José Antonio Yáñez, de oficio arriero, natural de este pueblo, vecino de San Agustín Tlaxco, hijo natural de don Javier Yáñez de Vera, casado con Bárbara de Huerta, otorga su testamento; nombra como albaceas a su suegro don José de Huerta y a su citada mujer, y como herederos a sus hijos Bárbara y José.
ARRIEROS
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Don Alonso de Alba, vecino del pueblo de Jalapa y dueño de recua, otorga poder especial a Marcos de Jesús, arriero, pardo libre y vecino de este pueblo, para que administre sus recuas.
Juan Rodríguez, dueño de la Venta de La Banderilla, se obligó a pagar a Juan Rodríguez, zapatero, vecino de Jalapa, 250 pesos de oro común, por razón del traspaso que le hizo del derecho que tenía en la compañía celebrada con Juan Martín, arriero, sobre 15 mulas aparejadas y cuatro mozos que debían 101 pesos de oro común; los cuales le dará para el día de San Francisco próximo del presente año, todos juntos en una paga.
Francisco de Pro, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Mateo Castro Bocanegra, Teniente de Alcalde Mayor de esta provincia, 80 pesos de oro común, para fin de septiembre del presente año; los cuales salió a pagar por Esteban Pascual, mulato libre, criollo de Oaxaca, que los debía a Don Alonso de Quiroz, arriero, vecino de Jalapa, y se los ha de servir a razón de cuatro pesos mensuales.
Lucas Pérez, de color loro, libre, natural de la ciudad de Santiago de Guatemala, residente en este pueblo, arriero, se obligó a pagar a Pedro [Miguel] Moreno, vecino de la ciudad de Los Angeles, dueño de recua, 85 pesos de oro común por otros tantos que le prestó en reales, los cuales le desquitará sirviéndole en su recua como cargador, a razón de 10 pesos mensuales.
Don Feliciano José Mirón, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, actual regidor del Ayuntamiento Constitucional de esta villa, como albacea dativo del finado don Santiago Lavin, vecino y del comercio que fue de esta villa, otorga poder especial a don Manuel Garrido González, vecino y del comercio de la capital de la Federación, para que en su nombre y representación, recaude y se apodere de los efectos, géneros y existencias de la pertenencia de aquel, que haya en la capital en poder de cualquier personas, o ya sea en poder de algún arriero o dueño de mulas que conducía otras, haciendo todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan.
Sem títuloDon José Antonio de Bárcena, de este comercio y vecindad, otorga poder especial a don Martín Sánchez y Serrano, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre comparezca en el Tribunal de Alzadas del Consulado de la Ciudad de Veracruz, donde conteste y lo defienda en el juicio o artículo de apelación que ha interpuesto la parte de don Pedro del Paso y Troncoso, de la sentencia pronunciada en esta Diputación Consular en la demanda que aquel entabló en contra del otorgante sobre la propiedad de cuatro tercios de ropa que el arriero Domingo Espejel sacó de su pertenencia y dejó en depósito al otorgante hasta reintegrarle la cantidad de pesos que le adeudaba.
Juan Cano, vecino de la ciudad de Tepeaca, vende a Juan Fernández, vecino de [Tlalixcoyan], un esclavo arriero, llamado Antón, de tierra Biohó, que compró de Juan José Buitrón, el cual será de edad de 25 años, por precio y contía [sic] de 500 pesos de oro común.\n
Juan Carlos, arriero vecino del pueblo de Ixhuatlán, otorga poder a Domingo Sánchez para que cobre de Bartolomé Martín, mayordomo de las haciendas de Gaspar de Rivadeneira, 24 pesos de oro común que le debe de flete de ocho mulas en que fueron unos esclavos negros, desde la ciudad de la Veracruz a la estancia del dicho Gaspar.\n
Francisco Vivas, arriero, manifestó llevar tres indios en la recua que dirige hacia la Nueva Veracruz, los cuales se nombran Domingo, Jacinto, Andrés y Cristóbal, asimismo el Corregidor le notificó que a los indios debe dársele buen tratamiento, no servirse de ellos contra su voluntad y pagarles por su trabajo como está mandado por auto de la Real Audiencia, dando razón de ello a la vuelta.