El Capitán don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Tepeaca, en nombre del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud del poder general que le otorgó en dicha ciudad el 10 de diciembre de 1697; dijo que entre los bienes de su hermano se encuentran todos sitios para ganado menor en esta jurisdicción y partido de Guatusco [Huatusco], que contiene una merced hecha a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo, y que recayó en dicho su hermano. Dijo que respecto a que un sitio para ganado menor que está en el monte de Totutla, de esta jurisdicción, que llaman venta de Parada, de que hizo merced el Excelentísimo Señor Marqués de Falces, Gobernador de esta Nueva España, a Francisco Mérida de Molina, vecino y Regidor que fue de la ciudad de México, el 28 de enero de 1567, fue declarado por dicho Francisco Mérida de Molina pertenecer a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo del otorgante, como consta en escritura otorgada en México el primero de enero de 1583 ante Alonso Ramírez, Escribano Público; el cual dicho sitio vendió el Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira a Antonio de Brito Lomelín, por escritura otorgada en esta villa el 16 de enero de 1684; y por muerte de Antonio de Brito, dicho sitio quedó repartido, quedando dos partes en poder del Capitán don Manuel Gómez Dávila y una parte en la hacienda de hacer azúcar que dejó por bienes Antonio de Brito y que posee su viuda doña María de León, quien la tiene arrendada actualmente al Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, Alcalde Ordinario de esta villa. Asimismo, dijo que en virtud de mandamiento del Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey de esta Nueva España, se han medido diferentes sitios y caballerías de tierra por don Lorenzo de Cabrera, medidor nombrado para ello, siendo medidas, entre otras, la tercia parte del sitio que posee dicha doña María de León, y según medidas que se hicieron se hallaron 7 caballerías poco más, quedándole al tercio del sitio 4 caballerías y tres cuartos, sobrando 2 caballerías y un tercio según inteligencia de dicho medidor. En cuya conformidad, el Capitán Sebastián Pérez Padrón le ha pedido le venda las 2 caballerías y un tercio sobrantes, las cuales se hallan unidas a la hacienda que tiene arrendada, cuya sobra linda por una parte con tierras del pueblo de San Lorenzo Serralvo [Cerralvo]; por otro lado, con el camino real que va a la Veracruz; por otro con la barranca de Arroyo Seco; y por otro se haya incorporado incluso en la dicha medida. Por lo tanto, otorga que vende al Capitán Sebastián Pérez Padrón, las 2 caballerías y un tercio de tierra y, también, otra caballería poco más, de sobras que hubo de las medidas que están hechas al pueblo de San Lorenzo y demás circunvecinos, cuya caballería linda por la parte del poniente con las antecedentes tierras; por el norte con dicho pueblo de San Lorenzo; por el sur con camino real viejo; y por el oriente con un arroyo que llaman de la Palmilla, inmediato al lindero de tierras de don Hipólito del Castillo de Altra. Las vende en precio de 500 pesos de oro común.
Sans titreARRENDAMIENTOS
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Don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], en nombre de doña Micaela Ramos, su suegra, vecina de dicho pueblo, otorga que da en arrendamiento a don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa, un potrero que tiene en la jurisdicción de [San Antonio] Guatusco [Huatusco], que por una parte linda con tierras del Novillero; por otra con las del trapiche de Panzacola, del Capitán Juan Gómez Dávila, hasta “la abra” que hace la sierra que llaman de [San Antonio] Guatusco [Huatusco], que es por el poniente; cuy potrero es el mismo que actualmente le está sirviendo al dicho Lope Antonio de Iribas, para guardar el ganado y bestias de una hacienda que tiene inmediata a dicho potrero, dicho potrero se lo da en arrendamiento por cantidad de 30 pesos anuales; bajo la condición que si Lope Antonio quisiera comprar dicho potrero deberá pagar la cantidad de su valor que es de 600 pesos con más lo que debiere de dicho arrendamiento.
Sans titreDon Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa, dijo que por cuanto el 14 de agosto de este presente año, en el pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] doña Micaela Ramos, vecina de él, viuda del Capitán Marcos Blanco, difunto, otorgó escritura de venta a favor de don José Fernando Mellado de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca, de la hacienda de ganado mayor y menor nombrada Mazapa, con todos sus sitios, tierras y lo demás que le pertenece, y entre las condiciones de dicha escritura está una que dice “que es condición de dicha escritura que por cuanto a los 9 de diciembre del 1704 le arrendó el dicho novillero al otorgante […] en precio de 30 pesos en cada año de réditos, cuyo principal fue de 600 pesos a censo, con la calidad de que si la dicha doña Micaela lo vendiera fuera al otorgante por ser de mejor privilegio como arrendatario; y en caso de que el dicho don José Fernando Mellado quisiere vender dicho novillero había de ser al otorgante, y de no pagar su valor lo vendiera o arrendara a la que le pareciese”. Y por cuanto la dicha condición padece equivocación, en aquella vía y forma otorga que declara que dicho novillero le pertenece a doña Micaela Ramos y sólo lo que le arrendó por la escritura citada, fue un potrero que tenía en jurisdicción de [San Antonio] Huatusco, que por una parte linda con las tierras del dicho novillero de Mazapa, y por la otra parte con las tierras del trapiche que llaman de Panzacola, de que es dueño el Capitán Juan Gómez Dávila; el cual no le hace falta a don José Fernando Mellado para sus ovejas, por ser montuoso.
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