El Licenciado Manuel del Pozo, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla, como albacea de don Miguel Pérez de Medina, Cura y Juez Eclesiástico, dijo que en el testamento que otorgó, mandó instituir una capellanía de 3, 000 pesos de principal con el gravamen de 50 misas en cada año en la forma en que se menciona. Nombra como primer capellán propietario a José de Olivares, su sobrino, con la condición de que en cuanto pueda mantenerse la renuncie en Miguel Pérez de Medina, asimismo su sobrino, con las mismas condiciones que al primero. Nombra como Capellán interino al Bachiller José de Olivares. Nombra como albacea testamentaria al Bachiller Manuel del Pozo, al Licenciado Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, a Francisco Fernández Becerra y Manuel Martínez, todos vecinos de la doctrina de Teziutlán. Hace fundación e institución de la capellanía cuya cantidad queda fincada en el ingenio de fabricar azúcar nombrado Nuestra Señora de los Remedios.
BACHILLERES
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El Capitán Juan de Malpica, marido de doña Catalina de Borboa, y el Bachiller Tomás de Malpica, hijo y heredero de la mencionada Catalina, y Fernando Bazán de Otero, con poder de Ángela de Malpica, entre otros herederos, dijeron que por fallecimiento de doña Catalina de Borboa tienen hecho inventarios y avalúos de los bienes que dejó el Capitán Juan de Malpica; y el Bachiller Tomás de Malpica, Fernando Bazán de Otero y el Capitán Antonio Fernández, en nombre de sus mujeres, tienen aceptada la herencia materna y habiendo hecho partición de todo, otorgan que han recibido del Capitán Juan de Malpica 3, 546 pesos de oro común cada uno, por lo que ahora otorgan escritura de recibo. Asimismo Juan de Malpica declara que la hacienda de San Antonio Ateguetla esta afecta a la capellanía de 3, 000 pesos de principal que goza el Bachiller Tomás de Malpica y para que le quede libre de la afección se obliga a quitársela ante el señor juez de capellanías por lo que a él le toca la da por libre.
El Capitán Bartolomé de Castro y José Robledano de Cardeña, mercaderes, vecinos del pueblo de Jalapa, instituyen y fundan una capellanía de misas rezadas con la dote, nombramiento de capellanes y patronos, en los siguientes términos: instituyen la capellanía con 3 mil pesos de oro común de principal, 150 pesos que le han de pagar al capellán, cuya cantidad han entregado al Bachiller Rodrigo Rincón, Presbítero Domiciliario para que en 12 días los ponga en el cofre de los depósitos del señor obispo y a su satisfacción se pongan a réditos. Nombran como primer capellán al Bachiller José Joaquín de Flores Moreno y por su falta a Juan Francisco de Lucena, como capellán interino y primer patrono nombran al Bachiller José Joaquín de Flores.
El Bachiller Pedro Perdomo, Presbítero Domiciliario, albacea testamentario de la difunta Aldonza Clara de Vargas, nombrado por poder para testar, se le comunicó que le había vendido un solar a Miguel Ruiz, vecino de Jalapa, de 60 varas de frente y 100 de fondo sita en este pueblo, linda con solar de Francisco Felipe y con calle que baja por la cerca de la casa de Luis de la Flor, con casa y solar de Miguel Ruiz y con solar de Manuel Martín, en 36 pesos de oro común que le había pagado sin entregar escritura, y para descargar su conciencia declara que este documento sirva como escritura de venta de dicho solar.
Juan José Rincón, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que vende al Capitán Juan de Malpica, de la misma vecindad, una casa en solar que es de la capellanía que goza el Bachiller Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, que compró de los albaceas de Hipólito de Amaya, en 630 pesos de oro común horros de alcabala y costos de escritura, que le ha de pagar luego de que salga del puerto de San Juan de Ulúa la flota a cargo del General Manuel López Pintado.
Francisco Miguel de Campo, vecino del pueblo de Jalapa, actuando con poder general del Bachiller Antonio Méndez de la Cruz, Cura de la Doctrina de Teziutlán, vende a Luis González de Lucena, de la misma vecindad, una esclava nombrada Catalina de los Reyes, mulata criolla de 37 años de edad más o menos, que compró al Licenciado Pablo López, Cura de Huayacocotla. La venta se hace el 300 pesos de oro común que le ha entregado.
El Bachiller Francisco de Arteaga y Cuéllar, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la Doctrina de Atzalan, jurisdicción de Jalacingo, vende a Inés del Castillo Guzmán, mujer legítima de Andrés Marín, un esclavo nombrado Miguel, mulato de color cocho de 33 años poco más o menos, que heredó de Francisco de Arteaga y de doña Juana Muñoz, sus padres, cuyo esclavo se encuentra libre de empeño, hipoteca y enajenación, en 250 pesos de oro común.
El Bachiller Francisco de Arteaga Cuéllar, Cura de la Doctrina de San Andrés Atzalan, jurisdicción de Jalacingo, vende a doña Inés del Castillo Guzmán, mujer legítima de Andrés Marín, vecino de ese pueblo, una esclava nombrada Micaela mulata de 28 años más o menos y un hijo suyo nombrado Pedro, de 4 años, los cuales compró de don Francisco de Arteaga y doña Juana Muñoz, sus padres. Cuyos esclavos están libres de empeño, hipoteca y enajenación, en 250 pesos de oro común la madre y en 50 su hijo.
Doña Eugenia Francisca de Amilibia Guraya y Lezama, como madre y tutora de Doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, sucesora en el Mayorazgo de la Higuera, patrona de la capellanía que fundó el Lic. Don Gaspar Ruiz de Cabrera, de 2080 pesos de principal, y por muerte del Doctor Don Pedro de Gorospe, canónigo penitenciario de la Iglesia Catedral de la ciudad de Los Ángeles, último capellán, nombró como capellán propietario al Bachiller Don Miguel de Ceballos, su sobrino, clérigo de menores órdenes, residente en la ciudad de Los Ángeles, para que sirva dicha capellanía.
Doña Ana Zavala, vecina de Jalapa, como madre y heredera de sus hijos difuntos, Francisco, Juan y Ana López Ruiz Matamoros; e Isabel López Ruiz Matamoros, doncella, heredera junto con sus hermanos difuntos, a los bienes que quedaron por fin y muerte de su padre, dieron su poder cumplido al Bachiller don Bartolomé Patricio Pérez Delgado, pasante de la Facultad de Leyes de la ciudad de México, para que en sus nombres parezca en cualesquier tribunales y pida y demande, reciba y cobre de Doña Ana María de Alemán, vecina de la nueva ciudad de Veracruz, cualesquier cantidades de pesos de oro, plata, joyas, esclavos y otros bienes, prosiguiendo en juicio la ejecución que tienen interpuesta, en virtud de despacho de la real cédula de esta Nueva España ante la Real Jusiticia de la Nueva Veracruz, haciendo los pedimentos, requerimientos, citaciones, protestas y alegatos que convengan.