El Alférez don Tomás López de Sagade, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de don Alonso López de Sagade y María Varela de la Iglesia, vecinos que fueron de esta villa de Mellide [Melide] en el Reino de Galicia, de donde es natural, declara ser casado con María de Brito Lomelín, hija de Salvador de Brito Lomelín y [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], la cual trajo de dote las cosas y géneros que se mencionan en la escritura, entre ellos una casa de sala y aposento, con valor de 1 000 pesos. Todos los cuales dichos bienes fueron tasados y montaron la cantidad de 1 543 pesos y 4 reales, y para honrar la virginidad de la citada María de Brito mandó en arras propter nuptias 200 pesos de oro común. Y en razón de dichos bienes el otorgante se obliga a tener seguros y a conservarlos sobre su persona.
Sem títuloARRAS
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Pedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Santiago en el Reino de Galicia, hijo legítimo de Domingo Trillo e Inés del Corral y Figueroa, declara que tiene tratado contraer matrimonio con Teresa Guerra, residente en esta villa, natural de San Salvador el Seco en la provincia de Tepeaca, hija legítima de Alonso Guerra y doña María de Villegas, difuntos, el cual tendrá efecto dentro de dos meses. Por tanto, en aquella vía y forma otorga que da a dicha Teresa Guerra en arras propter nuptias, en honra de su virginidad y limpieza, 650 pesos que confiesa caber en la décima parte de sus bienes; los cuales le señala en una esclava con valor de 350 pesos y 300 pesos en reales de contado.
Sem títuloEl Capitán Jacinto Ledos y Passos [Pasos], natural de Santiago de Galicia y estante en esta villa de Córdoba, dijo que el nueve de este corriente mes y año contrajo matrimonio con doña Gertrudis López [de Guzmán], doncella, hija legítima de Bernardo López [de Guzmán] y de doña María Martín Lomelín, y en el tiempo que se trató el casamiento y esponsales sus padres le prometieron dar en dote la cantidad que importaban las alhajas, ropa de vestir y parte de una casa, y debido a que no se le pudo hacer entrega de lo referido por la aceleración del matrimonio, por la presente otorga que ha recibido de mano de dicho Bernardo López y doña María Martín Lomelín los bienes que se mencionan en esta escritura, entre los que destacan: una sala de la casa de la morada de sus suegros, la cual hace esquina y frente con la plaza [Pública] de esta villa, por precio de 1 300 pesos. Una esclava nombrada Tomasa de veintitrés años de edad, la cual su suegro compró a Pedro Trillo de Figueroa por 350 pesos. Un esclavo criollo nombrado Joseph [José] [roto] de veinticuatro años de edad, el cual compró su suegro en la [ciudad de México] al Capitán don Joseph [José] del Pozo en precio de 400 pesos. Cuyo total de bienes que recibe suman 2 766 pesos 6 tomines, más 200 pesos que ha de recibir del albacea y tenedor de bienes de Juan Camaño. En cuya conformidad y por la honra, virginidad y calidad de la persona y linaje de Gertrudis López [de Guzmán], el Capitán Jacinto Ledos [y Pasos] le manda en arras proternupcias 2 000 pesos de oro común.
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