Don Tomás Illanes, coronel de Ejército y actual diputado del Honorable Congreso del Estado Libre de Veracruz, residente en esta villa, como marido y conjunta persona de doña Francisca Javiera Guisasola y Betancourt; otorga que ha recibido, del padre de ella, don Juan de Guisasola, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad de 4 030 pesos en alhajas. Cuya cantidad es la que le pertenecieron a la mencionada esposa, por fin y muerte de su madre doña Petronila Josefa de Betancourt y cuyo respecto entra en su poder dicha suma, otorgando a su favor el presente recibo.
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Don Teodoro Jiménez, de esta vecindad, celador del erario público, otorga que da y confiere poder especial al Licenciado don Ramón María Terán, residente en la heroica ciudad de Veracruz, para que en su representación, prosiga y finalice el expediente formado y sentenciado en primera instancia por el juez de hacienda de esta ciudad, sobre la aprehensión que el otorgante hizo de un baúl de alhajas que conducía a esta ciudad don José Couttolene sin los requisitos legales; el cual se halla hoy en grado de apelación pendiente en segunda instancia del conocimiento del Excelentísimo Señor Ministro Superior de Justicia del Estado. También para que pueda parecer y parezca ante su excelencia y con jueces procurando revocación de la sentencia.
UntitledDon Antonio de Tapia y Piñeyro, vecino de Puebla y de paso en esta villa, dijo que hallándose en ésta, con el objeto de embarcarse en el puerto de Veracruz y habiéndosele prevenido por el señor Alcalde de la misma, su retención en ella hasta la contestación definitiva del juicio relativo a unas alhajas que se le demandan como apoderado que fue de don Domingo Álvarez. Y para continuar es necesario que nombre apoderado para que le represente. Por tanto, otorga poder a don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate, de la misma, para que en su nombre y representación, comparezca en el citado juzgado y en los que sean necesarios. Y en cuya virtud precedida la conciliación y radicado el juicio presente escritos, escrituras y cuantos papeles y recados sean favorables por lo que le confiere éste, con libre y general administración don facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
UntitledCompareció una señora que dijo llamarse doña Rosa Martínez, mayor de edad, la cual otorga su poder especial a don Vicente Castro, de esta vecindad, para que recoja de don José Lombardero, residente en Veracruz, un cintillo de diamantes perteneciente a la otorgante, o en defecto del cintillo le exija 150 pesos de su valor; a cuyo fin, si fuere necesario se presente judicialmente previa la conciliación ante juez competente.
Don Andrés Baric, natural de Francia, transeúnte para México, de ejercicio platero, presentó como testigos a los señores don José Lázaro de Villamil y Manuel Núñez Guerrero, quienes aseguraron que hace dos días lo conocieron. El cual sin necesidad de intérprete por entender el idioma vulgar, otorga poder especial al citado Manuel Núñez Guerrero, vecino de esta ciudad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, parezca en los tribunales superiores e inferiores del Estado, solicitando se declare no haber caído en la pena de comiso las alhajas de oro, perlas, diamantes y aderezos, que del uso y adorno de su señora esposa trataba de vender para subvenir a las urgentes necesidades de su viaje, y están comprendidas en su equipaje que trae con el correspondiente pase de la aduana de Veracruz.
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