Antonio de Herrera Povas y Pereyra, vecino de este pueblo de Jalapa, informa que se casará con Petrona Josefa de Castro, hija legítima de Diego de Castro y Ana María de Chávez y Peña, y que para efectuarse el matrimonio, ofreció en arras promesa de nupcias, por lo que recibe la dote de parte de los padres de su prometida Petrona de Castro.
ARRAS
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Don Diego de Cadalso, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, con poder especial que confirió a don José Francisco de Villanueva, vecino de la ciudad de Cádiz, para que contrajera matrimonio con María de Garay, hija legítima de don Juan de Garay y Leanis y de doña Andrea Suárez, lo que dicho Villanueva ha cumplido, por lo que el otorgante manda a su legitima mujer, 8,128 cuartos de oro en arras propter nuptias por honra de su virginidad, obligándose a dárselos, y cuando el matrimonio sea disuelto se someterá a lo que por derecho sea permitido.
Antonio de Herrera Povas y Pereyra, vecino de este pueblo de Jalapa, dijo estar tratado para casar con Petrona Josefa de Castro, doncella e hija legítima de Diego de Castro y Ana María de Chávez y Peña, vecinos de este pueblo de Jalapa; informa que por su libre y espontánea voluntad, le otorga y promete en arras matrimonio a Petrona de Castro.
Don Juan Miguel de Iriarte, hijo de don Miguel de Iriarte y doña María Dominga de Araurrenechea, oriundo del reino de Navarra y residente en este pueblo, dijo se casará con doña Ana María de Alba, española, doncella, hija del Capitán Alonso de Alba e Ignacia Montañés de la Cueva, a la cual otorga, manda y promete en arras propter nuptias, por su virginidad y limpieza, la cantidad de 3, 000 pesos, que señala de sus bienes y se obliga a tenerlos y no ponerlos en alguna deuda, por lo que los hipoteca y grava.
Don Juan de Bárcena y doña María Josefa Zugadi, consortes y vecinos de Jalapa, otorgan la escritura de constitución de dote, la cual es por la cantidad de 1, 028 pesos, 7 reales y 7 granos de moneda corriente, que entrega la contrayente y el le otorga a cambio las arras por la cantidad de 1, 000 pesos de oro común.
Don Manuel Bárcena Bezanilla, vecino del pueblo de Jalapa, ratifica y revalida una promesa de arras que contrajo con doña Rosalía Callejo, su esposa, por la cantidad de 2, 000 pesos de a 8 reales, en plata.
Tomás de Santiago y Cruz, vecino de este pueblo, promete a su futura esposa Andrea Hernández, española, por su honra en arras propter nuptias, la cantidad de 400 pesos.
Juan Martín Blanco, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que cuando concertó matrimonio con Catarina García, su legítima mujer, sus suegros le dieron como dote: 15 reses vacunos, 12 yeguas de vientre, 2 caballos, un potro, una esclavilla mulata blanca nombrada María de 6 años de edad, entre otros bienes muebles y ajuar, por lo que declara haber recibido por las leyes de su entrega, sin aprecio ni avalúo y manda en arras proternupcias a la mencionada Catarina García, su mujer, por honra de su virginidad 20 pesos de oro común que confiesa caben en la décima parte de sus bienes.
Don Juan de Rivera, vecino del pueblo de Naolinco, dijo que al concertar su casamiento con doña Josefa de Zárate le otorgó por donación en arras 100 pesos de oro común que caben en la décima parte de sus bienes.
Don Luis Antonio Ortiz de Zárate, vecino de Jalapa, dijo que tiene tratado contraer matrimonio el 28 de este mes con doña Mariana de Guevara, vecina de Jalapa, a quien por su honra, virginidad y limpieza le manda en arras propter nuptias o por donación irrevocable la cantidad de 1, 000 pesos de oro común, mismos que se obliga a tener como caudal de su mujer y en caso de que ésta falleciese sin dejar hijos o el matrimonio fuese disuelto, los devolverá a la citada Mariana o a quien en su lugar hubiere.