María Josefa, doña María de Jesús, doña María Manuela, don José Antonio, doña Rosa, don Domingo y el presente otorgante. Declara que el ilustre Ayuntamiento de esta ciudad reconoce a su favor 500 pesos a réditos y 100 sin ellos, y le está adeudando mucha cantidad de réditos. Declara que la misma municipalidad reconoce a favor de su predicho hermano don Manuel 662 pesos con pensión de réditos y también adeuda por muchos premios mucha cantidad. Declara que su hermana doña María Josefa y doña Manuela tienen cedido a su favor lo que ha ellas les toca de herencia en los bienes del repetido hermano don Manuel, por lo cual le pertenecen 3 octavas partes en dichos bienes, las cinco octavas partes restantes son de los otros cinco hermanos. Declara que de los alquileres de la casa de la Botica son a su cargo cosa de 300 a 400 pesos de que no ha hecho reparto sino solo a su hermano don Antonio, por lo cual se le ha de aplicar a él la mitad de esa cantidad y más las tres octavas partes que por la herencia de su hermano don Manuel debe haber por él y por las hermanas doña Manuela, doña Josefa, como también se le abonará la octava parte de don Antonio por tenerlo recibido. Ordena que de lo que a él le debe el Ilustra Ayuntamiento se le entreguen 600 pesos al Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa para que haga ciertos pagos que le ha encargado, y si cuando fallezca dicho presbítero no hubiesen tenido efecto esos pagos, queda facultada para hacerlo su esposa albacea y ésta misma les satisfará a los hermanos que deben percibir lo que les toca en la herencia de los bienes de su hermano don Manuel. Ordena que el quinto de sus bienes se aplique a su esposa doña María Josefa Franco. Y en el remanente que quedare libre de todos de todos los bienes instituye por universales herederos a los cuatro sus nominado hijos Francisco Adrián, Rosa María, María Josefa y Domingo. Y por la entera confianza que tiene de su esposa la enunciada doña María Josefa Franco, la nombra por tutora y curadora ad bona de los relacionados sus cuatro hijos. Y para la ejecución de su disposición testamentaria nombra por albacea fideicomisaria y tenedora de sus bienes a la misma su esposa doña María Josefa Franco.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Félix Velasco Quiroz, de esta vecindad, otorga que ha recibido de don José Bernardino Alcalde, de esta misma vecindad, la cantidad de 300 pesos que le ha franqueado en moneda corriente y cabales de cuño corriente, cuya suma se obliga a pagar en el plazo de tres meses contados desde el día de mañana, pagando durante dicho tiempo o más de su demora el premio de un 3 por ciento mensual. Cuyo préstamo es con objeto de refaccionar el establecimiento de botica en que gira.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO