Joseph [José] de Nares, natural de [Gibraltar], hijo legítimo de Juan [García] y de Catalina [roto], difuntos, vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento de la siguiente manera: manda se den 2 pesos a la iglesia del pueblo de Santa María Magdalena de Cuesala [Coetzala], jurisdicción de Zongolica y 2 pesos a la iglesia del pueblo de Amatlán. Declara por bienes una casa de cal y canto cubierta de teja en esta villa. Declara tener en dicha casa una tienda de géneros de Castilla y de la tierra, que importa toda ella 500 pesos poco más o menos. Declara estar casado con Ignacia Díaz [de Salazar] con quien procreó a Gertrudis María, María de Jesús, Josepe [José] y Beatriz. Nombra como albaceas a doña Gertrudis de Gatica, de esta villa, a Juan Rodríguez Durán y a Domingo [de] Merodio. Como herederos universales nombra a Gertrudis María, María de Jesús, Josepe [José] y Beatriz de Nares, sus hijos.
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Francisco Sánchez de Torres, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa de Ojeda en el Reino de Aragón y Castilla, hijo legítimo de Pedro Sánchez de Torres y de Ana Roques, su mujer, que no sabe si son difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que tiene cuentas con Nicolás de Olivera, como administrador que es del trapiche de doña Josefa García de Miranda. Ítem declara que le son deudores el Regidor Francisco de Aguilar, Joseph [José] Gatica y Juan Martín, Gobernador pasado del pueblo de Amatlán. Menciona como parte de sus bienes doce mulas y machos, las once de carga y aparejadas, y una de silla; una yegua rosilla y un caballo bayo. Declara por más bienes la cantidad que pareciere de haber traído de la Nueva ciudad de la Veracruz, Simón de Arévalo, vecino de esta villa, del valor de nueve cargas de panela, una de jabón y otra de chile [roto] que le entregó en esta dicha villa para que lo vendiese de su cuenta. Declara que es casado y velado con Michaela [Micaela] de Aguilar, no tuvieron caudal por lo cual no se hizo carta de dote, procrearon a Juana Sánchez de Torres, de más de cuatro años de edad. Nombra por albacea, tenedor de bienes, tutor y curador ad bona al Regidor Perpetuo y vecino de esta villa Francisco de Aguilar para que los venda y remate en almoneda. Nombra como su única y universal heredera a su hija.
UntitledEl Bachiller Miguel Pérez de Medina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, dijo que habiendo otorgado testamento, quiere ahora añadir y quitar algunas cláusulas: primeramente declara que el Padre Antonio Méndez, Cura de Amatlán le ha pagado los 100 pesos que le debía, segundo, el Padre Antonio González, Cura de Coatepec le ha pagado también los 100 pesos que le debía; tercero, cuando compró el ingenio de Pacho le arrendó a los naturales del pueblo de Coatepec un sitio de ganado menor y 2 caballerías de tierra en 25 pesos por año, y sólo le pagaron 2 años y después hicieron escritura de compra venta en 350 pesos que se los pagarían en jornales, que no han cumplido, manda se les cobre. Más otras 12 cláusulas que se mencionan en la escritura.
Francisco Hernández, natural del pueblo de Amatlán de los Reyes, hijo legítimo de don Andrés Martín y doña Juana María que son difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con doña Catalina María “habrá tiempo de sesenta años”, de cuyo matrimonio procrearon a Miguel Hernández y Josepha [Josefa] María “que los demás fallecieron”. Señala que mediante la ayuda de su mujer han procurado tener como bienes cinco mulas y dos caballos; un rancho de tierras donde tienen labradas tres casas de tierra. Para cumplir su testamento nombra como albacea a Pablo Hernández y Miguel Hernández, “y por el mucho amor, compañía, servicio, asistencia que me ha tenido la dicha mi mujer y ser compañera de tantos años […] le dejo la casa de mi morada”. Por último nombra por herederos universales a sus hijos Miguel Hernández y Josepha [Josefa] María.
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