El Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición en este reino, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que vende a don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa, un esclavo negro nombrado Marcos Antonio, de veintiséis años de edad, y una negra, su mujer, nombrada Manuela [ilegible] criollos de la ciudad de Antequera, Valle de Oaxaca, los mismos que hubo y compró a doña Margarita Rascón de la Hedesa Verástegui, vecina de la ciudad de los Ángeles, viuda de don Pedro de Atondo y Alvarado, por escritura hecha en la ciudad de los Ángeles el 7 de mayo de 1720 ante José Martínez, Escribano Real y Público de dicha ciudad. Los vende en precio de 661 pesos de oro común en reales.
Zonder titelANTEQUERA, CIUDAD DE
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El Licenciado don Juan Moreno Peña, Presbítero domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Señor Doctor don José Valero Grajeda, Canónigo de la santa iglesia de la ciudad de Antequera valle de Oaxaca, para que en su nombre pueda comparecer ante el señor delegado de su santidad de dicha ciudad y obispado de Oaxaca, y siga la apelación que tiene hecha en el pleito que por segunda instancia se ha seguido, sobre el derecho que tiene a la propiedad de la capellanía que mandó a fundar Pedro Alonso Cortés de Espina, de 7 000 pesos de principal, ante el Señor Licenciado don Antonio de Auncibay y Anaya, Chantre de la santa iglesia catedral de la ciudad de México, Juez Provisor y Vicario General de dicho arzobispado, y pida a dicho señor juez delegado, se sirva de declararlo, por su auto, pertenecerle la propiedad de dicha capellanía.
Zonder titel“Manuel Francisco García del Castillo, Procurador de Causas de la Audiencia Ordinaria de esta villa, exhibió dos testimonios de una escritura, su data en la ciudad de los Ángeles de 16 del corriente, y en ellos consta que el Licenciado José Yanuario Molina, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, en virtud de superiores decretos del ilustrísimo señor arzobispo, subrogó, cedió y traspasó el dominio que tenía a la cantidad de 1 500 pesos que por su principal impuso y cargó a su favor, sobre cierta capellanía que instituyó y fundó, la cual no tuvo efecto su creación y canónica colación, y en favor los 1 000 pesos de ellos del aceite de la lámpara de la capilla de San Nicolás Obispo, que se halla sita en la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y los 500 restantes que pertenecen a otra capellanía [roto] que en sí la percibió el citado don José Yanuario la puso en su propio lugar que gozaban dichos 1 500 de su capellanía sobre el valor y precio de la hacienda del beneficio de hace azúcar nombrada Señora Santa Ana de Tepostepeque [Tepostepec], que actualmente es dueño el Regidor don Francisco García de Lara, la cual se halla en términos de esta jurisdicción, por cuya parte se reconocieron ambas porciones, obligándose a la paga de sus principales y réditos”.
Zonder titelDon Miguel Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo en ella, natural de la ciudad de los Ángeles, hijo legítimo del Alférez don Juan Valero Grajeda y de doña Josefa de Grajeda, vecinos que fueron de dicha ciudad, estando enfermos del cuerpo, sano de la voluntad en todo su libre juicio, buena memoria y entendimiento, dijo que por cuanto las cosas del descargo de su conciencia y bien de su alma, las tiene comunicadas con don Diego Valero Grajeda, su hermano, Regidor Perpetuo de esta villa, con el Señor Doctor don José Valero Grajeda, su hermano, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de Antequera, valle de Oaxaca, y con el Licenciado don José Valero, su sobrino, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles; y en aquella vía y forma que más haya lugar otorga que da su poder a los susodichos, para que después de su fallecimiento puedan hacer su testamento con las misas, manda, obras pías, legados y demás declaraciones que les tiene comunicadas y consta de una memoria que dejó firmada. Nombra albaceas testamentarios a don Diego Valero Grajeda, don José Valero y al Licenciado don José Valero. Nombra por su único y universal heredero a don Diego Valero.
