El Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor de esta villa de Córdoba por Su Majestad, vende a Diego de Villaseca, vecino del pueblo de Cosamaluapam [Cosamaloapan], un esclavo negro nombrado Juan de Santa Rosa, criollo, de más de treinta años de edad, que hubo y compró de don Justo Caballero, vecino de la ciudad de los Ángeles, por escritura que le otorgó en dicha ciudad el 9 de julio de 1698 ante Francisco Solano, Escribano Real y Público. Lo vende en precio de 350 pesos, que por su valor le ha dado en 55 toras [sic] que importaron dicha cantidad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOALGUACILES MAYORES
781 Descripción archivística resultados para ALGUACILES MAYORES
Don Ignacio de Tembra y Simanes y doña Juana Rodríguez Romano, su legítima mujer, viuda de Benito Rendón, difunto, su albacea y heredera, vecinos de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto don Ignacio de Tembra, en nombre de su mujer, presentó escrito con fecha de 10 de este presente mes y año ante el Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esa villa, donde hizo relación diciendo que don Benito Rendón había comprado de los bienes del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, una casa en la cual quedaron las tutelas de los menores hijos y herederos de dicho alguacil mayor, a razón de 266 pesos 5 reales, con la obligación de que si alguno de dichos herederos quisiese dicha casa se le había de entregar con el cargo de dichas tutelas; y en ocasión de que han tomado estado don José de Tembra y Simanes, hermano del otorgante, con doña Catalina de Soto Noguera, una de las hijas y herederas de dicho alguacil mayor, han convenido en entregarles la dicha casa, obligándose a tener en su poder las tutelas de doña María, doña Juana Teresa de Soto Noguera y Juan de Soto Noguera, menores, y la parte que tiene doña Catalina, su mujer. Asimismo, obligarse a la paga de 533 pesos 5 reales en cuatro años, los mismos que tenía gastados el dicho Benito Rendón por las tutelas de las dos hijas que se casaron. Y habiendo notificado dicho alcalde a las partes interesadas, que son: don Luis Martínez de Figueroa, marido de doña Gertrudis de Soto Noguera; a don Hilario Alonso, marido de doña Margarita de Soto Noguera; y a Juan de Vega, curador ad litem de los menores hijos de dicho alguacil mayor; dijeron consentían la entrega de la casa con la condición de que don José de Tembra reconociera las tutelas, entregar sus legítimas, pagar los réditos y presentar fiadores. Y habiendo don José de Tembra presentado por fiadores a Luis Martínez de Figueroa y a Hilario Alonso, poniendo en efecto el auto proveído por dicho señor alcalde donde reconoce la fianza y autoriza la venta, por la presente venden a don José de Tembra y Simanes dicha casa que está en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa para la Nueva ciudad de la Veracruz, haciendo esquina y frente con la casa de los otorgantes, en precio de 1 600 pesos de oro común en reales, de los cuales 799 pesos 7 reales pertenecen a las tutelas de los menores hijos de dicho Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, a razón de 266 pesos 5 reales a cada uno de los tres y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento anual hasta que tomen estado o tengan la edad pertinente; 266 pesos 5 reales pertenecientes a la dicha doña Catalina de Soto, por razón de su legítima; y los restantes 533 pesos 5 reales que se ha de obligar a pagar dentro de 4 años.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San José en esta jurisdicción, otorga haber recibido del Señor Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, a saber tres libranzas: una dada por el Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa, de 600 pesos sobre el Capitán Manuel de Soto Guerrero, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, a favor de Antonio Millán Quijada, vecino de esta villa; otra de dicho Antonio Millán Quijada de 300 pesos sobre el Capitán Miguel de Iglesias, vecino de la ciudad de los Ángeles, a favor del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y otra del mismo Antonio Millán Quijada sobre el Capitán don José de Carvajal y Contreras, vecino de esta villa, de 587 pesos 6 reales a favor de dicho Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís. Las cuales están puestas contentas por dicho alguacil mayor por cuenta del otorgante, y son las mismas que exhibió el dicho Antonio Millán por la cantidad de 1 500 pesos que le debía; y las tres libranzas importan 1 487 pesos 6 reales que junto con 12 pesos 2 reales que tenía recibidos el otorgante suman los 1 500 pesos; por lo cual otorga carta de pago y recibo en forma y se obliga a que cobrada dicha cantidad la tendrá en depósito hasta que se liquide el quinto que le toca y pertenece a doña Marina Gómez Dávila, su difunta madre, que está siguiendo el otorgante ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, contra el Secretario Juan de Espinosa, sobre que dé cuentas de dicho albaceazgo; y si los dichos señores de la Real Audiencia declararan caber en el quinto los dichos 1 500 pesos para la obra pía que dejó la dicha difunta y se le mandaran devolver para imponerlos sobre la casa del dicho Antonio Millán, el otorgante los exhibirá luego que sea requerido, para lo cual hipoteca su hacienda de hacer azúcar.