Don Feliciano José Mirón, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, actual regidor del Ayuntamiento Constitucional de esta villa, como albacea dativo del finado don Santiago Lavin, vecino y del comercio que fue de esta villa, otorga poder especial a don Manuel Garrido González, vecino y del comercio de la capital de la Federación, para que en su nombre y representación, recaude y se apodere de los efectos, géneros y existencias de la pertenencia de aquel, que haya en la capital en poder de cualquier personas, o ya sea en poder de algún arriero o dueño de mulas que conducía otras, haciendo todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan.
Sans titreARRIEROS
9 Description archivistique résultats pour ARRIEROS
Don José Antonio de Bárcena, de este comercio y vecindad, otorga poder especial a don Martín Sánchez y Serrano, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre comparezca en el Tribunal de Alzadas del Consulado de la Ciudad de Veracruz, donde conteste y lo defienda en el juicio o artículo de apelación que ha interpuesto la parte de don Pedro del Paso y Troncoso, de la sentencia pronunciada en esta Diputación Consular en la demanda que aquel entabló en contra del otorgante sobre la propiedad de cuatro tercios de ropa que el arriero Domingo Espejel sacó de su pertenencia y dejó en depósito al otorgante hasta reintegrarle la cantidad de pesos que le adeudaba.
Francisco Vivas, arriero, manifestó llevar tres indios en la recua que dirige hacia la Nueva Veracruz, los cuales se nombran Domingo, Jacinto, Andrés y Cristóbal, asimismo el Corregidor le notificó que a los indios debe dársele buen tratamiento, no servirse de ellos contra su voluntad y pagarles por su trabajo como está mandado por auto de la Real Audiencia, dando razón de ello a la vuelta.
Simón Córdoba, arriero, se obliga de pagar a Francisco del Moral, vecino de Jalapa, 55 pesos de oro común por el flete de 27 cargas de caja desde Perote a Veracruz.
Pedro Díaz, arriero, residente en el pueblo de San Antonio, otorga su poder a Pedro Miguel, vecino de la Nueva Veracruz para que en su nombre pueda demandar, haber, recibir y cobrar de Juan de Cisneros, vecino del pueblo de Tlaxiaco que es en la Mixteca, 102 pesos y 4 tomines de oro común, los cuales son por razón de una pipa de vino de islas; de Agustín Montero, vecino del pueblo de Teposcolula, 140 pesos y un tomín de oro común, los cuales son por razón de 29 arrobas y media de vino que le vendí en 4 pesos y 6 tomines la arroba; y a Gregorio Sandoval 57 pesos y 2 tomines de oro común por razón de 10 arrobas de vino que de mi recibió comprados.
Don Gregorio Ochoa de Amezaga y don Antonio Martínez y Zavala, vecinos y del comercio de Jalapa, otorgan poder especial a don Andrés Pérez Gómez, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en sus nombres cobre del arriero Francisco Robles, vecino de este pueblo, 2, 742 pesos 6 y un octavo reales.
Don Antonio de Monroy Figueroa, Corregidor por Su Majestad en este partido, Juez de Caminos y de Registros y de la visita y castigo de ellos, dijo que tuvo noticia de la llegada de un arriero que desembocó por el paso de la Angostura y que había trasversado el camino huyendo de la visita que se le hace a las recuas y cata de lo que llevan en ellas, debido a la nueva imposición de los 25 pesos a la grana y plata que suben a la Nueva Veracruz o bajan de ella y los indios y otras personas que traen en su servicio, lo que deben manifestar en este oficio y registros de Orizaba y Jalapa, conforme a ordenanza de los Señores Virreyes, para lo cual mandó a un ejecutor a que trajese ante él al dicho arriero y sus mulas para que hiciera la manifestación, y habiéndole traído ante el dicho corregidor declaró llamarse Domingo Álvarez, vecino de la villa de Córdoba, ser dueño de recua y trajinar con ella de la Veracruz a Tehuacán y a otras partes donde se le ofrece, asimismo manifestó que viene con 11 mulas de aparejos cargadas de trigo del pueblo de Tehuacán y que en su avío trae consigo dos hijos suyos llamados Gregorio y Domingo, no trayendo ningún indio, cuyo trigo declaró es para comer en su casa y para vender y que las 11 mulas junto con las de silla suman 14, las cuales compró en esta jurisdicción a don Gaspar de Rivadeneira, a Francisco Álvarez y a Juan González; también fue notificado por el corregidor que al día siguiente debe presentar testimonio donde se indique que pagó el alcabala de dichas mulas y las alcabala en la Nueva Veracruz.
Don Antonio de Monroy Figueroa, Corregidor por Su Majestad de este partido de Orizaba y sus sujetos, Regidor de la ciudad de México, Juez Cobrador de los Reales Tributos de Su Majestad y alcabalas en esta jurisdicción y partidos de su rendimiento, Juez Comisario de este nuevo camino y de las bestias de carros, recuas y del castigo de ellas, y de registros de ganado mayor y menor; dijo que por cuanto se le entregaron instrucciones y ordenanzas en virtud de su título que datan desde el tiempo del Marqués de Villamanrique, Virrey de esta Nueva España, entre las cuales hay una orden que prohíbe a los carreteros, arrieros y chirrioneros bajar o poner en camino desde este pueblo de Orizaba a la Nueva Veracruz, o pueblos cercanos a ella, a indios en servicio de los carros y recuas, desde 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco, no pudiendo entrar en el dicho camino ni bajar indios por el riesgo que corren y las muchas aguas, pues han muerto muchos en este tiempo como consta de dicha ordenanza, por tal motivo ordena que todos los dueños de carros, carretas y recuas manifiesten bajo juramento ante el escribano público, los indios que traen en su servicio y en el tiempo vedado se les notifique de la ordenanza.
Tomás de Herrera, vecino de Jalapa, dio carta poder a Esteban Martín, arriero, para que en su nombre, reciba en la Ciudad de México una esclava negra nombrada Isabel, y la entregue a Pedro Buzón en la Ciudad de Veracruz.