BARRANCA DE CHOCAMÁN

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0027 · Item · 1720/03/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Alejo José de [Aguilar] y Teresa Barbosa, su mujer, vecinos de esta villa, 2 caballerías y [roto] solares de tierra pertenecientes a los [propios de esta villa] en que tienen su rancho de tabaco, y que lindan por el [oriente] con tierras del rancho que posee el Licenciado don Salvador Martínez de Abrea; por el poniente con tierras del rancho de José Lorenzo; por el norte con el camino que llaman de los Barbechos; y por el sur con otro camino que dicen ser Antiguo de los Carros y que va a la barranca de Chocamán. Arrienda dichas tierras por 4 años a partir del día de hoy, en precio de 31 pesos 3 reales por cada año, con las condiciones de no sembrar en dichas tierras caña dulce, sólo tabaco, y no construir casas firmes, entre otras que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0171 · Item · 1703/12/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor don Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba y su jurisdicción por Su Majestad, como Procurador Mayor nombrado por los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, para todas sus causas y negocios, cobrar sus propios, arrendarlos y todo los demás que debe hacer cualquier procurador; otorga que da en arrendamiento a Diego Trujillo, vecino de esta villa, una caballería de tierra de las que pertenecen a los propios de esta villa, que está y comienza desde donde acaba la que tiene en arrendamiento Juan Íñiguez, corriendo por junto a un sempualegua [sic] grande, a dar al camino Real y barranca de Chocamán; y por el oriente va a dar a un llano nombrado Mata de Coyote. El arrendamiento lo hace por nueve años, que empiezan a correr desde el primero de junio pasado de este presente año, por precio de 12 pesos anuales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0110 · Item · 1714/10/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador de sus propios y rentas, por ausencia del Alférez Real don Diego Valero Grajeda, Procurador Mayor del Ilustre Cabildo de esta villa, otorga en arrendamiento a don Francisco de Barrios, una caballería de tierra perteneciente a esta villa, ubicada es el paraje que llaman de los Cinco Encinos, la cual linda por el poniente con tierras que tiene en arrendamiento el Capitán Juan de los Santos Cubillos; al norte con tierras y rancho de Francisco Zacarías; al sur con el camino real, que viene de la barranca de Chocaman hasta esta villa; y por el oriente con rancho de José Lorenzo. El arrendamiento lo hace por tiempo de cinco años y en precio de 12 pesos y 4 reales anuales, que empieza a contarse desde hoy día de la fecha en adelante y no le será quitada, pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar, por el mismo tiempo y precio.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0100 · Item · 1715/08/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador de sus Propios y Rentas, dijo que por cuanto el Ilustre Cabildo de esta villa dio en arrendamiento a don Francisco de Barrios una caballería de tierra en el paraje que llaman de Los Cinco Encinos, por el tiempo de nueve años y en atención a que éste se ha ausentado de esta villa y haber dado permiso para que le comprasen el rancho que en dicha caballería tenía. En cuya virtud, el Ilustre Cabildo tomó la resolución de arrendarlo a la persona que necesitara dicha caballería de tierra, por lo cual, en nombre de dicho cabildo, otorga da en arrendamiento la caballería de tierra poco más y todo aquello que don Francisco de Barrios hubiera hecho, sus sembrados de maíz y otras cosas. Dicha caballería linda por el poniente con tierras que tiene en arrendamiento el Capitán Juan de los Santos Cubillos, por el norte con tierras y rancho de Francisco Zacarías, por el sur con el camino Real que viene de la barranca de Chocamán a esta villa, y por el oriente con rancho de José Lorenzo. El arrendamiento es por tiempo y espacio de nueve años, en precio de 12 pesos y 4 reales anuales que empiezan a correr y contarse de hoy día de la fecha en adelante, la cual no le será quitada durante el tiempo pactado, pena de darle otras con las mismas características.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0011-PC_0011_0037 · Item · 1674/11/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Nicolás Blanco, Alcalde Ordinario por Su Majestad; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Joseph [José] de Leiva y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos, por ellos y en nombre de los demás capitulares de esta villa, dijeron que el Bachiller Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad del partido de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec], con ocasión de haber comprado a los albaceas y herederos del Capitán don Juan de Rivera Barrientos, dos comederos de tierra en el rincón que llaman de Millán en lo alto de la barranca de Chocamán, arriba de un pedazo de tierra que esta villa posee desde su fundación que va del paraje que llaman la Lagunilla hasta lo alto de la barranca de Chocamán, el dicho cura se ha introducido