ATEMPA, PROVINCIA DE

Elements area

Taxonomy

Code

Scope note(s)

    Source note(s)

      Display note(s)

        Hierarchical terms

        ATEMPA, PROVINCIA DE

          Equivalent terms

          ATEMPA, PROVINCIA DE

            Associated terms

            ATEMPA, PROVINCIA DE

              2 Archival description results for ATEMPA, PROVINCIA DE

              2 results directly related Exclude narrower terms
              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0111 · Item · 31/01/1715
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              José Robledano de Cardeña y el Capitán Bartolomé de Castro, vecinos del pueblo de Jalapa, como principales y llanos pagadores, y el Capitán Nicolás Gutiérrez de Velasco, vecino y labrador en la provincia de San Juan de los Llanos, Juez Recaudador de las Reales Alcabalas de la provincia de San Juan de los Llanos, Jalapa, Jalacingo, Papantla, Teziutlán, Atempa y Tetela, para el descargo y administración del Capitán Nicolás de cobrar y recaudar de sus vecinos moradores, traspasa y da en arrendamiento tales alcabalas, y se obligan, ceden, renuncian, traspasan y da en arrendamiento por 4 años que le faltan de los 9 las que pertenecen a la provincia de Jalapa.

              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0110 · Item · 31/01/1715
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Capitán Nicolás Gutiérrez de Velasco, vecino y labrador en la provincia de San Juan de los Llanos, residente en Jalapa, dijo que el juez recaudador y administrador de las Reales Alcabalas de las provincias de San Juan de los Llanos, Papantla, Jalapa, Jalacingo, Teziutlán, Atempa y Tetela, en virtud del remate que se le celebró en la Real Almoneda de la Ciudad de México, se obligó a pagar en reales por 9 años cumplidos, y en atención a las condiciones de recaudación y administración ha ajustado traspasar los que corresponden a la provincia de Jalapa a José Robledano de Cardeña y al Capitán Bartolomé de Castro, por los 4 años que le faltan para el cumplimiento de los 9, pagando 625 pesos de renta en cada uno, y así pueda pedir, recibir, cobrar judicial o extrajudicialmente de todos los contribuyentes la alcabala.