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Gaspar Rendón, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, en nombre de don Diego Ignacio de Valverde y Barrios, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, y en virtud del poder general que le otorgó en dicha ciudad el 18 de febrero de 1711 ante Juan de Campo y Anaya, Escribano Real y Público, vende al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, un esclavo negro nombrado Fernando, de dieciséis años de edad más o menos, el mismo que don Diego Ignacio de Valverde hubo y compró del General don Fernando de Torquemada. Lo vende en precio de 350 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa de Córdoba y Alcalde Ordinario de ella por Su Majestad, en nombre de don Diego Ignacio de Valverde y Barrios, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en virtud de poder general que le otorgó en dicha ciudad el 18 de febrero de 1711; y como marido y conjunta persona de doña María de Espinal y Ugarte, viuda que fue del Regidor don Juan Francisco Sáenz de Miera, difunto; otorga que vende al Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa Por Su Majestad, dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, tres piezas de esclavos, uno negro nombrado Francisco y una negra nombrada Josefa, su mujer, natural de Portorrico [Puerto Rico], los mismos que se le adjudicaron a dicha María de Espinal y Ugarte como parte de la dote de su primer marido; y un mulato nombrado Francisco, de veintiocho años de edad poco más o menos, el mismo que don Diego Ignacio de Valverde y Barrios compró de los bienes de don Juan Francisco Sáenz de Miera, vecino de la Nueva Veracruz, apoderado del Licenciado don Sebastián de Morales y Figueroa, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y partido de Xalasingo [Jalacingo]. Los vende en precio de 930 pesos de oro común en reales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon José de Tembra y Simanes, vecino de esta villa de Córdoba, marido y conjunta persona de doña Catalina de Soto Noguera, una de las hijas y herederas del Alguacil Mayor don Juan de Soto Noguera y de doña Tomasa Rodríguez Romano, difuntos; otorga haber recibido de don Luis Martínez de Figueroa, vecino de esta villa, como tutor y curador ad bona de la susodicha, la cantidad de 566 pesos de oro común en reales, los mismos que le corresponden a doña Catalina por herencia de sus difuntos padres.
GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTORJoseph Gómez [Dávila], vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de Joseph [José] Sánchez Laso y de [Gertrudis] de Rojas, su mujer, vecinos de la ciudad de los Ángeles, [vende] al Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa, caballería y media y una suerte de tierra eriaza que tiene en esta jurisdicción, donde llaman la Piedra Gorda, que linda [roto] por la parte del sur con tierras de Gaspar [González]; dichas tierras fueron antes de Bartolomé [Rodríguez] Bolaños, Alguacil Mayor que fue de esta villa, las cuales ahora vende libre de censo e hipoteca y por precio de 300 pesos de oro común, que tiene recibidos.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Bachiller Juan García de Arroyo, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa, dijo que en virtud del poder que le dieron Joseph [José] Pérez de la Peña y María Ramírez de Ferrera, su mujer, vecinos que fueron de esta villa, por escritura hecha en la ciudad de los Ángeles el 6 de julio de 1676, otorga carta de pago a favor de Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y de San Antonio Guatusco [Huatusco], por el resto de 800 pesos que el susodicho le debía a María Ferrera, difunta y madre de la susodicha, cuya cantidad es el precio de una casa y solar que le vendieron en esta villa.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJoseph [José] de Arévalo, vecino de esta jurisdicción y villa de Córdoba, haciendo deuda ajena propia en nombre de Juan Luis, vecino de esta villa, preso en la cárcel pública, se obliga a pagar a Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y partido de San Antonio [Huatusco], 176 pesos de oro común, de los cuales 146 pesos son por otros tantos que al susodicho le debe Juan Luis y los 30 pesos restantes por cumplimiento a toda la cantidad, la cual pagará a finales del mes de agosto de 1681 en tabaco fino de a 2 reales cada manojo.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan Luis [roto], vecino de esta villa de Córdoba, se obliga a pagar a Joseph [José] de Arévalo 153 pesos y 4 reales de oro común, los mismos que Arévalo se obligó a pagar en su nombre a Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa, y por los que estaba preso en la cárcel pública de esta villa. El rembolso de tal suma lo hará sirviendo con su trabajo personal en los tabacales y milpas de Arévalo por meses corridos a razón de 5 pesos cada uno, hasta que enteramente pague la deuda que tiene con él, por lo que Arévalo ha de ser obligado a darle para su sustento la ración acostumbrada de maíz, carne, sal y chile.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO