AYUNTAMIENTO

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0061-PX_0061_0166 · Unidad documental simple · 23/03/1797
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Cecilia Reyes, vecina de esta Villa de Xalapa, con poder general otorgado a su favor por su marido, don Domingo Roldán y Bravo, de fecha 10 de marzo de 1797 en la Ciudad de México, haciendo uso del mismo otorga que vende al Ilustre Ayuntamiento de Xalapa, una casa de paredes con el sitio que le pertenece, que mide 14 y media varas de frente y 51 de fondo, linda al sur con la calle Real, al norte con casa que fue del Convento y Tercera Orden de San Francisco y que ahora es de don Anastasio Cruz, al oriente con el callejón que del puente de Techacapa sube para el barrio de Arriba y casa de don Juan Bocelo, y al poniente con casa de don Manuel Muñiz y fuente de Techacapa, dicha venta la hace en 700 pesos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0104 · Unidad documental simple · 1833/08/23
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano Manuel de Jesús Gutiérrez, vecino del pueblo de Xico, de este cantón, dijo que, como albacea de sus padres don Diego Melchor Gutiérrez y doña María Dolores Galán, otorga poder especial a don Manuel Patiño, de esta vecindad, para que en su nombre y representando los derechos y acciones que le competen con albacea, demande y cobre al ayuntamiento del pueblo de Coatepec, la cantidad que adeuda por arrendamientos de la casa que ocupa para la escuela que es de la perteneciente a la testamentaria de dichos finados. Cuyo fundo está ubicado en una esquina de la plaza del propio pueblo de Coatepec. Además, pueda parecer y parezca en todos los tribunales eclesiásticos o seculares, superiores o inferiores que importe.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0097 · Unidad documental simple · 1837/08/19
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Los señores Miguel Palacio y don José Mariano Domínguez, de esta vecindad, el primero como síndico del Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad, y el segundo como particular, dijeron que a fin de arreglar la atarjea que conduce el agua del río de Santiago a los terrenos del señor Domínguez, se celebró entre éste y el ayuntamiento un convenio bajo las cláusulas que se mencionan en el mismo documento. Por lo antes mencionado, don José Mariano ratifica las condiciones referidas en dicho documento y se obliga a ejecutarlas tal y como se expresan, y a construir los lavaderos que quepan en la distancia de las 30 varas señaladas por ambos lados de la atarjea. Y don Miguel Palacio, como representante del ayuntamiento, obliga a dicho cuerpo a costear el techo de los lavaderos, en los términos expresados en la cláusula primera. Y estando presente don Bernabé de Elías Vallejo, señaló que se constituye fiador por don José Mariano Domínguez, de tal manera que, si éste no cumpliese lo pactado, él lo cumplirá por el comparente.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0108 · Unidad documental simple · 1835/08/25
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Los señores don Tadeo Díaz y don Miguel Molina, Regidores en el ilustre Ayuntamiento de esta ciudad, en nombre del Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad, le confieren poder al señor Síndico don Juan Franco, para que, representando los derechos y acciones del referido cuerpo, promueva cuantos asuntos tiene pendientes o se le ofrezcan, gestionando judicial o extrajudicialmente.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0047 · Unidad documental simple · 1840/03/31
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El regidor decano don Tadeo Díaz, en representación del Muy Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad, y el ciudadano José Antonio Solano, por sí; dijeron que se le ha rematado a Solano el cobro de la pensión de carnes bajo las cláusulas y condiciones siguientes: Dicho remate es por tiempo de un año a partir del día primero de abril. Ha de satisfacer al Ayuntamiento 211 pesos mensuales, cuya cantidad debe ser entregada a la tesorería por quincena a razón de 105 pesos 4 reales. De acuerdo a la tarifa establecida, ha de cobrar el contratista por cada res picada que se ponga en la mesa para su venta, 6 reales; por cada carnero, 3 reales; por cada cerdo, 4 reales; por el puesto de venado, un real; por el de carne salada, 2 reales; entre otras condiciones que se mencionan. Bajo cuyas calidades y condiciones, otorgan que celebran dicha contrata, y para mayor seguridad Solano hipoteca una casita de edificio bajo que posee en esta ciudad, en la calle del Calvario.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0070 · Unidad documental simple · 1840/05/02
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Ruiz, de esta vecindad, y don Narciso Sanabria, de Coatepec, dijeron que como consta en escritura otorgada el 14 de enero de 1837, compraron los dos comparentes, en unión de don José de Jesús Díaz, al Ayuntamiento de Coatepec, en precio de 20 pesos a censo redimible un terreno eriazo ubicado en la parte occidental del mismo pueblo. Asimismo, dijeron que el 19 de noviembre de 1836 compraron a don José Joaquín Rebolledo, un terrero erial ubicado en el referido pueblo, a la linde de las tierras compradas al Ayuntamiento, en 20 pesos 4 reales; y el 28 de noviembre compraron otro terreno eriazo a María Laureana, María Isabel y Juan Manuel, ubicado en el repetido pueblo y contigua a aquellos dos terrenos, en precio de 20 pesos. Y con los tres terrenos constituyeron un rancho, dándole el nombre de “La Esperanza”, y formaron un establecimiento los tres individuos para el cultivo de moreras, café, abejas y otros objetos, formando una compañía. También, dijeron que introdujeron el agua corriente en virtud de concesión que hizo aquel Ayuntamiento. Además, dijeron que tiempo después acordaron que don José de Jesús Díaz se quedara el solo con la negociación, separándose los relacionantes y habiendo recibido de Díaz las cantidades de pesos que tenían invertidas. Y ahora, para que la separación de dicho negocio tenga efecto, otorgan que se desisten y apartan de toda acción que pudieran tener o pertenecerles en la propiedad de los referidos terrenos, plantíos, obra material y cuanto contiene el referido establecimiento titulado “La Esperanza”.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0162 · Unidad documental simple · 1840/12/15
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Franco, síndico del Muy Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad y representante del propio cuerpo a virtud del poder que le otorgaron; y don Austacio María Durán, de esta vecindad, por sí y en nombre de sus hermanos que se hallan ausentes, por quienes presta voz y caución; dijeron que sobre una casa de altos y bajos ubicada en esta ciudad, en una esquina de la plazuela de la Constitución, en la calle que sube para el Calvario, cuya finca pertenece en propiedad a dichos señores Durán, se reconoce un capital de 880 pesos a favor del mismo Ilustre Ayuntamiento, según escritura otorgada en primero de octubre de 1810. Asimismo, dijeron que dicha casa se encontraba bastante arruinada en términos de no haber quien quisiera ocuparla y permaneció por eso desalquilada algunos años, hasta que últimamente se consiguió quien franqueara para repararla bajo la condición de reintegrarse con sus arrendamientos. Dijo también, que por esto se encuentra el fundo bastante recargado y en mucha indigencia las hermanas mujeres del propio señor don Austacio, que tiene precisamente parte en la casa. Que por todas estas razones propuso dicho señor Durán se hiciese una remisión de los réditos atrasados y que se venzan en los últimos días que restan del presente mes, comprometiéndose a ir cubriendo religiosamente los réditos que se vayan devengando desde el día primero de enero próximo. Y convencido el señor Franco de los méritos alegados por el señor Durán y teniendo en consideración que el Ilustre Ayuntamiento aprobó su solicitud por acuerdo de 12 de agosto último; por lo tanto, otorgan que a nombre de sus representantes y por sí, transigen el indicado negocio en los términos referidos, obligando el señor Franco a la Municipalidad a que no demandará cosa alguna por los réditos que adeudan los señores Durán hasta el día último del presente mes por el enunciado capital de 880 pesos, pues quedan dichos réditos condonados para siempre; y el señor Durán se obliga y a sus hermanas a ir pagando los réditos que por dicho capital se vayan causando desde el día primero de enero próximo, pagándolos mensualmente con el producto de una de las accesorias bajas de la misma casa, cuya transacción aprueban y ratifican solemnemente.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0087 · Unidad documental simple · 1828/07/21
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Cayetano Becerra, diputado del Honorable Congreso del Estado, como representante de don José Carrillo de Hermida, vecino de Veracruz, dijo que éste posee una casa de paredes de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillos y teja, en la calle que nombran Nueva, de la cual se ha venido reconociendo el capital de 543 pesos cuatro reales, a favor de doña Antonia Ugarte y doña María Bañares, sin que hasta la fecha los antiguos poseedores de dicho fundo se les haya cobrado sus respectivos réditos, ni presentado los interesados o sus representantes, sin embargo de las diligencias que se han hecho por él otorgante para dar con su paradero, en forma particular, como por medio de periódicos públicos. Por lo antes mencionado, don José Carrillo de Hermida, solicitó al Ayuntamiento de esta villa, le recibiese en su fondo público por vía de depósito, la mencionada cantidad de 543 pesos cuatro reales, más el premio de 5 cinco por ciento de los tres años que poseyó la citada casa, cuyas sumas dan un total de 648 pesos seis reales. Habiendo el Ayuntamiento, tomado tal consideración, comisionó a los regidores y síndico don Juan Bautista de Lezama y don José Manuel Cruz y Bremont, para el otorgamiento de la presente escritura, por lo que éstos señalan, han recibido en los fondos públicos, por entrega de Cayetano Becerra, la cantidad de 648 pesos y seis reales en efectivo, por lo que otorgan depósito y entregan recibo en forma para dar legalidad e hipotecan dichos fondos municipales.

              JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0092 · Unidad documental simple · 1828/07/31
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco González, de esta vecindad, como apoderado de doña María Manuela, doña María Josefa, don Martín, y doña Juana Ortiz, otorga que tiene recibidos del regidor don Juan Franco, como comisionado del Ayuntamiento de esta villa, la cantidad de 4 500 pesos y sus correspondientes premios, en varias partidas. Siendo la última, un libramiento de 300 pesos, cuya cantidad a depósito irregular conocía a favor de los citados, valor en que se vendió la casa que hoy sirve de hospital de mujeres y recogidas, por la madre doña Andrea Morales. De cuya cantidad, entrega carta de pago y cancelación.

              JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0088 · Unidad documental simple · 1827/05/31
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Mariano Rincón, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido del Muy Ilustre Ayuntamiento de esta villa, por mano de su regidor comisionado don Cristóbal Montes de Oca, la cantidad de 300 pesos, cuyo principal es el mismo que se redimió en 22 del presente por parte de la testamentaría de doña Gertrudis Noriega de Zárate y Sandria que lo reconocía sobre sus casas en la calle de la Raqueta, para el aceite de la lámpara que ardía en la iglesia que fue de este hospital. Y se obliga a mantenerlos en su poder por vía de depósito irregular en el término de cinco años, satisfaciendo al Ayuntamiento o a quien administre el hospital, el premio de 5 por ciento en cada año.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONAL