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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0085 · Unidad documental simple · 1832/07/27
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco González, apoderado de doña María Josefa Ortiz y doña Gertrudis Rodríguez Guevara, en unión del ciudadano Alejandro Vázquez, albacea de Santiago López; solicita se eleve a testamento nuncupativo el que antes de fallecer otorgó don Santiago López en presencia de testigos, el día 18 de mayo de 1832 en esta ciudad, en el cual don Santiago López declara ser natural de Perote y vecino de esta ciudad, hijo legítimo de don Santiago López y de doña María de la O Rodríguez, difuntos; asimismo, declara fue casado con doña Matiana Morales, difunta, en cuyo matrimonio procrearon a José Narciso, que también falleció; declara por bienes una casita situada en la calle del Hospital de Mujeres; nombra como herederas a sus sobrinas doña Gertrudis Rodríguez Guevara y a doña María Josefa Ortiz, y como albacea a don Alejandro Vázquez. Para que la memoria otorgada por don Santiago se eleve a testamento nuncupativo, don Francisco González solicita se sirva mandar que don José Antonio Franceschi y Castro, don José Joaquín Martínez y Vázquez, don Paulino Mejía, don Matías Hernández y don Justo Muñoz, el Presbítero José Ignacio Ibáñez y Domingo Rica, testigos de cuando Santiago López otorgó su memoria testamentaria, den su declaración y respondan a algunas preguntas respecto a dicha memoria del difunto. Asimismo, suplica se sirva ayudar como pobre a la señora Rodríguez Guevara por serlo de notoriedad. Y tras la declaración de testigos y la presentación de otras pruebas solicitadas por el Juez Licenciado Antonio María de Rivera, el alcalde de segunda nominación de Xalapa, declara por testamento nuncupativo la memoria hecha por Santiago López.

              JUAN HERRERO, SECRETARIO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0122 · Unidad documental simple · 1832/09/28
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Juan Francisco Oliva, como albacea nombrado en cédula que dictó antes de morir doña María Ignacia Herrera, solicita se declare como testamento nuncupativo dicha cédula que otorgó la susodicha el 22 de marzo de 1831, en la cual declaró haber estado casada con Mariano Jacinto Rodríguez, difunto; también, dijo tener por bienes una casa de cal y canto en la esquina y calle que nombran para Almolonga, en tierra propia; nombró como albacea a Juan Francisco Oliva y declaró por hijos a María Agustina Rodríguez, quien tiene un hijo nombrado Francisco Callejas; a María Simona Rodríguez, casada con Miguel Hernández; y a Manuel María Rodríguez, soltero, a quienes nombró herederos. Para que la cédula otorgada por doña Ignacia se declare testamento nuncupativo, Juan Francisco Oliva suplica se sirva mandar que Manuel Rueda, Miguel Hernández, José Leonardo Medina, Simón Peña, Mariano Cadena y Remigio Antonio López, testigos de cuando doña Ignacia otorgó dicha cédula, den su declaración y respondan a algunas preguntas respecto a dicha cédula, y posteriormente se protocolice en el registro del oficio público de esta ciudad. Y tras la declaración de testigos y la presentación de otras pruebas solicitadas por Mariano Rincón, Alcalde de Segunda Nominación Interino, éste declara por testamento nuncupativo la cédula que dejó doña María Ignacia Herrera y manda que estas diligencias se protocolicen en el registro público.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0160 · Unidad documental simple · 1832/12/03
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Manuela Jácome y don Francisco Jácome, vecinos de Coatepec, albaceas, hijos y herederos de don José Jácome, otorgan la primera que da y el segundo que recibe en adjudicación un jacal de rajas cubierto de teja y un solar en que se halla ubicado en Coatepec, compuesto de 41 y media varas de frente y 42 de fondo, lindando por el oriente, calle Nueva de por medio, con solar de Josefa Vallecillo; por el poniente con el de doña Manuela Rebolledo; por el sur, calle de San Juan de por medio, con el de don Francisco Galván y Segovia; y por el norte con el de don Dionisio Camacho; siendo propias de este solar las dos cercas de madera del oriente y sur. Cuya adjudicación la hace la expresada doña Manuela Jácome por sí y a nombre de sus coherederas: doña María Celidonia [Jácome], doña Guadalupe [Jácome], don Cruz Galván, viudo y en representación de doña María de Jesús, y de don José María Jácome, por quienes prestan voz y caución. En tal virtud queda hecha esta adjudicación en la cantidad de 180 pesos de que deduciéndosele a don Francisco lo que le corresponde por su hijuela y lo que acredite haber gastado a beneficio de la testamentaria de su padre, el resto le entregará en efectivo en dicho juzgado, para que allí se satisfagan a sus coherederos sus respectivas hijuelas de todo lo que se pondrá constancia pro el juez al pie del testimonio de esta escritura para que así conste quedarle la casa y solar libres de esta responsabilidad, como lo está libre de gravamen e hipoteca.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0108 · Unidad documental simple · 1833/09/04
