BARRANCA DE CHOCAMÁN

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        BARRANCA DE CHOCAMÁN

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            BARRANCA DE CHOCAMÁN

              6 Archivistische beschrijving results for BARRANCA DE CHOCAMÁN

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0084 · Stuk · 1712/09/17
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan González, residente en esta villa y vecino del pueblo de Orizaba, otorga poder general a don Nicolás Antonio de Navia, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, que tenga con cualquier persona y ellas contra él, en cualquier juzgado, audiencia o tribunal. Y para que en su nombre parezca ante el Licenciado don Francisco Valenzuela [Venegas, Caballero de la] Orden de Santiago, del Consejo de Su Majestad, su Oidor [más antiguo en la Real Audiencia] de esta Nueva España, Juez Privativo Superintendente [de] ventas, composiciones e indultos de tierras en este [roto] de Real Cédula de Su Majestad y haga posturas a las tierras [roto] que están en el paraje que van del Molino de la Puente a Toquila [Tocuila], sobre la barranca que llaman de Chocamán, jurisdicción de esta villa de Córdoba, y las denuncie ante Su Majestad como baldías, haciendo postura de ellas.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0015-PX_0015_0070 · Stuk · 01/08/1708
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Miguel de Mafara, vecino de Jalapa, dijo que revoca el poder que otorgó a Miguel Gómez el 4 de abril de 1707, y ahora se lo otorga a don Juan de Zárate, vecino de la Ciudad de Tlaxcala, residente en esta jurisdicción para que en su representación pida, reciba y cobre de Antonio Martín de Castro, María de los Santos y de otras personas que hubieran sucedido las tierras llamadas Tocuila, ubicadas en las orillas de la barranca de Chocaman, jurisdicción de Orizaba, la parte que le corresponde a Josefa de Castro, su mujer y heredera también de Marcos Martín de Castro.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0020-PC_0020_0025 · Stuk · 1685/07/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope de Yribas [Iribas], Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, y doña Ana González de Velilla, su legítima mujer, vecinos de esta villa, dueños de la hacienda de trapiche de hacer azúcar, situada en esta jurisdicción, y la susodicha con licencia previa de su marido para otorgar la presente escritura, dijeron que ambos tienen comprados de Joseph [José] de Vivero, vecino de la ciudad de Tlascala [Tlaxcala], una hacienda trapiche de hacer azúcar de Andrés de Vivero, vecino de la ciudad de los Ángeles, con cuyo poder el susodicho les vendió la citada hacienda que llaman de San Miguel Tocuila, de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco] al pago de la barranca de Chocamán y camino real de la Nueva Veracruz, por precio de 20 000 pesos de oro común, 1 000 de ellos están cargados a censo principal redimible a favor de los hijos de Marcos Martín de Castro. Y por la presente otorgan que dan poder a Juan Godínez [Maldonado], Escribano de Su Majestad, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que los obligue juntamente de mancomún a que pagarán a la persona o personas los 19 000 pesos del valor y precio asentado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0015-PX_0015_0014 · Stuk · 04/04/1707
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Miguel de Mafara, vecino de Jalapa, dijo que como padre y legítimo administrador de las personas y bienes de Miguel Jerónimo y Juana de la Cruz, sus hijos y de Josefa Martín de Castro, su mujer difunta, quien dijo en su testamento se instituya una capellanía de misas con el principal de 1, 000 pesos que habían de redituar 50 pesos anuales, la cual revoca por la última disposición que otorgó en el pueblo nombrado el Plantanar, que había impuesto sobre esas tierras, ubicadas en las orillas de la barranca de Chocamán, del que le pagó réditos el Capitán Lope de Iribas y apercibieron Antonio Martín de Castro y María de los Santos, asimismo sus hijos; por tanto, en nombre de sus hijos acepta la herencia que le toca, y de esta forma otorga poder especial a Miguel Gómez, para que en su representación reciba, demande y cobre el rédito que se les debe de 9 años a la fecha de los 1, 000 pesos que les toca.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0011-PC_0011_0037 · Stuk · 1674/11/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Nicolás Blanco, Alcalde Ordinario por Su Majestad; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Joseph [José] de Leiva y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos, por ellos y en nombre de los demás capitulares de esta villa, dijeron que el Bachiller Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad del partido de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec], con ocasión de haber comprado a los albaceas y herederos del Capitán don Juan de Rivera Barrientos, dos comederos de tierra en el rincón que llaman de Millán en lo alto de la barranca de Chocamán, arriba de un pedazo de tierra que esta villa posee desde su fundación que va del paraje que llaman la Lagunilla hasta lo alto de la barranca de Chocamán, el dicho cura se ha introducido de hecho y sin derecho en la tierra propiedad de la villa, talando los montes para la fábrica de sus casas, sembrando milpas de maíz y caña dulce y haciendo jacales y rancho fundado contra la voluntad y sin consentimiento de los otorgantes. Por lo tanto, confieren poder especial a Jacinto Pérez Padrón para que en sus nombres parezca ante el Señor Virrey y suplique se despache el recado que convenga para que esta villa sea amparada en la propiedad y posesión del dicho pedazo de tierra, y que el Bachiller Diego Peláez y Cristóbal Fres de Herrera, su cuñado, administrador del rancho, sean lanzados de las tierras de la villa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0017 · Stuk · 1696/03/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Sebastián de Aranda, Gobernador; Juan Luis y Baltazar Melchor, Alcaldes; Melchor Baltazar y Baltazar Juan, Regidores; Joseph [José] de Santiago, Alguacil Mayor; Juan Francisco, Fiscal de la Iglesia; Domingo de la Cruz y Joseph [José] Lorenzo, Tequitlatos; don Pedro Miguel y Juan Francisco, mandones; todos del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán] de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco] y villa de Córdoba; y Lucas Sánchez, vecino de este pueblo, en nombre y como apoderado del Capitán don Juan González de Olmedo, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad; dijeron que por cuanto el Capitán don Juan González de Olmedo ha seguido pleito ante la Real Justicia de la villa de Córdoba contra los naturales del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán], debido a que éstos pretenden tener derecho a unas tierras que tiene y posee dicho capitán en esta jurisdicción, en el paraje nombrado de Tepeyagualco. Sobre lo cual se han seguido diferentes autos y por uno proveído por el Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de dicha jurisdicción, se mandó amparar al Capitán González de Olmedo en la posesión de las tierras que le tocan y pertenecen según los títulos y mercedes que de ellas tiene. Y estando en el sitio nombrado Tepeyagualco [Tepeyahualco] para proceder al amparo de posesión a favor de don Juan González de Olmedo, presentes el gobernador y demás oficiales de república de dicho pueblo, las justicias de partidos y escribano, don Juan González y los naturales se convinieron y concertaron mediante personas celosas de la paz y por excusar pleitos, enemistades y gastos. Por lo cual en vía de transacción y concierto acordaron que el Capitán González de Olmedo les hiciese gracia y donación de una caballería de tierra por lo ancho y por lo que le correspondiera por largo, desde el dicho paraje de Tepeyahualco hasta la sierra de dicho pueblo de Santa Ana [Zacán], corriendo hasta los linderos de dicho pueblo, con lo cual unos y otros se desisten y apartan del pleito para no seguir ni proseguirlo, asimismo, los naturales se ajustaron a las condiciones del convenio mencionadas en esta escritura.

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