Pedro Hernández, dueño de sus carros, vecino de Los Ángeles, en su nombre y en el de su compañero de cuadrilla, don Alonso de Alfaro, recibió en arrendamiento de Manuel Rodríguez de Maya, vecino de Jalapa, una estancia de ganado en la milpa que llaman de Juan Martín, en esta provincia, para comedero y pasto de sus boyadas, durante tres años y al precio de 45 pesos anuales de oro común.
ARRENDAMIENTOS
102 Archival description results for ARRENDAMIENTOS
Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecino y arrendatario de los diezmos de esta doctrina y de Coatepec, otorga poder a José de la Torre Estomba, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que se ocupe de todos los pleitos con personas o comunidades, y en especial para los que se puedan ofrecer en la administración de dichos diezmos.
Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, y don Francisco Hernández, de la hacienda de la Rinconada en la doctrina de San Salvador el Seco en el estado o departamento de Puebla, dijeron que el primero como arrendatario general de las haciendas pertenecientes al mayorazgo que disfruta el señor general don José María Cervantes, en cuya finca se comprende la hacienda titulada de la Higuera, ubicada en dicha doctrina, le da en subarriendo al nominado Hernández dicha finca de la Higuera bajo las condiciones siguientes: que dicho subarriendo es por el término de cuatro años que deben comenzar a correr y a contarse el 12 del presente mes y termina el 12 de marzo de 1840. Que el precio del subarriendo es el de 600 pesos anuales. Que el importe de los dos primeros años debe exhibirse por adelantado; que al vencimiento del segundo año debe adelantarse los 600 pesos del tercero y al vencimiento de él adelantará lo correspondiente al cuarto, debiendo hacer esa exhibición en la ciudad de la Puebla. Que el señor Hernández ha de conservar en buen estado los edificios y las cercas que existen. que es obligación del señor Hernández cuidar de que nadie se introduzca en los linderos de la respectiva finca. Que éste no queda obligado a recibir al vencimiento del tiempo pactado, ningunos llenos, siembras, ganados, semillas, enseres ni cosa alguna, sino la finca. bajo las expresadas cláusulas de que quedan bien enterados los referidos don Francisco Fernández y Agudo y don Francisco Hernández, otorga el primero que le da en arrendamiento al segundo la enunciada hacienda por el tiempo que queda fijado.
UntitledDon Manuel Bárcena Bezanilla, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial al Señor Doctor don José Suárez, Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles, para que lo obligue como fiador y principal pagador de don Francisco de la Rosa, quien pretende tomar en arrendamiento los diezmos del partido de Ixhuacán de los Reyes.
Don Francisco Munguía, don Juan José de Acosta y don Miguel Pérez, junto con otros vecinos del pueblo de Naolinco, otorgan poder especial a don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino de dicho pueblo, para que realice el arrendamiento de los diezmos del ramo de Naolinco, en la cantidad que acuerden, así como de ciertas condiciones elaboradas a favor de la Santa Iglesia Catedral de Puebla de los Ángeles.
Don Agustín Díaz de la Cueva, vecino del pueblo de Coatepec de esta jurisdicción de Jalapa, otorga poder especial a don Domingo del Aguila, vecino de Puebla, para que en su representación parezca ante los señores jueces hacedores y concertadores del Cofre y Maza General de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles o ante con quien derecho deba y haga por el tiempo, cantidad, calidades y condiciones las posturas, pujas y mejoras que le pareciere al nuevo arrendamiento de los diezmos caseros de naturales y de razón de esta doctrina o ramo de Jalapa y Coatepec, que se ha sacado al pregón para su remate.
Don Ignacio de Guevara, don Manuel Eugenio de Acosta, vecinos de Jalapa, don Juan José de Acosta, don Antonio Gaspar de Acosta, don Miguel Pérez y don José Antonio de Acosta, vecinos de Naolinco y residentes en el pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Nicolás Domínguez, vecino de Naolinco, para que obligue a los otorgantes como principales deudores en el remate del arrendamiento de los diezmos caseros del partido de Naolinco, por lo cual se constituyen en principales pagadores a favor de la iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, por la cantidad en que se celebre dicho remate.
El Bachiller Juan Bernardo Díaz Mier, Presbítero Domiciliario de este Obispado, albacea y heredero de su padre don Domingo Díaz Mier, da en arrendamiento a don Antonio Mateo Ortiz de Zárate, Presbítero de Puebla, apoderado de don Diego Toledo y doña Antonia Feliciana Dorantes de Acosta, un rancho para ganado mayor ubicadas en el Lencero, bajo las condiciones aquí suscritas, por tiempo de 7 años y al precio de 35 pesos anuales.
Don José Ubaldo Rebolledo, vecino del pueblo de Xicochimalco, como principal, don Antonio Melchor Huesca y don José Manuel Hernández, como sus fiadores, dijeron que habiéndose rematado por la Santa Iglesia de la ciudad de la Puebla en don José de la Fuente, los diezmos de las cordilleras de la Villa de Xalapa y pueblos de Coatepec con las de Ixhuacán de los Reyes, éste se los arrendó en general a don José Antonio Domínguez y Rebolledo y a don José Sinesio Rebolledo, quienes han subarrendado el ramo de Xicochimalco e Ixhuacán, desde los puentes de Güegüeyapa hasta la Junta, al expresado don José Ubaldo por 3 años y en precio de 3, 465 pesos, por lo que se obliga a pagar 1, 155 pesos anuales, y los enunciados sus fiadores 567 pesos 4 reales anuales cada uno.
José Manuel Hernández, vecino del pueblo de Xicochimalco, como principal, y Leandro Sánchez, como su fiador, dijeron que habiéndosele rematado por la Santa Iglesia Catedral de Puebla a don José de la Fuente, los diezmos de las cordilleras de Xalapa y Coatepec con la de Ixhuacán de los Reyes, los arrendaron a don José Antonio Domínguez y a don José Sinecio Rebolledo, quienes subarrendaron a don José Ubaldo Rebolledo el ramo de Xicochimalco e Ixhuacán, quien les ha subarrendado a los otorgantes el ramo o cordillera de Ixhuacán de los Reyes, siendo el lindero el Paso del Obispo, por tiempo de 2 años y por cantidad de 722 pesos 4 reales.