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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0088 · Item · 1702/08/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de una hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrada Acatengo y Nuestra señora de la Concepción, en términos del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], que se compone de 2 sitios y 6 caballerías de tierra, con especificación de que en un sitio y 2 caballerías de tierra se haya fundada dicha hacienda; y en el otro sitio y las 4 caballerías el comedero del Monte, que lindan por la parte del sur y del oriente con tierras pertenecientes a los propios de esta villa; y por la del poniente con las de la hacienda de trapiche del Licenciado don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles; y por la del norte con tierras del pueblo de San Francisco Chocamán; cuya hacienda hubo y compró del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, su difunto hermano. Y como dueño que es de dicha hacienda, otorga que la da en arrendamiento a Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, con el dicho comedor, sus pastos, aguajes, entradas y salidas; y la dicha hacienda con sus casas, aperos, esclavos, suertes de caña y demás bienes que se inventariaron y valuaron en esta escritura y que importan la cantidad de 8 544 pesos y 3 reales. Cuyo arrendamiento hace por tiempo de nueve años, a razón de 700 pesos por los seis primeros años y los tres años restantes a 800 pesos; con declaración que además del arrendamiento pagará 300 pesos que están cargados a censo principal sobre dicho trapiche y tierras, y su pago será en la manera que se expresa en el acta.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0065 · Item · 1707/05/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Juana Rodríguez Romano, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Benito Rendón, difunto, su albacea testamentaria y heredera, nombrada por tal en el poder para testar que otorgaron el uno al otro, dijo que por una de las cláusulas de dicho poder para testar el citado su marido ordena y manda que era su voluntad que después de fallecido se impusiera una capellanía de sus bienes y memoria perpetua para que todos los días de fiesta y domingos de cada año se diga la misa de once en la iglesia parroquial de esta villa, que para ello se sacaran de sus bienes 3 000 pesos para imponer a censo redimible de principal en finca segura y con sus réditos se digan las misas. Asimismo, le comunicó el susodicho difunto que era su voluntad que la capellanía fuere de 4 000 pesos, los 3 000 dejaba señalados por dicho poder para testar y los 1 000 pesos que había de aumentar de sus bienes. También dijo que el principal se pretende fundar y cargar sobre dos casas bajas de piedra y madera con valor de 2 305 pesos y 5 reales; también sobre la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Señor Santiago y Señor San Miguel, con todo lo que le pertenece, y una casa de piedra y madera de que es dueño don Miguel Valero Grajeda, por 2 000 pesos que el susodicho quedó debiendo a Benito Rendón. Por lo cual y en virtud de dicha cláusula, otorga que instituye y funda la capellanía con la dote de misas, capellanes propietarios e interinos, patronos y con las cláusulas y condiciones siguientes: Lo primero, dota la capellanía con el principal de 4 000 pesos, que aplica en el valor de 2 000 de las dos casas referidas y los otros 2 000 pesos sobre la hacienda Señor Santiago y Señor San Miguel y la casa de don Miguel Valero Grajeda. Nombra por primer capellán propietario de la capellanía a Juan de Soto Noguera, que será de edad diez años, hijo legítimo del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera y Tomasa Rodríguez Romano, su hermana, difuntos, dicho su sobrino se ha criado en casa de don Luis Martínez de Figueroa; por segundo capellán nombra a José Francisco de Zúñiga [roto], hijo legítimo de Domingo Zúñiga, difunto, y de Inés Valladares; y en tercero a José de Figueroa, hijo legítimo de don Luis Martínez de Figueroa y de Gertrudis de Soto Noguera, su sobrina. Se autonombra como primera patrona de la dicha capellanía y para después de sus días nombra por patrón a José Rodríguez Romano, su hermano, y por fallecimiento a Pedro Rodríguez Romano, asimismo su hermano. Y usando de su facultad nombra por capellán interino de esta capellanía al Bachiller don Manuel de Prado, Presbítero, Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, para que diga las misas y lleve la renta de los 200 pesos que le corresponden, a razón de 22 reales cada una de dichas misas que ha de decir el dicho capellán interino. Por último, dijo que es su voluntad y también fue la de su marido, que su principal dote no se pueda convertir en otra obra pía.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0095 · Item · 1707/07/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, residente en la jurisdicción de la villa de Córdoba, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, doncella, mayor de veinticinco años, hija legítima del Alférez don Juan Hurtado de Mendoza, Regidor Perpetuo de la Nueva ciudad de la Veracruz y Capitán contra cimarrones, y de Inés de Chafalonía, sus padres difuntos, tenedora de bienes, tutora y curadora de las personas [roto] y don José Prudencio Cruzado, hijos legítimos y herederos de don Francisco Cruzado, Provincial que fue de la Santa Hermandad, y de doña Catalina Hurtado de Mendoza, sus hermanos difuntos; otorga poder general a don Juan Hurtado de Mendoza, su hermano, vecino de dicha ciudad, para que representando su persona y como tal tutora y curadora de sus sobrinos pueda nombrar la persona o personas que le pareciere para el avalúo y aprecio que se pretende hacer de la hacienda de ganado mayor nombrada San Juan y de los demás que quedaron por fin y muerte de los citados sus padres, que les toca y pertenecen por su legítima paterna y materna, y hasta que tenga efecto haga todos los pedimentos, requerimientos, autos y demás diligencias que convengan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0096 · Item · 1707/07/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, residente en la jurisdicción de la villa de Córdoba, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, albacea y tenedora de bienes de don Francisco Cruzado [roto] que fue de la Santa hermandad, Regidor Perpetuo de dicha ciudad y Capitán contra cimarrones, difunto, dijo que por cuanto a los 27 de enero otorgó poder general a Juan Tomás Pérez, vecino de dicha ciudad, y al presente le revoca dicho poder, y de nuevo otorga que da su poder y es necesario a don Francisco Javier Cruzado, su sobrino, uno de los herederos de dicho difunto, para que en su nombre pida, demande y cobre a las personas que adeuden a los bienes de dicho difunto y cualquier cantidad de maravedíes, oro, plata y otras cosas que se le deban. Asimismo, para que en su nombre pueda pedir ante la justicia de la ciudad de la Nueva Veracruz se hagan inventarios, avalúos y aprecios de todos los bienes que quedaron del difunto.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0121 · Item · 1707/08/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Javier Cruzado, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de hacer azúcar nombrada Santa Cruz, uno de los hijos y herederos del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, que lo fue de la Santa Hermandad, Regidor Perpetuo de la Nueva ciudad de la Veracruz, y doña Catalina Hurtado de Mendoza, su madre, difunta, nieto que es del Alférez don Juan Hurtado de Mendoza, Provincial que asimismo fue de la Santa Hermandad, y de doña Inés de Chafalonía, sus abuelos difuntos, otorga poder general a don Juan Hurtado de Mendoza, su tío, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y representando su persona como tal nieto de los citados difuntos, nombre la persona o personas que le parecieren para el avalúo que se pretende hacer de la hacienda de ganado mayor nombrada San Juan y de los demás bienes que quedaron por fin y muerte de sus abuelos que le tocan y pertenecen en representación de su madre Catalina Hurtado de Mendoza.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0149 · Item · 1711/12/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, y don Hipólito del Castillo de Altra, vecinos de esta villa de Córdoba, como albaceas testamentarios nombrados por doña Nicolasa del Monge y Mendoza, difunta, mujer que fue de dicho Hipólito, en el testamento que otorgó en esta ciudad de los Ángeles el 29 de julio de 1709; dijeron que por cuanto en una cláusula del testamento de la susodicha ordena la fundación de una capellanía al servicio de Dios Nuestro Señor por el bien y sufragio de las Benditas Ánimas del Purgatorio y por el aumento del divino culto; siendo su voluntad que de los 6 000 pesos que están impuestos sobre el trapiche nombrado Nuestra Señora de la Pura y Limpia Concepción, alias Acatengo, jurisdicción de esta villa, que posee Juan de los Santos Cubillos, 3 000 pesos de ellos se aplicaran para dote y fundación de dicha capellanía; de la cual nombró por capellanes propietarios a sus hijos, nietos y descendientes legítimos, prefiriendo del mayor al menor y al hijo de varón que al de hembra. Por lo cual, otorgan que instituyen y fundan dicha capellanía con la dote, número de misas