Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Alejo José de [Aguilar] y Teresa Barbosa, su mujer, vecinos de esta villa, 2 caballerías y [roto] solares de tierra pertenecientes a los [propios de esta villa] en que tienen su rancho de tabaco, y que lindan por el [oriente] con tierras del rancho que posee el Licenciado don Salvador Martínez de Abrea; por el poniente con tierras del rancho de José Lorenzo; por el norte con el camino que llaman de los Barbechos; y por el sur con otro camino que dicen ser Antiguo de los Carros y que va a la barranca de Chocamán. Arrienda dichas tierras por 4 años a partir del día de hoy, en precio de 31 pesos 3 reales por cada año, con las condiciones de no sembrar en dichas tierras caña dulce, sólo tabaco, y no construir casas firmes, entre otras que se mencionan.
ARRENDAMIENTOS
12 Description archivistique résultats pour ARRENDAMIENTOS
Don Manuel de Santayana, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Orizaba, como apoderado de don Diego Antonio Madrazo Escalera, vecino de dicho pueblo y dueño de tierras en la jurisdicción de esta villa, en su nombre otorga que arrienda al gobernador, alcaldes, regidores, común y naturales del pueblo de San Francisco Chocamán de esta jurisdicción, un sitio de tierra de ganado menor nombrado Tlequezalutla, que por la parte del norte linda con dicho pueblo de Chocaman; por el sur con la barranca de Metla [Metlac] que llaman de Chocamán; por el oriente con el cerro de Jonotepeque; y por el poniente con el cerro de Tepesolutla que tira al volcán, que dicho sitio hace una cañada. Lo arrienda por tiempo de tres años a partir de esta fecha, por precio de 12 pesos cada año, con la condición de que cumplidos los tres años de arrendamiento si se quisiera vender el sitio de tierra, ha de ser preferido el dicho pueblo.
Sans titreEl Regidor don Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba y su jurisdicción por Su Majestad, como Procurador Mayor nombrado por los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, para todas sus causas y negocios, cobrar sus propios, arrendarlos y todo los demás que debe hacer cualquier procurador; otorga que da en arrendamiento a Diego Trujillo, vecino de esta villa, una caballería de tierra de las que pertenecen a los propios de esta villa, que está y comienza desde donde acaba la que tiene en arrendamiento Juan Íñiguez, corriendo por junto a un sempualegua [sic] grande, a dar al camino Real y barranca de Chocamán; y por el oriente va a dar a un llano nombrado Mata de Coyote. El arrendamiento lo hace por nueve años, que empiezan a correr desde el primero de junio pasado de este presente año, por precio de 12 pesos anuales.
Sans titreAntonio de Brito [Lomelín], Mayordomo de los Propios y Rentas de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Manuel Pita Pereira, criador de ganado mayor, vecino del partido de Amatlán, el herbaje del comedero que llaman del cerro de Zacatepeque [Zacatepec], ubicado en término del ejido y dehesa de esta villa; el cual linda y corre dicho comedero con tierras del Capitán Juan de Miranda, por la parte del sur; y por la del norte con comedero que dicen de Salas y alto del despeñadero; por la banda del poniente con la barranca de Chocamán y la barranca abajo hasta los linderos de Juan García Caballero, y volviendo [hasta] el ejido de esta villa por los linderos de las tierras del Alférez Juan [García] Valero y Capitán Juan de Miranda [roto]; con ejido según como lo tenía [arrendado] Francisco López de Villavicencio. El arrendamiento es por tiempo de cuatro meses, que empiezan a correr desde la fecha de esta escritura en precio de 28 pesos de oro común.
Sans titrePedro de Cuéllar Caballero, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre de Juan López de Velasco, vecino del pueblo de Orizaba, arrendó el rancho que hoy tiene en arrendamiento Juan Francisco en el paraje llamado de la Lagunilla, junto a la barranca de Chocamán de esta villa. Por lo cual obliga a su parte a pagar 16 pesos de oro común cada año de 6 por que hace este arrendamiento.
Sans titreEl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador de sus propios y rentas, por ausencia del Alférez Real don Diego Valero Grajeda, Procurador Mayor del Ilustre Cabildo de esta villa, otorga en arrendamiento a don Francisco de Barrios, una caballería de tierra perteneciente a esta villa, ubicada es el paraje que llaman de los Cinco Encinos, la cual linda por el poniente con tierras que tiene en arrendamiento el Capitán Juan de los Santos Cubillos; al norte con tierras y rancho de Francisco Zacarías; al sur con el camino real, que viene de la barranca de Chocaman hasta esta villa; y por el oriente con rancho de José Lorenzo. El arrendamiento lo hace por tiempo de cinco años y en precio de 12 pesos y 4 reales anuales, que empieza a contarse desde hoy día de la fecha en adelante y no le será quitada, pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar, por el mismo tiempo y precio.