de hecho y sin derecho en la tierra propiedad de la villa, talando los montes para la fábrica de sus casas, sembrando milpas de maíz y caña dulce y haciendo jacales y rancho fundado contra la voluntad y sin consentimiento de los otorgantes. Por lo tanto, confieren poder especial a Jacinto Pérez Padrón para que en sus nombres parezca ante el Señor Virrey y suplique se despache el recado que convenga para que esta villa sea amparada en la propiedad y posesión del dicho pedazo de tierra, y que el Bachiller Diego Peláez y Cristóbal Fres de Herrera, su cuñado, administrador del rancho, sean lanzados de las tierras de la villa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0017 · Item · 1696/03/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Sebastián de Aranda, Gobernador; Juan Luis y Baltazar Melchor, Alcaldes; Melchor Baltazar y Baltazar Juan, Regidores; Joseph [José] de Santiago, Alguacil Mayor; Juan Francisco, Fiscal de la Iglesia; Domingo de la Cruz y Joseph [José] Lorenzo, Tequitlatos; don Pedro Miguel y Juan Francisco, mandones; todos del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán] de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco] y villa de Córdoba; y Lucas Sánchez, vecino de este pueblo, en nombre y como apoderado del Capitán don Juan González de Olmedo, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad; dijeron que por cuanto el Capitán don Juan González de Olmedo ha seguido pleito ante la Real Justicia de la villa de Córdoba contra los naturales del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán], debido a que éstos pretenden tener derecho a unas tierras que tiene y posee dicho capitán en esta jurisdicción, en el paraje nombrado de Tepeyagualco. Sobre lo cual se han seguido diferentes autos y por uno proveído por el Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de dicha jurisdicción, se mandó amparar al Capitán González de Olmedo en la posesión de las tierras que le tocan y pertenecen según los títulos y mercedes que de ellas tiene. Y estando en el sitio nombrado Tepeyagualco [Tepeyahualco] para proceder al amparo de posesión a favor de don Juan González de Olmedo, presentes el gobernador y demás oficiales de república de dicho pueblo, las justicias de partidos y escribano, don Juan González y los naturales se convinieron y concertaron mediante personas celosas de la paz y por excusar pleitos, enemistades y gastos. Por lo cual en vía de transacción y concierto acordaron que el Capitán González de Olmedo les hiciese gracia y donación de una caballería de tierra por lo ancho y por lo que le correspondiera por largo, desde el dicho paraje de Tepeyahualco hasta la sierra de dicho pueblo de Santa Ana [Zacán], corriendo hasta los linderos de dicho pueblo, con lo cual unos y otros se desisten y apartan del pleito para no seguir ni proseguirlo, asimismo, los naturales se ajustaron a las condiciones del convenio mencionadas en esta escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0081 · Item · 1717/08/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador Mayor en ella, otorga en arrendamiento a doña Estefanía Rodríguez, vecina de esta villa, viuda de Juan Marcos Rendón, 4 caballerías y media de tierra ubicadas en el monte que llaman de Salas, que comienza donde se acaba el comedero de Sacatepeq [Zacatepec], desde los cerritos hasta el camino real que va a la barranca de Chocamán, que es hacia la parte del norte, y desde la mojonera de esta villa que divide dichas tierras con las que pertenecen a las que posee hoy el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, por dicho camino real, y por el sur linda con la barranca del despeñadero. Las arrienda por tiempo de nueve años, que empiezan a correr y contarse desde hoy día de la fecha en adelante, y por cada caballería de tierra pagará 12 pesos y medio, que importan 56 pesos y 2 reales anuales, que se obligará a pagar al mayordomo que es o fuere de los propios y rentas del cabildo o a quien fuere parte legítima por él. El otorgante se obliga, y obliga a los propios a que este arrendamiento le será cierto y seguro en todo tiempo y no le serán quitadas pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar, por el mismo tiempo y precio, con las condiciones siguientes: doña Estefanía, sólo sembrará y cultivará las tierras y no meterá en ellas a personas ajenas, tampoco podrá sembrar en estas tierras caña dulce, en caso contrario, esta escritura quedará sin valor alguno, y el cabildo las podrá arrendar a otra persona.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0054 · Item · 1705/05/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Valero de Grajeda, Regidor de esta villa y su Procurador, con facultad para seguir sus causas y negocios, arrendar sus propios y tierras, otorga que da en arrendamiento a Juan Marcos Rendón, vecino de esta villa, un pedazo de tierra en el monte de Salas, linda por el norte con el camino Real que va a la barranca de Chocamán y por el sur con la barranca del despeñadero. El arrendamiento es por tiempo de nueve años en precio de 25 pesos cada en cada uno.

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