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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0106 · Pièce · 1825/07/22
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Juan Manuel del Valle y Vieyra, de esta vecindad, como albacea de su difunta madre doña María Josefa de Vieyra y Álvarez, quien a su vez lo fue de su consorte don Manuel Antonio del Valle, padre del otorgante, dijo que por fallecimiento de don José Ignacio de Uriarte, que fue del comercio de la Nueva España, y por el concurso formado por acreedores a sus bienes, se le remató a su citado padre la hacienda nombrada Nuestra Señora de Aránzazu, alías el Encero [Lencero], ubicada en esta jurisdicción de esta villa, su fecha en 3 de agosto de 1808, en la que estaban impuestos 30 000 pesos a premio de 5 por ciento pertenecientes al convento de religiosas de la Purísima Concepción de la Puebla de los Ángeles, los cuales, continuó reconociendo sobre la misma finca por escritura pública realizada en la ciudad de la Puebla, el 5 de diciembre de 1808, con condición expresa de redimir todo en el término de 5 años. Muerto su padre, sin haber realizado ningún pago, doña María Josefa de Vieyra solicitó prórroga de otros cinco años, la cual le fue concedida con la condición de garantizar la deuda con hipoteca especial de la hacienda del Encero [Lencero] y una casa baja y alta ubicada en la calle de la Caleta de Veracruz, de la que otorgó la escritura correspondiente, en la misma ciudad de la Puebla a 30 de septiembre de 1814. Y habiéndose cumplido el tiempo de la prorroga sin haberse efectuado la redención ni pagado la mayor parte de los réditos del año de 1821; en 1822 se entabló demanda por parte del convento acreedor en la ciudad de Veracruz, celebrándose remate de ambas fincas, fincándose la casa a don Francisco de Lizardi, como apoderado de su padre político don José Javier de Olazábal, por cantidad de 25 000 pesos pagaderos en la capital de México. En cuyo remate el otorgante consiguió que el comprador continué reconociendo la imposición de las capellanías que están impuestas sobre la misma casa, por el tiempo de un año a partir de esta fecha, mientras se aclaran las noticias y circunstancias que guardan las escrituras de sus fundaciones. En cuya virtud y restando solo el otorgamiento de la escritura, por la presente otorga que vende, cede y traspasa en favor de don José Javier de Olazábal, una casa de paredes de cal y piedra, alta y baja, cubierta de madera, ladrillo y azotea, ubicada en la calle que nombran de la Caleta en la Nueva Veracruz, con su frente al poniente que se compone de 25 y media varas, calle en medio, y del otro lado casa alta de los herederos de don Alberto Herrero y 19 de fondo hacia el oriente, con más un pedazo; por el costado del norte linda con casa perteneciente a una obra pía que fundó don Diego Ortiz de Lagarchi; y por el del sur con el de otra que pertenece a don Martín de Olasagasti. Cuya deslindada finca, es la misma, que hubo por entrega y traspaso que le hizo su abuelo, don Juan de Vieyra y Sousa, a cuenta de lo que a su esposa, hija de aquel, pudiera pertenecerle de sus bienes, según escritura que de ello otorgó en la ciudad de Veracruz a 19 de mayo de 1795, dicha casa afecta en aquel tiempo a 2 500 pesos en favor del colegio de niñas de Nuestra Señora de Guadalupe de la Puebla de los Ángeles, que ya están redimidos, estando actualmente afecta con tres capellanías que se puntualizan en él acta. La vende por la cantidad de 25 000 pesos, de los cuales, 17 000 pesos que reconocerá por un año con el correspondiente interés y los 8 000 pesos restantes que entregará en una libranza en la ciudad de México, al cargo del apoderado por parte del convento de religiosas de la Concepción de la Puebla, el licenciado don Rafael Argüelles. Por último, el comprador declaró que hizo esta adquisición con la finalidad de obsequiársela a su esposa doña María Nicolasa Migoni, a quién tendrá por señora y dueña de dicha casa.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0184 · Pièce · 1825/11/18
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Concepción Bonilla, doña María Agustina Bonilla y don José María Bonilla y Flores, de esta vecindad, de estado honestas las primeras, mayores de veinticinco años; y el presbítero don Juan Manuel del Valle y Vieyra, curador ad bona de doña María Guadalupe, doña María Dolores y don Juan Manuel Bonilla, menores de veinticinco años y mayores de catorce años, todos hijos del finado coronel de Ejército don Juan Manuel Bonilla; otorgan que han recibido de doña María Salomé Pérez Mora, de esta vecindad, viuda de don Manuel Allén, y por mano de su apoderado general don Dionisio Camacho, la cantidad de 2 000 pesos de principal más sus intereses devengados hasta esta fecha. Cuyo principal es el mismo que dicho don Juan Manuel Bonilla, difunto, suministró a doña Rafaela Josefa Salvo, quién otorgo a su favor escritura de depósito, obligación y reconocimiento en esta villa el 4 de mayo de 1802, con hipoteca de dos casas, una en la calle de Belén, la que después vendió a Allén reportando solo este gravamen. Y estando pagado principal y premios, los otorgantes declaran a la testamentaria y bienes de Allén por exonerados de tal obligación y por libre su casa de tal afección, consintiendo que así se anote y tilde en la escritura primaria, como en la de venta hecha al referido Allén. Por tanto, otorgan la presente cancelación.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0004 · Pièce · 1824/01/24
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Manuel Cruz y Bremont, de esta vecindad, otorga que recibe en 120 fojas los autos ejecutivos que en su contra promovió don Pedro José del Valle y Vieyra, en representación de su madre. Los cuales recibe del presente escribano para su conducción a la Excelentísima Audiencia de la ciudad de México, donde debe mejorar su acuerdo de apelación. Y dándose por satisfecho otorga recibo en forma, además se responsabiliza de su entrega en dicha audiencia y se obliga a dar el correspondiente documento que lo acredite.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0031 · Pièce · 1837/03/30
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Fernández y Agudo y don Bernardo Sayago, de esta vecindad, dijeron que el gobierno nombró por alcaide de la Aduana Marítima de Veracruz a don José Ignacio Bravo, quien debe caucionar su responsabilidad con dos fiadores por cantidad de 2 000 pesos cada uno. Motivo por el cual, los otorgantes señalan que se constituyen fiadores y principales pagadores, por la responsabilidad que pueda resultar al nominado don José Ignacio Bravo, en el puesto de Alcaide.

