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              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0006 · Pièce · 1700/03/22
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Andrea Pérez, vecina de esta villa de Córdoba, hija legítima de Juan Pérez y de María Cid, difuntos, dijo ser mujer legítima de Nicolás Rosel, ausente desde hace dieciocho años, cuya ausencia aunada a su pobreza y pública necesidades que padece con sus hijas, y hallándose con un solar en esta villa, sin poder construir, solicitó licencia para vender y con su procedido remediar sus necesidades. Para lo cual, presentó escrito ante el Capitán don José Gómez Dávila, Alcalde Ordinario de esta villa, con información de la usencia de dicho su marido, su pobreza y utilidad de la venta que pretendía hacer, habiéndole éste concedido licencia para su venta. Y usando dicha licencia, por la presente otorga que vende a Francisco de la Cruz, vecino de esta villa, un cuarterón de solar que es la mitad del medio solar que contiene la relación del escrito que presentó. Dicho solar se compone de 12 varas y media de frente y 25 de fondo. Lo vende en precio de 50 pesos de oro común en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0043 · Pièce · 1697/05/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de Mitre, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que al presente posee un solar en esta villa, en la calle Real que sale de ella para el pueblo de Orizaba, cuya esquina hace frente por la parte del sur con la esquina del solar y casa de Diego Pérez; por la del norte con casa y solar de Juan de Monteagudo; y por el poniente con solar de Nicolás del Castillo. Dicho solar lo recibió por merced de los señores Justicia y Regimiento de esta villa; y respecto a no habérsele dado el título por haber fallecido Domingo Antonio, Escribano, presentó escrito ante los señores Justicia y Regimiento para que le dieran título, el cual se le proveyó el 23 de marzo de 1697. En cuya conformidad, otorga que vende a Juan Joseph [José] Coronado, vecino de esta villa, medio solar, de la parte que hace esquina con la de Diego Pérez, compuesto de 25 varas de frente y 50 de fondo. Lo vende en precio de 40 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0045 · Pièce · 1697/05/15
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa de Córdoba, albacea y tenedor de bienes de doña Ana González de Belilla Blanco, su mujer, dijo que por cuanto entre los bienes de dicha difunta dejó un solar en el que se hallan unos paredones de piedra y cal que con el temblor que acaeció el día 23 de agosto de 1696 quedaron arruinados, y sin servir más que para desbaratarlos, el cual está ubicado en la calle que va para el pueblo de San Juan, que linda por el poniente con dicha calle, y por el oriente con solar que fue del Capitán José Blanco; y por el norte con el solar que fue de Domingo Hernández. El solar lo obtuvo dicha difunta en parte de la dote que se le dio al tiempo que había contraído matrimonio con don Antonio Sentís [de Ojeda], difunto. Igualmente, al tiempo que la susodicha contrajo matrimonio con el otorgante trajo entre su dote dicho solar y paredones, que por su fallecimiento parecen inventariados y valuados. Y respecto a que el otorgante se halla con necesidad de reparar algunos daños que amenazan los demás bienes pertenecientes a don Lope Antonio de Yribas [Iribas], su hijo y también de dicha difunta, para que no lleguen al deterioro, sino que vallan en aumento, ha tratado de vender dicho solar a la parte del convento del Señor San Antonio de esta villa, con el cual hace frente, para que le sirva de plazuela al cementerio de la iglesia que están fabricando. Para cuyo efecto y que se le conceda sentencia y pueda celebrar dicha venta, en atención a ser menor de edad el dicho don Lope Antonio de Yribas [Iribas], presentó petición ante el Capitán don Carlos Samaniego [y] Pacheco, Alcalde Mayor por Su Majestad de esta villa y partido de San Antonio Huatusco, a quien le hizo relación de todo lo referido, y con vista de los inventarios de los bienes de dicha doña Ana González mandó dar traslado a Antonio de Villavicencio, curador ad litem de dicho menor Lope Antonio de Yribas [Iribas] y de doña Antonia [de] Sentís, hija de doña Ana González y del dicho Antonio Sentís [de Ojeda], que al presente se halla Religiosa profesa en el convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, con el nombre de Antonia de San Nicolás, quien al tiempo de su profesión en el testamento que otorgó en 1695 dejó y nombró por su heredero a dicho Lope Antonio de Yribas [Iribas]. Y notificado dicho curador, reconociendo ser justo lo solicitado, consintió en que se concediese la licencia con tal de hallarse presente como lo está en el presente otorgamiento. Y con vista de dicha respuesta se proveyó auto de aprobación, en cuya conformidad y de dicha licencia, usando en presencia y con asistencia de dicho Antonio de Villavicencio, otorga que vende a dicho convento, el solar con sus paredones, libre de censo e hipoteca, por precio y cuantía de 500 pesos, los cuales ha recibido de doña Gertrudis de Gatica, viuda del Capitán Francisco de Solís.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0053 · Pièce · 1701/08/05
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, dijo que compró de Juan de Alfaro en virtud de poder de doña Josefa de Atienza Palacios, viuda del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, un sitio de ganado mayor nombrado el Novillero, en esta jurisdicción, en cantidad de 1 500 pesos, los 300 pesos que dio de contado y el resto de 1 200 se obligó a pagar en tiempo de cuatro años. Asimismo, dijo que al presente se están celebrando autos y diligencias para la cobranza de los 1 200 por don Anastasio Rendón Palomino, Juez Comisionario, de orden del Licenciado don Francisco Saraza, del Consejo de su Majestad, su Alcalde del Crimen, Juez Superintendente y Administrador General de la Real Fábrica de Naipes de este reino, debido a que la cantidad le pertenece a Pedro Ignacio de Andrade, vecino de la ciudad de los Ángeles, por una escritura de cesión que a su favor le hizo el Alférez don Pedro de Trujillo. Igualmente, dijo que, el cobro de los 1 200 pesos los hace el juez comisionario, debido a que Pedro de Andrade tiene deudas con su Majestad, por lo que para cubrirlas también otorgó escritura de cesión y traspaso de la dicha cobranza a favor de su Majestad. Por tanto, en razón de dichos autos, al presente otorgante le fue reconocido y mandado que se obligara a pagar los 1 200 a su Majestad, por cuya razón y para dar cumplimiento con dichas diligencias, otorga que se obliga de dar y pagar a favor de su Majestad y en su real nombre al citado Francisco Saraza, los 900 pesos de resto de lo procedido del valor de la venta del sitio de ganado nombrado el Novillero, y los 300 pesos los paga de contado al citado don Anastasio Rendón Palomino.

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