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Francisco de Bárcena, actual alcalde de primera nominación en ella, dijo que don Nemesio Iberri y Fonseca, como apoderado general de su padre don Antonio Abad Iberri, abuelo y tutor de don José María Castillo Iberri, le ha entregado al señor comparente la cantidad 2 000 pesos a depósito irregular, sin término fijo para su redención. Cuya suma pertenece al nominado menor José María Castillo, por réditos de los bienes que tiene en la ciudad de Cádiz de la península española. Y reduciéndolo a efecto don Juan Francisco de Bárcena otorga que tiene en su poder, desde el 2 del corriente la relacionada cantidad, y a satisfacer, durante el tiempo que permanezcan en su poder, el respectivo rédito de un 5 por ciento anual, que deberán contarse desde el 2 del presente mes; así mismo, se obliga a exhibir el capital a los dos meses después de que se le dé aviso. Y para mayor seguridad hipoteca, sujeta y grava todos los bienes que actualmente posee y los que en lo sucesivo adquiera.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0113 · Unidad documental simple · 1833/09/09
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Bernabé de Elías Vallejo, de esta vecindad y comercio, curador ad bona de doña María Francisca y doña María del Carmen [Merino], hijas del finado don Francisco Merino, cuya curaduría y diligencias están agregadas en este mismo protocolo; dijo que, ante el alcalde de segunda nominación de esta ciudad, puso demanda el Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, albacea del Presbítero del Francisco de Campo, que lo fue del expresado Francisco Merino, por 258 pesos y los premios corridos al 5 por ciento desde el 22 de junio de 1819, que el propio Merino se obligó a pagarle a don Fernando de Cubas, que es a quién pertenece dicho crédito. Pues el intento del Presbítero Ulloa es que se libere a la testamentaria del Presbítero Campo de la responsabilidad que éste quiso contraer como garante según se percibe al pie de la obligación que otorgó Merino y le eximan igualmente de contestaciones, respecto a que hay una finca propia del principal deudor. Y a que Cubas está corriente a entenderse con el actual representante de los bienes de Merino, siempre que se le otorgue formal escritura con hipoteca de la casa del repetido finado deudor. Y el comparente convencido de la legitimidad de la deuda y considerando el prejuicio que les resultaría a sus menores de que se entablase un juicio o se quisiera practicar algunas otras diligencias judiciales, tuvo por más benéfico a dichas menores convenir en los términos que se expresan en la copia del acta conciliatoria. Y en consecuencia de lo expuesto, don Bernabé de Elías, como curador ad bona de las citadas menores otorga que obliga los bienes del finado don Francisco Merino al pago de los relacionados 258 pesos y los premios que correspondan, desde la fecha que se menciona, por lo que verifique el pago, tan luego como se logre la venta de la casa que va a hipotecarse. Y para la mayor seguridad del adeudo hipoteca una casa de la testamentaria del finado Merino, ubicada en esta ciudad a la calle que nombran de Alba y cuyos linderos según la escritura de venta que le otorgaron a Merino el 26 de abril de 1810 que son los siguiente: su frente al poniente con 24 y media varas y del otro lado la boca del callejón que nombran de Tomás Campos y casas bajas de doña María Josefa Casanova dicha calle en medio; y 50 de fondo hacia el oriente por donde linda con solar que fue de Domingo Roldán, y al tiempo de la venta pertenecía a los herederos de Roque Ortiz; y por el sur con casa y solar que fue del difunto Antonio de los Reyes. Y no cumpliendo así, podrá el acreedor sacarla de terceros o más poseedores, vendarla y rematarla para reintegrarse del repetido crédito, réditos y de las costas que en la cobranza se originen.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0161 · Unidad documental simple · 1825/10/18
