AUTOS

Elements area

Taxonomy

Code

Scope note(s)

    Source note(s)

      Display note(s)

        Hierarchical terms

        AUTOS

          Equivalent terms

          AUTOS

            Associated terms

            AUTOS

              134 Archival description results for AUTOS

              134 results directly related Exclude narrower terms
              1675, Expediente 4
              MX UV.USBIX ANO-E-00136 · File · 29/07/1675
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Autos criminales que sigue María de Santiago, india natural del barrio de Zopiloapan, en el Ingenio del Conde del Valle, contra Diego de Ávila Barrientos, dueño de la hacienda del valle de Quechula, Gaspar de Rojas, indio, Luis López, indio y Pascual Suárez, indio; por haber muerto a Cristóbal Juárez, su marido, y haberla herido a ella.

              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0067 · Item · 1702/07/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino que fue de esta villa, acepta el nombramiento de tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos Miguel y Rafael, menores de edad, y jura usar fielmente el cargo de tutora y curadora de sus menores hijos, sin fraude ni colación alguna; y que gobernará sus personas y bienes, los administrará y cuidará con toda vigilancia; y seguirá sus pleitos, causas y negocios que tuvieran y se les ofrezca. Y si por culpa, omisión o malicia algún daño se siguiere y recreciere a dichos menores, se obliga a pagarlo. Y visto el juramento y obligación por el Señor Alcalde Ordinario, don Miguel Valero Grajeda, le discernió dicho cargo de tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos y otorgó poder para regir y gobernar las personas, y para administrar y arrendar los bienes de dichos sus hijos.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0061 · Item · 1703/04/27
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Gaspar Rendón, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, en nombre de doña María Jiménez, vecina de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, viuda de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, en virtud del poder que ésta le otorgó a don Manuel Romero, residente en esta villa, para la celebración de la venta de una casa en esta villa, que quedó por bienes de su difunto marido, cuyo poder don Manuel Romero sustituyó en el otorgante. Y en conformidad con dicha sustitución de poder, otorga que vende a Juan Vázquez, vecino de esta villa, una casa de cal y canto, cubierta de teja que se compone de una sala, un cuarto en esquina y otro cuarto inmediato con un corredor de la parte del patio y el solar que se compone de 50 varas en cuadrado cercado, en la calle Real que sale de la plaza Pública para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], que linda por una parte con solar de los herederos de don Diego Dávila Barrientos, difunto, calle en medio; por otro lado, con solar de Juan de Monteagudo; por otro con solar de Manuel Cáceres y por la parte del oriente calle en medio con solar de los herederos de Juan de Espinosa. La vende en precio de 1 400 pesos de oro común en reales, cuya cantidad y sus réditos, Juan Vázquez y Teresa de Cala, su legítima mujer, se obligan a pagar a doña María Jiménez, con especial hipoteca de dicha casa y otra casa que tienen en esta villa, la cual está gravada a 500 pesos a favor de la cofradía de las Benditas Almas del Purgatorio, sita en la santa iglesia parroquial de esta villa.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0083 · Item · bis.
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de Meza de Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a Capitán don Francisco de Uribe la Rea, vecino de la ciudad de México, Agente de Negocios en ella, para que en su nombre lo pueda obligar a favor de Gaspar Raymundo Padilla Guardiola y Guzmán, Caballero de la Orden de Calatrava, vecino de dicha ciudad, en cantidad de 1 000 pesos que le debe el Capitán don José de Nava Vallesteros, Alcalde Mayor de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], quien se ha de obligar como principal y don Francisco de Meza de Mendoza como su fiador.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0159 · Item · 1703/11/15
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Gómez Cataño, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que habrá trece días que murió Fernando de Betancourt y que por hallarse enfermo en un rancho fuera de esta villa y por su acelerada muerte, sólo otorgó ante testigos una memoria como testamento, con asistencia del Bachiller don Juan Medrano y Avendaño, persona que le administró los sacramentos, en cuya memoria lo nombra como su albacea, junto con Isabel de Arévalo, su mujer, a quien nombró como su heredera. Por lo tanto, solicita a Antonio Sebastián Pérez Padrón, Alcalde Ordinario de esta villa, que presentada dicha memoria, se sirva mandar que los testigos de dicha memoria declaren si la otorgó por su última voluntad estando en su entero juicio, y hecho, la declare por testamento nuncupativo, para así poder pasar al avalúo y aprecio de sus bienes por la persona o personas que su merced fuere servido.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0043 · Item · 1699/05/15
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, vecina de la villa de Córdoba, mujer legítima del Regidor y Depositario General don Baltazar González de Velilla Blanco, dijo que cuando contrajo matrimonio, su marido recibió 4 000 pesos en reales que su tío, el Capitán Nicolás Blanco, le dio en forma de dote, más 400 pesos que su mismo tío dio para que con dicha cantidad le comprara una esclava para su servicio. Dijo también, que su marido compró el trapiche del Canónigo don Diego Peláez [Sánchez] y que pagó parte de su precio con los 4 400 pesos. También declaró que hace trece años su marido compró en Orizaba veinte esclavos y esclavas, y que le adjudicó una de ellas por la que le había pagado su tío; dicha esclava es de nación Chava, de nombre Teresa, a quien doctrinó en las cosas necesarias, lo que consta en un instrumento que está en el archivo público de esta villa. Como también constan los bienes que eran de sus padres y que llevó al matrimonio, y declaración que hizo de ellos su marido. Asimismo, consta que se opuso al embargo que el canónigo hizo sobre el trapiche y que con los demás autos se quemaron en el incendio del Real Palacio. Y porque tiene noticia de que dicho canónigo lleva a cabo una nueva ejecución en el trapiche, por la presente se opone por los 4 000 pesos y por la esclava negra y sus hijos nacidos desde que es suya, para que de ninguna suerte se trabe ejecución en ellos [roto]. Asimismo, se opone [roto] por la cantidad de 1 091 pesos 4 reales [que pertenecen] a sus hijas por habérselos donado Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, y su esposa doña Juana de Gatica y Aguilar, sus primos. Finalmente, suplica al alcalde admita su oposición sin privarle del servicio de su esclava y sus hijos por ser así justicia, como por hallarse sumamente enferma y con cuatro hijas. También, solicita al alcalde ordene a sus primos reconozcan la declaración de donación.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0096 · Item · 1694/12/31
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Real Miguel García Valero de Gragera [Grajeda], que lo es de Su Majestad de esta villa de Córdoba, dueño de cuadrilla de diez carros que posee herrados, dijo que por orden del Excelentísimo Señor Conde de Gálvez, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, se trajeron al pregón en esta villa, los sillares de cantería de la Peñuela para el recalce del muelle. Por lo que el día 3 de agosto próximo pasado, hizo posturas a dichas piedras labradas para conducirlas en dichos sus carros por cuenta de Su Majestad a la Nueva ciudad de la Veracruz, en cuya postura, quedó ajustado y concertado con el General Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de esta villa. Por lo cual, se obliga a conducir en sus carros los 355 sillares a 7 pesos y medio cada uno, en tiempo de dos secas, siendo de la medida acostumbrada, y dándosele por adelantados 1 400 pesos que devengará en los viajes que hiciesen dichos sus carros, en la forma que se ha acostumbrado en otras ocasiones, pagándosele en la ciudad de la Nueva Veracruz la mitad de lo que importare cada viaje y dando la otra mitad a cuenta de dicho suplemento, según y de la manera que consta en la postura, procurando hacer todos los viajes posibles en cada una de dichas secas sin poner embarazo ni pretexto alguno.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0009 · Item · 1695/08/06