Sans titreEl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador de sus Propios y Rentas, dijo que por cuanto el Ilustre Cabildo de esta villa dio en arrendamiento a don Francisco de Barrios una caballería de tierra en el paraje que llaman de Los Cinco Encinos, por el tiempo de nueve años y en atención a que éste se ha ausentado de esta villa y haber dado permiso para que le comprasen el rancho que en dicha caballería tenía. En cuya virtud, el Ilustre Cabildo tomó la resolución de arrendarlo a la persona que necesitara dicha caballería de tierra, por lo cual, en nombre de dicho cabildo, otorga da en arrendamiento la caballería de tierra poco más y todo aquello que don Francisco de Barrios hubiera hecho, sus sembrados de maíz y otras cosas. Dicha caballería linda por el poniente con tierras que tiene en arrendamiento el Capitán Juan de los Santos Cubillos, por el norte con tierras y rancho de Francisco Zacarías, por el sur con el camino Real que viene de la barranca de Chocamán a esta villa, y por el oriente con rancho de José Lorenzo. El arrendamiento es por tiempo y espacio de nueve años, en precio de 12 pesos y 4 reales anuales que empiezan a correr y contarse de hoy día de la fecha en adelante, la cual no le será quitada durante el tiempo pactado, pena de darle otras con las mismas características.
Sans titreEl Bachiller Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec] y Comisario del Santo Oficio en esta provincia, otorga que da en arrendamiento al Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, todas las tierras que en esta jurisdicción y en la del partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco] tiene y posee, que primero fueron del Capitán don Juan de Rivera Barrientos, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, las cuales lindan por el oriente con tierras de esta villa; por el norte con la estancia de Acatengo; por el sur con la barranca de Chocamán; para que en ellas coman y pasten las reses, caballos y otros ganados del dicho Capitán Joseph [José] Blanco por tiempo de dos años a partir del 1 de octubre de 1672, por precio de 50 pesos de oro común cada año y bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
Sans titreDon Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que los señores hacedores de la masa capitular de la santa iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles le remataron los diezmos pertenecientes a esta villa de Córdoba, los del pueblo de Orizaba y anteriormente los del pueblo de San Pedro de Yshuatlan [Ixhuatlán], por tiempo de cinco años, que empezaron a correr desde este presente año, por precio de 7 825 pesos anuales; y porque al presente no puede asistir a la cobranza de los que pertenecen al pueblo de Orizaba, pueblo de Santa Anna Sacan [Santa Ana Zacan] y tierras de Toquila [Tocuila], de la doctrina del pueblo de San Pedro Ishuatlan [Ixhuatlán], de la jurisdicción de la villa de Córdoba, otorga que da en arrendamiento dichos diezmos a José González Moreno, vecino del pueblo de Orizaba. Los diezmos de Orizaba los arrienda en 1 100 pesos anuales; los del pueblo de Santa Sacan [Santa Ana Zacan], su jurisdicción y Toquila [Tocuila] hasta la barranca que llaman de Chocaman, por precio de 100 pesos anuales.
Sans titreEl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador Mayor en ella, otorga en arrendamiento a doña Estefanía Rodríguez, vecina de esta villa, viuda de Juan Marcos Rendón, 4 caballerías y media de tierra ubicadas en el monte que llaman de Salas, que comienza donde se acaba el comedero de Sacatepeq [Zacatepec], desde los cerritos hasta el camino real que va a la barranca de Chocamán, que es hacia la parte del norte, y desde la mojonera de esta villa que divide dichas tierras con las que pertenecen a las que posee hoy el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, por dicho camino real, y por el sur linda con la barranca del despeñadero. Las arrienda por tiempo de nueve años, que empiezan a correr y contarse desde hoy día de la fecha en adelante, y por cada caballería de tierra pagará 12 pesos y medio, que importan 56 pesos y 2 reales anuales, que se obligará a pagar al mayordomo que es o fuere de los propios y rentas del cabildo o a quien fuere parte legítima por él. El otorgante se obliga, y obliga a los propios a que este arrendamiento le será cierto y seguro en todo tiempo y no le serán quitadas pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar, por el mismo tiempo y precio, con las condiciones siguientes: doña Estefanía, sólo sembrará y cultivará las tierras y no meterá en ellas a personas ajenas, tampoco podrá sembrar en estas tierras caña dulce, en caso contrario, esta escritura quedará sin valor alguno, y el cabildo las podrá arrendar a otra persona.
Sans titre