María Telésfora de los Reyes y María Benita Octaviana Álvarez, hermanas, con sus respectivos maridos Antonio Roldán y José Severo Romero, de los cuales Benita y Romero son menores de edad, por cuya razón concurre como curador de ambos Vicente Alarcón; con la precisa licencia de sus maridos, dijeron que don Marcelino Pensado, como curador ad bona de las Álvarez, le vendió a Ana María Alarcón y Castillo una casita deteriorada perteneciente a las relacionantes, ubicada en esta ciudad en el barrio de Santa María, con 9 varas de frente, que lo hace con la calle que va al molino de Pedreguera, y formando esquina a la izquierda linda con el callejón del Chorro de San Pedro; y por la espalda con solar que fue del finado José Hipólito, siendo el fondo del sitio de 44 varas; cuyo solar y ruinas fue vendido a Ana María Alarcón en 100 pesos, dándole a ésta el nominado Pensado un papel de venta privado en esta ciudad el 16 de junio de 1832. Y habiendo muerto Pensado, Ana María Alarcón solicita se le ratifique formalmente dicha venta, por lo cual, otorgan que la ratifican.
Sem títuloBARRIO DE SANTA MARÍA
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Don Francisco de Herrasti, doña María Merced y doña Micaela de Thormes, otorgan que venden a don Domingo Aravalles, vecino de este pueblo de Jalapa, una casa de paredes techada de madera y tejas que don Juan de Dios y Thormes heredó de su padre don Francisco de Thormes, de cuyo solar vendió una parte y sólo le quedó la parte que dicha casa ocupa de frente y de fondo 60 varas, con un cuarto cuadrado de 8 varas, ubicada en el barrio del Mesón que llaman de Santa María en lo alto de la calle del Ganado, que antes se llamó los Molinos con la que hace frente hacia el poniente y del otro lado casa y mesón de Juan José Santa María, por dicho frente tiene 23 varas incluyendo las 8 que ocupa el cuarto; la venta la hace en 200 pesos.
Cristóbal de Zárate y María Domínguez, su mujer, vecinos de Jalapa, venden a Francisco de la Barreda Gayón, vecino del pueblo de Naolinco, una casa de piedra y lodo cubierta de teja y su solar, ubicado en la Calle Real que va para el Calvario; mide 18 varas de largo y 47 de ancho; colinda con solar de Petrona Licona, con calle en medio que va al barrio de Santa María. La venta se hace libre de censo, empeño e hipoteca, en 300 pesos de oro común que le han pagado.
Don Manuel Nava y Mota, originario y vecino de esta ciudad, hijo de don Baltazar Nava y de doña Francisca Santa María, ambos difuntos; otorga su testamento en la manera siguiente: En el que declara que es casado con doña María Brígida Castro, cuyo matrimonio solo les viven dos hijos que son Patricio de la Trinidad de quince años de edad y José Abraham de ocho años. Dicha María Brígida trajo al matrimonio la cantidad de 200 pesos, pues el patrimonio que la corresponde existe en poder de su hermano el Presbítero don José de Castro. El caudal que el comparente introdujo al matrimonio se componía de una platería valiosa en más de 2 000 pesos; una casa ubicada en la calle de Santiago; otra casa en la bajada a los Berros; otra en el barrio de Santa María, esquina que llaman del cuartelito con su frente al oriente, lindando por norte con calle que va para los Tecajetes, la cual compró a la cofradía del señor de la Santa Veracruz de esta parroquia; misma que, ha reparado y conservado por el trabajo e industria de la citada esposa; y aunque pueda aparecer, entre sus papeles, una escritura de donación de la expresada finca, otorgada a favor de la casa de ejercicios por ante el escribano don Juan Francisco Cardeña, ni dicho escribano le leyó dicha escritura e impuso de las obligaciones de este gravamen, ni dicha donación se ha insinuado ante el juez como lo dispone la ley, ni hubo en aquel acto aceptación del donatario y últimamente por haber tenido hijos después de esta fecha a quienes no puede ni tiene motivos para privar de la percepción de sus cortos bienes por dicha donación. Por tanto, otorga revoca enteramente la expresada donación la cual da por cancelada la escritura de su otorgamiento, desde el momento en la que tuvo sucesión forzosa y quiere que por tal se estime y declare judicial y extrajudicialmente y que en el protocolo del escribano que autoriza este testamento se note y prevenga esta revocación para que conste. En consecuencia, desiste, aparta y priva a la citada casa de ejercicios y a todos los que la representan o puedan representar en lo venidero de la propiedad posesión, goce, usufructo y otra cualquier acción que a la expresada casa pudiera haber adquirido en virtud de dicha donación. Por otra parte, declara que fundó el hospital de mujeres de esta ciudad y se le restan 103 pesos, fue secretario de las dos escuelas, y a ninguna le debe nada. Nombra por únicos y universales herederos a sus dos hijos; y por albacea a su esposa doña María Brígida Castro. Finalmente revoca, anula y da por ningún valor todos los testamentos, codicilos, poderes para testar y otras últimas disposiciones que antes de este haya hecho de palabra o por escrito, especialmente la que formalizó en esta ciudad, el 2 de noviembre de 1827, para que no valga ni haga efecto; y solo se guarde, cumpla y ejecute el presente como testimonio de su voluntad.
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