Doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, residente en la jurisdicción de la villa de Córdoba, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, doncella, mayor de veinticinco años, hija legítima del Alférez don Juan Hurtado de Mendoza, Regidor Perpetuo de la Nueva ciudad de la Veracruz y Capitán contra cimarrones, y de Inés de Chafalonía, sus padres difuntos, tenedora de bienes, tutora y curadora de las personas [roto] y don José Prudencio Cruzado, hijos legítimos y herederos de don Francisco Cruzado, Provincial que fue de la Santa Hermandad, y de doña Catalina Hurtado de Mendoza, sus hermanos difuntos; otorga poder general a don Juan Hurtado de Mendoza, su hermano, vecino de dicha ciudad, para que representando su persona y como tal tutora y curadora de sus sobrinos pueda nombrar la persona o personas que le pareciere para el avalúo y aprecio que se pretende hacer de la hacienda de ganado mayor nombrada San Juan y de los demás que quedaron por fin y muerte de los citados sus padres, que les toca y pertenecen por su legítima paterna y materna, y hasta que tenga efecto haga todos los pedimentos, requerimientos, autos y demás diligencias que convengan.
Sans titreAVALÚOS
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Doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, residente en la jurisdicción de la villa de Córdoba, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, albacea y tenedora de bienes de don Francisco Cruzado [roto] que fue de la Santa hermandad, Regidor Perpetuo de dicha ciudad y Capitán contra cimarrones, difunto, dijo que por cuanto a los 27 de enero otorgó poder general a Juan Tomás Pérez, vecino de dicha ciudad, y al presente le revoca dicho poder, y de nuevo otorga que da su poder y es necesario a don Francisco Javier Cruzado, su sobrino, uno de los herederos de dicho difunto, para que en su nombre pida, demande y cobre a las personas que adeuden a los bienes de dicho difunto y cualquier cantidad de maravedíes, oro, plata y otras cosas que se le deban. Asimismo, para que en su nombre pueda pedir ante la justicia de la ciudad de la Nueva Veracruz se hagan inventarios, avalúos y aprecios de todos los bienes que quedaron del difunto.
Sans titreDon Francisco Javier Cruzado, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de hacer azúcar nombrada Santa Cruz, uno de los hijos y herederos del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, que lo fue de la Santa Hermandad, Regidor Perpetuo de la Nueva ciudad de la Veracruz, y doña Catalina Hurtado de Mendoza, su madre, difunta, nieto que es del Alférez don Juan Hurtado de Mendoza, Provincial que asimismo fue de la Santa Hermandad, y de doña Inés de Chafalonía, sus abuelos difuntos, otorga poder general a don Juan Hurtado de Mendoza, su tío, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y representando su persona como tal nieto de los citados difuntos, nombre la persona o personas que le parecieren para el avalúo que se pretende hacer de la hacienda de ganado mayor nombrada San Juan y de los demás bienes que quedaron por fin y muerte de sus abuelos que le tocan y pertenecen en representación de su madre Catalina Hurtado de Mendoza.
Sans titreInventario y avalúo de las mejoras que hay en la hacienda Santa Cruz.