y capellanes, propietarios e interinos, y con las condiciones siguientes: Nombran como primer capellán propietario a don Hipólito del Castillo de Altra, hijo de doña Nicolasa del Monge y don Hipólito, para que a su título pueda ordenarse; y por su falta nombran al hermano de éste, Juan del Castillo de Altra; y por falta de ambos, a los nietos y descendientes de la difunta y don Hipólito. Nombran por capellán interino al Bachiller don Pedro de Montenegro, vecino de esta villa, Presbítero Domiciliario del obispado de Santiago de Cuba, compadre de don Hipólito y de la difunta. Ordenan que dichos capellanes digan veinte misas rezadas en la parte y lugar en que se encuentren, cada año, aplicándolas por el alma de la difunta y de don Hipólito y de más personas de su intención, en los días siguientes: a Nuestra Señora del Pilar, a Nuestra Señora del Rosario, a Nuestra Señora de la Defensa, a San Nicolás Obispo, a San Diego de Alcalá, a San Antonio de Padua, a Nuestro Padre San Francisco, a San Miguel, a Señor San José, al Santo Ángel Custodio, los Cinco Señores, San Francisco Javier, Nuestra Señora del Carmen, Nuestra Señora de la Caridad, Nuestra Señora de la Merced, San Pedro Nolasco, San Ramón, San Vicente Ferrer, San Judas Tadeo, el Señor San Dimas y Santa Gertrudis. Por otro lado, Juan de los Santos Cubillos se obliga a pagar 150 pesos de réditos cada año.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0137 · Item · 14/05/1715
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Capitán Juan de Malpica, marido de doña Catalina de Borboa, y el Bachiller Tomás de Malpica, hijo y heredero de la mencionada Catalina, y Fernando Bazán de Otero, con poder de Ángela de Malpica, entre otros herederos, dijeron que por fallecimiento de doña Catalina de Borboa tienen hecho inventarios y avalúos de los bienes que dejó el Capitán Juan de Malpica; y el Bachiller Tomás de Malpica, Fernando Bazán de Otero y el Capitán Antonio Fernández, en nombre de sus mujeres, tienen aceptada la herencia materna y habiendo hecho partición de todo, otorgan que han recibido del Capitán Juan de Malpica 3, 546 pesos de oro común cada uno, por lo que ahora otorgan escritura de recibo. Asimismo Juan de Malpica declara que la hacienda de San Antonio Ateguetla esta afecta a la capellanía de 3, 000 pesos de principal que goza el Bachiller Tomás de Malpica y para que le quede libre de la afección se obliga a quitársela ante el señor juez de capellanías por lo que a él le toca la da por libre.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0028-PX_0028_0024 · Item · 12/04/1747
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Ignacio de Zárate y doña María Nicasia Meléndez, marido y mujer, españoles y vecinos de este pueblo, otorgan poder general a Blas González de Zayas, para que en sus nombres parezca ante los jueces eclesiásticos que de derecho deba y presente el avalúo de unas casas que tienen en este pueblo, deslindadas en esta escritura, libres de hipoteca mismas que compró a Ignacio de Zárate, en subasta pública, y pida y suplique se le manden dar los 400 pesos a censo redimible.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0035-PX_0035_0034 · Item · 26/10/1758
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro de Parraga Robledano, vecino del pueblo de Jalapa, como Mayordomo de la Cofradía de las Benditas Ánimas, vende a don Mariano de Acosta, de esta vecindad, una casa de paredes de cal, canto y en partes de piedra, techada de maderas y tejas, misma que heredó la mencionada cofradía de Juan Bernardino Rangel y María de Armenta, ubicada en este pueblo, con su sitio de 26 varas de frente, linda al oriente con un callejón y casas de su propiedad, al norte con casa de José de Ochoa, al sur con casas de José Manuel de Acosta y al poniente con la Calle del Ganado y casas de Juan Montero. La vende en 607 pesos reconociéndolos a censo redimible.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0057-PX_0057_0198 · Item · 03/08/1792
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Domingo Franchesqui[Franco] y don Juan Bautista Guido, vecinos de esta Villa de Xalapa, en virtud del poder para testar que les confirió don Lorenzo Ycardo, otorgan su testamento en donde declaran que falleció el 16 de agosto de 1791; mandaron valuar los bienes del difunto y los vendieron en 767 pesos 2 reales, de los que pagaron 452 pesos 6 ½ reales de gastos y deudas del difunto, y resultaron a favor de la testamentaria 314 pesos 3 ½ reales, tienen pagados los alquileres del mesón y casa de la fonda, del remanente pagaron 314 pesos 3 ½ reales de herencia a las Almas Benditas y por ellas al Mayordomo Juan Gómez de Estrada.