Don Joaquín de Castillo y Bustamante, Caballero de la Orden de Santiago, como presidente, el Capitán don Juan Francisco Carasa, don José María de Goiri, don Francisco Antonio de Ortigosa, don Manuel Rincón, y demás personas que integran el Ilustre Ayuntamiento, otorgan que han recibido de los albaceas del finado don Juan de Bárcena, primer patrono que fue de la escuela de primeras letras que mandó fundar don Manuel de Boza, y que lo son don José Antonio de Bárcena, don José Antonio del Valle, y don Juan Francisco de Bárcena, la cantidad de 11 000 pesos, que dicho cuerpo se obliga a tener en su poder como depósito irregular, por tiempo de 5 años, pagando premio de 5 % anuales.
AYUNTAMIENTOS
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Don Francisco Sáenz de Santa María, Regidor Perpetuo del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa de Xalapa, natural de la Viguera en la Provincia de la Rioja, hijo legítimo de los difuntos don Manuel Sáenz de Santa María y de doña Catarina Martínez, otorga su testamento y declara que es de estado soltero. Señala que en poder de don José Antonio de Bárcena, de este comercio y vecindad, tenía hace unos 7 años, 2 000 pesos, de los cuales le ha entregado algunas partidas; y es su voluntad que con el resto se pague su entierro y gastos de su enfermedad. Menciona que el Ayuntamiento le debe de 2 000 pesos. Nombra albacea a don José Antonio de Bárcena, para la ejecución de su sencilla disposición.
El Muy Ilustre Ayuntamiento, Justicia y Regimiento de esta Villa de Xalapa, compuesto por los señores don Ramón María de Villalba, presidente; don Carlos Díaz y Herrero, Regidor, Alguacil Mayor; don José Fernández de Castañeda, Diputado del Común, y don Eduardo de Alsasua, Síndico Personero, dijeron que por superior orden del Excelentísimo Señor Virrey, de fecha 2 de mayo del corriente año, se les ha concedido con la aprobación de la Junta Superior de propios celebrada el 29 de julio de 1803, la facultad de tomar a réditos sobre el producto anual del arbitrio de las harinas que entran en esta población, la cantidad de 24 431 pesos, asimismo dijeron que don Juan de la Bárcena, de esta vecindad y comercio, ha tenido a bien ceder a este cuerpo político, 6 000 pesos de los 10 000 que suplió para la construcción del Cuartel de Infantería, cantidad que reconoce este ayuntamiento durante 9 años con causa de réditos de 5% anual a favor de la Escuela Pía de Primeras Letras, llamada de Boza, a quien pertenece dicho capital y de la que es patrono Bárcena, cuya cantidad es la misma que tiene recibidos de don Lino Caraza Jiménez, de esta vecindad y comercio, y que reconocía sobre su hacienda de Almolonga, a favor de la mencionada obra pía, por lo que declaran como miembros del Ilustre Ayuntamiento haber recibido los mencionados 6 000 pesos del susodicho don Juan de la Bárcena, cuya cantidad imponen y cargan sobre el arbitrio establecido de un peso en cada tercio de harina flor y otro peso en carga de la común de los que entran en esta Villa para su consumo por tiempo de 9 años, con obligación de satisfacerle sus correspondientes réditos de un 5% anual, con hipoteca general de dicho arbitrio.
Don Ramón María de Villalba, Juez, Subdelegado de este suelo y su distrito, como tal Presidente de su muy Ilustre Ayuntamiento; don José Antonio de la Peña Vallastra, Regidor, Alférez Real; don Carlos Díaz y Herrero, Regidor Decano, Alguacil Mayor; don Francisco Sáenz de Santa María, don Miguel Cotarro y don Diego Leño, Alguaciles Llanos; don Pedro Pérez de Llera y don José Fernández de Castañeda, Diputados del Común; y don Eduardo de Alsasua, Síndico Personero; en forma de Cabildo otorgan poder general a don José Ramón de Betancour, Escribano de Su Majestad del Real Tribunal del Consulado de Veracruz, para que represente al ayuntamiento en todos los pleitos, causas, negocios y pretensiones que al presente tenga o en adelante tuviere.
Don Francisco Sáenz de Santa María, otorga que ha recibido del Ayuntamiento y de los fondos del Ramo de Harinas que le pertenecen, la cantidad de 4 000 pesos y sus premios vencidos hasta el día 5 del presente, a cuenta de los 8 000 pesos que de su peculio impuso en el término de cinco años sobre el indicado Ramo, por lo que entrega recibo de cancelación.
Don Mariano de Campo, Subteniente del Regimiento de Infantería de las Milicias Provinciales de las Tres Villas y vecino de ésta, otorga que debe a la Junta Municipal de esta Villa, la cantidad de 1 270 pesos y 4 reales, valor de unas vacas que compró al Diputado del Ayuntamiento don Santiago Sáinz Sarabia, Comisionado por el mismo cuerpo para la administración y manejo de carnes, cantidad que se obliga a pagar durante el mes de enero inmediato, en una sola exhibición en reales de contado, hipotecando por ello una tienda mestiza que posee en la esquina de la Calle de Santiago, misma que se compromete a no vender, enajenar ni cambiar hasta que la deuda no este satisfecha.\t
El muy Ilustre Ayuntamiento de esta Villa compuesto por don Mateo Badillo, Alcalde más antiguo, y como su presidente don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, Alguacil Mayor; don Francisco Javier Sáenz de Santa María, Regidor; y don Joaquín Freiria y Sotomayor, Depositario General; otorga poder general a don Juan de Arredondo, Agente de Negocios de la Real Audiencia de México, para que los represente y defienda en todos sus negocios y causas del cabildo así sean activos como pasivos, judiciales o extrajudiciales.
Don Carlos Díaz de la Serna y Herrero, Regidor Decano Alguacil Mayor; don Francisco Sáenz de Santa María, Regidor llano; don Pedro José Sáenz Navarrete y don Manuel de Goiri, Diputados, y don Francisco Javier Fernández de Ulloa, Síndico Personero, en forma de Cabildo otorgan poder general a don Marcelo Álvarez, Procurador, vecino de la Ciudad y Corte de México, para que defienda al Ayuntamiento en todos su pleitos, causas, negocios y pretensiones.\t
Doña María Josefa Ladrón de Guevara y Domínguez, residente en el Beaterio de esta Villa, hija legítima de don Ignacio Ladrón de Guevara y de doña Teresa Domínguez, difuntos, otorga su testamento donde declara por bienes 2,000 pesos impuestos en los fondos del Ayuntamiento, con sujeción del ramo de abasto de carnes, con calidad de réditos de 5% anual; 500 pesos que de igual forma reconoce don Nicolás [Manuel] Fernández del Campo, vecino de Puebla; y 500 doña [María] Manuela Mejía, viuda del maestro Robles. Ordena se inviertan 500 pesos a beneficio de dicho Beaterio y 500 se distribuyan en misas y limosnas a su parientas. Manda que los 2,000 queden impuestos a beneficio de sus cuatro sobrinas: María Josefa, María Micaela, María de Jesús y María Francisca González y Guevara, y después de muertas sus sobrinas, ordena que dichos 2,000 pesos se queden a favor de la casa de ejercicios que se trata de fundar en esta Villa, en caso que no se fundase ordena que sus réditos se inviertan en beneficio del Beaterio, de la manera que menciona en esta escritura. Nombra como albaceas a los Presbíteros don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, a don José Mariano González de Castro y a don Francisco de Campo. Nombra como herederas a sus cuatro sobrinas.
El muy Ilustre Ayuntamiento, compuesto por don Ramón María de Villalba, Presidente; don Carlos Díaz y Herrero, Regidor Decano y Alguacil Mayor; don Francisco Sáenz de Santa María, Regidor Llano por Su Majestad; don José Fernández Castañeda, Diputado del Común; y don Eduardo de Alsasua, Síndico Personero, dijeron que por superior orden del Señor Virrey de este Reino, se les ha concedido la facultad de solicitar y tomar a réditos la cantidad de 24 431 pesos, de los cuales 18 000 son para satisfacer a don Juan de Bárcena, de esta vecindad y comercio, y al referido don Francisco Sáenz de Santa María, monto que ambos suplieron para costear la fábrica del Cuartel de Infantería de esta misma villa, y los 6 431 pesos restantes se ocuparán para invertirlos en la construcción de las dos cuadras que ha expresado el Señor Coronel, don Pedro de Alonso, ser indispensables agregar a dicho cuartel para el más cómodo alojamiento de su regimiento de infantería, cantidad impuesta sobre el producto anual que rinde el arbitrio que se recolecta, de un peso en cada tercio de harina de los que se introducen en este suelo para su consumo. Y haciendo uso de dicha facultad otorgada por el Virrey, otorgan poder especial a don Ignacio Antonio de Salamanca, Procurador del Número de la Real Audiencia y Cancillería de México, para que solicite del cofre de la santa iglesia catedral, conventos, cofradías y cualquier persona eclesiástica o secular, la cantidad de 24 431 pesos a censo redimible, a razón de 5% anual, sobre el arbitrio de harinas y sus productos y para seguridad de la deuda hipotecan los arbitrios de dicho ayuntamiento.