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Becerra, de este comercio y vecindad, dijo que en el juzgado político de esta villa, a cargo del alcalde de segunda nominación don Francisco Fernández y Agudo, se sigue sumaria averiguación contra su hijo político don Gervasio Rodríguez, a resultas de cierta conversación o contienda que tuvo en la tienda de don Fernando Orejan, que se ha estimado por subversiva y en tal virtud se le puso en arresto en una prevención. Más como sus males aumentaron y sus bienes y familia estuvieron casi en el abandono, en ocasión de estar ausente su esposa, ha estimado dicho juez trasladarle su prisión a la casa de su morada, bajo la correspondiente fianza de guardar en ella el arresto y estar a derecho en la causa cada y cuanto se necesite en el progreso de ella. Por tanto, el otorgante se constituye fiador del mencionado Gervasio Rodríguez, de tal manera que este guardará segura prisión en su casa hasta que el juez de la causa le alce su prisión y comparecerá ante él en el discurso de la causa cada y cuando se le llame sin el menor retardo; y si faltase en alguno de estos casos, sufrirá el otorgante la pena personal como tal fiador.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0023 · Unidad documental simple · 1827/07/02
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Mariano Lagunes, síndico procurador del lugar de Nuestra Señora del Chico, en jurisdicción de este cantón, dijo que penetrados los vecinos y moradores de aquel distrito de los muchos y grandes beneficios que deben resultarles el que se constituya y erija en formal población el expresado lugar, han celebrado una junta precedida y autorizada por su alcalde constitucional don José Felipe Riveros, a la que concurrió la mayor parte de los individuos de que se compone en la actualidad, y en ella con toda la madurez y reflexiones de vida, discutieron largamente sobre tan interesante objeto; y considerando que para ello necesitaban de un individuo apto y capaz de desempeñarle, atendiendo a las recomendables circunstancias de don Juan de Quero, deliberaron todos de común acuerdo conferirle sus facultades y todo el poder bastante para impetrar de la superioridad esta merced y llevar a cabo el asunto hasta su perfecta conclusión, como todo se deja ver del documento dado por el enunciado Alcalde. Por lo que usando de las facultades que el vecindario le dio, otorga poder especial al citado Juan de Quero, para que por cuantas maneras le sean posibles, y en el modo y forma más conveniente, solicite del Honorable Congreso del Estado, Excelentísimo Señor Gobernador, Jefes de Departamento y de Cantón, la concesión de titularse formal y verdadero pueblo aquella reducción, y se le concedan todas las preminencias, franquicias y derechos que le son debidas; y al intento presente memoriales, suplicas, representaciones, escrito y escrituras que sean conducentes y favorables.

              JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARA
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0130 · Unidad documental simple · 1823/07/16
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio María Casas, de esta vecindad, dijo que en el juzgado del partido pende un artículo contra don Rafael de Aguilar, actual alcalde Constitucional del pueblo de Naolinco, a consecuencia de queja que interpuso el de igual clase del pueblo de Chiltoyac, por haberlo puesto en la cárcel pública de aquel pueblo. La junta provincial, preceptó que se le pusiese en libertad de la prisión, bajo la correspondiente fianza; y en obedecimiento de esto, el compareciente deseoso de hacer este servicio, por la presente, otorga que se constituye fiador del mencionado don Rafael de Aguilar, al que recibe al fiado en la puerta del arresto, y donde se constituye y se obliga a presentarlo siempre y cuando se lo pida el señor juez de la causa o en el juzgado.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0003 · Unidad documental simple · 1824/01/24
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              En virtud de auto proveído en este día con dictamen del asesor don Agustín García de Tejada, por el señor don Francisco Herrero, alcalde de segunda nominación en ella, el presente escribano adjunta documento de testimonio de fianza, que dio don Pedro José del Valle y Vieyra en nombre de su madre doña María Josefa de Vieyra y Álvarez, con don Juan Bautista Garaicoechea. El cual corre a pie de la foja 79 de los autos ejecutivos que sobre pesos promovieron contra don José Manuel Cruz y Bremont. Asimismo, agrega con esta constancia al protocolo.

              JOSÉ IGNACIO JIMÉNEZ PÉREZ, ESCRIBANO NACIONAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0030 · Unidad documental simple · 1824/10/23
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Bernabé Sánchez, del comercio de Veracruz y residente en esta villa, otorga poder especial don José María Gómez Vélez, vecino de la plaza de Veracruz, para que en su nombre se presente ante el alcalde primero constitucional, juez interino de hacienda de dicha plaza don Manuel María Pérez, a gestionar y contestar en el expediente que en su juzgado se sigue sobre detención y aprensión de unos afectos de licito comercio de la propiedad del señor Pedro Harmony, vecino de los Estados Unidos del Norte. Dicho poder lo confiere sin limitación alguna y con facultad de sustituirlo.

              JOSÉ IGNACIO JIMÉNEZ, ESCRIBANO NACIONAL