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Francisco de Varrios [Barrios], vecino de esta villa de Córdoba, albacea y tenedor de bienes de doña Ysabel [Isabel] Rodríguez, difunta, su mujer, padre y administrador de las personas y bienes de Nicolás, Gertrudis, María, Joseph [José] y Marina; con asistencia de don Juan de Figueroa, curador ad litem nombrado por don Alonso López de Sagade Bugueyro [Bugueiro], Alcalde Ordinario; igualmente con presencia de Nicolás y Gertrudis de Barrios, menores de veinticinco y mayores de catorce por estar en la pubertad, con asistencia del referido Juan de Figueroa; dijeron que por cuanto, la difunta Ysabel [Isabel] Rodríguez en una de las cláusulas de su testamento declaró por bienes un trapiche nombrado Nuestra Señora del Rosario, de hacer azúcar en la jurisdicción de esta villa, el cual fundó el otorgante, después de haber contraído matrimonio, en 3 caballerías y media de tierra que hubo y compró de Juan Rodríguez Durán, con el cargo y gravamen de 32 [roto] de oro común de réditos anuales [roto] a razón de 647 pesos y 4 tomines de principal de censo redimible. Dichas tierras por la parte del oriente lindan con las del Regidor Joseph [José] de Leiva; por el poniente con las de Nicolás Rodríguez; en ellas tiene fabricadas casas de vivienda de purga, trapiche y lo necesario para él, también tiene sembradas unas suertes de caña. Y respecto a que por falta de avíos y mirando que no se deterioren sus bienes y los que pertenecen a dicho sus hijos, y que el caudal e importancia de dicho trapiche se puede poner en otra finca y trato donde tenga más permanencia y no carezcan nunca los referidos de sus alimentos, hizo trato de venderlo a Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, para cuyo efecto pareció ante el Capitán don Alonso López de Sagade [de Bugueiro] y presentó petición, la cual fue aprobada. En cuya conformidad el otorgante, los dicho Nicolás y Gertrudis, con asistencia de Juan de Figueroa, y en nombre de María, Joseph [José] y Marina de Barrios, otorgan que vende a Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, las 3 caballerías y media de tierra, en precio de [647] pesos y 4 reales de principal de censo que ha de reconocer a favor de quien fuere parte legitima de Juan Rodríguez Durán, a quien tiene que pagar 32 pesos y 3 tomines anuales de sus réditos.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0047 · Item · 1695/10/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de los Santos Cubillos, pidió al presente escribano le protocolice la petición y auto en el que su señoría, el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa le hizo merced de los dos solares que expresa, para cuyo efecto exhibió en original y queda en este registro, para que de él se den los traslados que pidiere.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0015-PC_0015_0012 · Item · 1679/05/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Cid de Lara, como albacea testamentario de Juan Cid y María de Jesús, sus padres; Josepha [Josefa] Cid de Lara, mujer de Domingo de Brito [Lomelín]; Catalina de Rivera, viuda de Francisco de Villalba; María de Jesús, mujer de Francisco González; y Jacinto Pérez Padrón, como curador ad litem de Ana y Sebastiana, hijas de Juana [María] Cid y Francisco Camacho; todos vecinos de esta villa, hacen partición de bienes como hijos y herederos de dichos Juan Cid y María de Jesús, quienes dejaron por bienes 2 suertes de tierra en esta jurisdicción, dos solares en esta villa y otros pocos muebles. En cuya división convinieron lo siguiente: Que cada una de las susodichas están satisfechas con los 63 pesos que recibieron cuando contrajeron matrimonio, correspondientes a sus legítimas paterna y materna. Que a Diego Cid le quedan aplicada las 2 suertes de tierra, por sus legítimas y mejora que hizo de tercio y quinto, [roto] [en] 100 pesos los dos solares, y por otras cantidades los demás bienes que dejaron sus padres. El dicho Diego Cid se obliga a pagar a las menores Ana y Sebastiana, los 18 pesos que se les debe a cumplimiento de los 63 pesos que le correspondían a Juana [María] Cid, cuyo pago hará en el momento que la justicia se lo pida, sin ser obligado a pagar los réditos por tener a las susodichas en su casa y bajo su sustento, asimismo, dona medio solar a su hermana María de Jesús [Cid], por el amor que le tiene y por ser pobre y no tener donde hacer su casa.

              Untitled