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              1622, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-0049 · Dossier · 09/05/1622
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Autos sobre una petición hecha por fray Gabriel Bermejo, Ministro Provincial de la Orden del Beato Juan de Dios, orden encargada del hospital y convento de dicho beato ubicado en el pueblo de Orizaba, a las justicias de su majestad para que el gobernador, alcaldes y regidores del dicho pueblo, paguen 154 pesos en reales y 68 fanegas de maíz que como tributo, los indios del pueblo de Orizaba tienen obligación de pagar al Hospital, a quienes muchas veces se les ha pedido pagar y no lo han hecho, padeciendo el hospital muchas necesidades, por tal razón, solicita que en caso de no pagar, los apremie con prisión.

              1629, Expediente 2
              MX UV.USBIX ANO-E-0066 · Dossier · 10/07/1629
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Autos para que Juan Hernández, vecino de este pueblo, depositario y fiador de Cristóbal Gutiérrez de Huesca, de la misma vecindad, entregue 15 cargas de harina de trigo, a Juan de Viruega, apoderado de Alonso García, tratante, vecino de la ciudad de Tepeaca.

              1652, Expediente 4
              MX UV.USBIX ANO-E-00100 · Dossier · 19/02/1652
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Autos, inventario y almoneda de los bienes que quedaron por fin y muerte de Nicolás Álvarez, dueño de recua, vecino que fue de este pueblo de Orizaba, “hijo legítimo de Diego Álvarez y de Prado, sus padres difuntos”, a solicitud de su albacea Diego González de Vergara, vecino de este pueblo.

              1653, Expediente 4
              MX UV.USBIX ANO-E-00105 · Dossier · 11/08/1653
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Autos, inventario, tutela, división y partición de bienes de Jorge Desa, vecino del pueblo de Orizaba. Se cita a Felipa de Soto, María de Soto, Antonio de Soto, sus hijos y a Úrsula de Santa Cruz Polanco, su esposa, como sus herederos. Se cita asimismo a Antonio Ramón Guzmán y Pedro de Heredia como valuadores y tasadores de los bienes.\n

              1675, Expediente 4
              MX UV.USBIX ANO-E-00136 · Dossier · 29/07/1675
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Autos criminales que sigue María de Santiago, india natural del barrio de Zopiloapan, en el Ingenio del Conde del Valle, contra Diego de Ávila Barrientos, dueño de la hacienda del valle de Quechula, Gaspar de Rojas, indio, Luis López, indio y Pascual Suárez, indio; por haber muerto a Cristóbal Juárez, su marido, y haberla herido a ella.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0067 · Pièce · 1702/07/05
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino que fue de esta villa, acepta el nombramiento de tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos Miguel y Rafael, menores de edad, y jura usar fielmente el cargo de tutora y curadora de sus menores hijos, sin fraude ni colación alguna; y que gobernará sus personas y bienes, los administrará y cuidará con toda vigilancia; y seguirá sus pleitos, causas y negocios que tuvieran y se les ofrezca. Y si por culpa, omisión o malicia algún daño se siguiere y recreciere a dichos menores, se obliga a pagarlo. Y visto el juramento y obligación por el Señor Alcalde Ordinario, don Miguel Valero Grajeda, le discernió dicho cargo de tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos y otorgó poder para regir y gobernar las personas, y para administrar y arrendar los bienes de dichos sus hijos.

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