Zonder titelEl Capitán don Diego Alonso de Salinas, vecino de la ciudad de Antequera Valle de Oaxaca, residente [en este] pueblo, otorga poder especial, en primer lugar, al Capitán Joseph [José] de Ibaeta, vecino de dicha ciudad de Antequera y al presente estante en la Nueva Veracruz, y en segundo lugar, al secretario Juan López de Benavides, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre vendan la grana que el otorgante tiene de su cuenta en la Nueva Veracruz, en poder de dicho secretario Benavides, y a los precios que se concretaran en cartas misivas [roto], recibiendo en si la cantidad que importasen 53 zurrones de grana, resto de los 93 zurrones que posee en Veracruz. Asimismo, para que remitan los 40 zurrones de grana restantes a los Reinos de Castilla, al Capitán don Andrés Martínez de Murguía y por su muerte u otro impedimento al Capitán don Pedro Martínez de Murguía, su hermano, Caballero de la Orden de Santiago y vecino de la ciudad de [roto], y por la falta de ambos al Capitán don Francisco Suaso [Suazo] [roto] vecino de dicha ciudad, cuya grana enviarán en la presente flota surta en el puerto de San Juan de Ulúa a cargo del General don Ignacio de Barrios, Caballero del Orden de Santiago. Y lo procedido de la venta lo remitan al otorgante, cuyos géneros constarán en una factura que también le han de remitir en la primera flota que venga a estos reinos. Y en caso de que ocurriera la muerte del otorgante podrán hacer los mencionados Capitanes Andrés Martínez de Murguía, don Pedro [Martínez] de Murguía, y don Francisco Suaso [Suazo], la remisión de dichos géneros al Capitán Rodrigo de la Chica y al Capitán Manuel Fiallo, vecinos de dicha ciudad de Antequera, como herederos y albaceas del otorgante.
Zonder titelEl Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y Vicario de la parcialidad de Santiago Guatusco [Huatusco] de esta doctrina de la villa de Córdoba, otorga poder a don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], para que nombre y representación de su persona demande y cobre judicial o extrajudicialmente de Manuel de la Paz, vecino de la ciudad de la Antequera, valle de Oaxaca, de sus bienes, albaceas y herederos y de quien con derecho hubiere los réditos de una capellanía que gozó y está fundada sobre finca del susodicho, cuyo plazo se cumple el 17 de marzo del presente año. También, para que en caso de no cobrar los réditos pueda demandarle y quitarle la finca y darla en arrendamiento a la persona o personas que le pareciere, otorgando la escritura necesaria con las cláusulas que para su validación se requieran.
Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa, Regidor Perpetuo en ella, dijo [roto] en poder de Martín de Andraca, [halló una mula de carga] color retinto, con el hierro del margen, la cual le hurtaron con otras dos habrá tiempo de quince meses. En ese sentido pidió a dicho Martín la dicha mula, pero el susodicho se resistió, argumentando que la había comprado de Joseph [José] de Escudero, vecino de la ciudad Antequera valle de Oaxaca. Por tanto, dicho Gregorio Martínez puso demanda judicial contra dicho Martín de Andraca, el cual para evitar litigios devolvió la mula habrá tiempo de diez meses, con la condición de que le otorgara carta de lasto en forma. Por lo que poniéndolo en efecto otorga que recibió de dicho Martín de Andraca, la citada mula, y le da poder y lasto para que reciba y cobre de Joseph [José] de Escudero la cantidad que por dicha mula pagó.
Zonder titelDon Juan Esteban de Elías y don Francisco Javier Sáenz de Santa María, del Comercio de España y residentes en la Villa de Xalapa, el primero como principal y el segundo como fiador, otorgan poder especial a don Francisco Manuel Monterrubio, vecino de la ciudad de Antequera Valle de Oaxaca, para que saque de su cofre, la cantidad de 3, 200 pesos, pertenecientes a la capellanía de Marcos Antonio Rodríguez Castañares, comprometiendo así a los dependientes como poseedores y deudores de la citada cantidad.
Pedro Sánchez Figueroa, hijo legítimo de Francisco Sánchez Figueroa, en virtud del poder que el susodicho le otorgó en el pueblo de Tecamachalco, dijo que recibió de Juan del Río todos los potros y bienes que por fin y muerte de Juan Bautista [Sánchez Figueroa], su hermano, quien murió en la ciudad de la Antequera del Valle de Oaxaca, quedaron y se inventariaron en la dicha ciudad.\n\n\n
Francisco Machado, vecino de La Antigua Veracruz, y residente en este ingenio, vende al Lic. Hipólito de Tejera, clérigo, presbítero, ayudante de cura en el partido eclesiástico de Naolinco, una esclava mulata llamada María Ana, soltera, criolla de Oaxaca, de 19 a 20 años de edad, que hubo y compró de Martín Román [de Nogales], vecino de la Veracruz, en virtud del poder de Doña María Ana de Sotomayor, vecina de la ciudad de Antequera, el 12 de enero de 1666, ante el escribano Don Juan Bautista de Barrios. Dicha esclava está libre de empeño, hipoteca y enajenación; sin asegurarla de ningún vicio, defecto ni enfermedad, por el precio de 400 pesos de oro común.