Los Capitanes don José Robledano de Cardeña, don Bartolomé de Castro, don Laureano Fernández de Ulloa y don José Antonio de Acosta vecinos de este pueblo, como apoderados de este vecindario, traspasan el citado poder a don Juan Ricardo de Guzmán, vecino de esta jurisdicción, para la recaudación, cobranzas y otras diligencias en las Reales Alcabalas de los lugares de Jalacingo, Teziutlán, Atempa, Papantla y San Juan de los Llanos.
ALCABALAS
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Don José Robledano Cardeña, vecino de este pueblo, substituye el poder especial que le confirió don Agustín López Valdez, vecino de la Ciudad de México, para la administración de las alcabalas de San Juan de Llanos; a favor de don José de Córdoba, vecino y labrador del partido de San Juan de los Llanos; don Miguel Guerrero Bustamante, y don Nicolás Pérez.
Don Francisco de Achiga, vecino de la Ciudad de México, otorga poder especial a don Juan de Vera, vecino de dicha ciudad, para que cobre a don Juan Antonio Montaña, vecino de Querétaro, la cantidad de 12, 000 pesos de oro, por el remate de las alcabalas ubicadas en la jurisdicción de Celaya.
Don Sebastián Herrero, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Miguel Ruiz de Allende, vecino de la Ciudad de México, para que comparezca ante el Juez Contador de las Reales Alcabalas de este Reino o ante los demás Jueces y Justicias, donde con derecho pueda entrar en la almoneda que se hiciese del arrendamiento de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción de Jalapa, que se sacarán a pregón y una vez conseguido el remate lo acepte en su nombre, obligándolo en forma sólo con la persona o personas que le parezca, y por sus fiadores ofreciere guardar y cumplir el tenor y condiciones.
Don Antonio Primo de Rivera, don Alonso de Alba, don Gaspar de Olavarrieta, don Antonio del Camino y Velasco, don Bartolomé Salvo, don Matías de la Mora Castañeda, entre otros vecinos, hacendados y comerciantes de este pueblo de Jalapa, quienes por haber sacado las reales alcabalas de este pueblo su jurisdicción y la de Jalacingo, por asiento y encabezamiento por otro quinquenio, como consta en la escritura de contrata que celebró don Antonio del Camino y Velasco con el Ilustrísimo Señor José de Gálvez, autorizando a este comercio y personas que por él se nombren, para el cobro de dichas alcabalas y los subrogó en el mismo lugar antelación y derecho del Real Fisco, por lo que se ordenó que los actuales diputados u otros que de nuevo se nombren por el común de vecinos de este pueblo y continúen en la exacción y cobro del citado real derecho de alcabala de su cuenta, como si fuera el Real Fisco; por lo que se congregaron en la Real Aduana de este pueblo los ya nominados para tratar el gobierno económico que se ha de observar, y por pluralidad de votos eligieron y nombraron como diputados por el primer tercio de cada año a los Capitanes Alonso de Alba y Gaspar de Olavarrieta; para el segundo a don Manuel Bárcena Bezanilla y a don Francisco Javier Fernández de Ulloa; y para el tercero a don Juan Gómez de Estrada y a don Pedro Gorrindo Palomino, para que den cuentas de este comercio y recauden las alcabalas que se causen.
Don Antonio Primo de Rivera, Administrador y Recaudador de Rentas Reales en este pueblo de Jalapa, por poder que tiene de don Ignacio Legazpi vecino de la Nueva Veracruz, exhibió escritura por la que se obligó don Juan Gatica y don Pedro Gatica, padre e hijo, a pagar a don Pedro Menviela y en su nombre a dicho don Ignacio Legazpi, la cantidad de 250 pesos escudos de a 128 cuartos cada uno, lo cual se da por entregado el otorgante y cancela y anula la escritura de obligación.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo, otorga poder especial a don Domingo de Villanueva, natural de España y residente en la Ciudad de México, para que comparezca en la Real Almoneda de la Ciudad de México, donde se remataran las reales alcabalas de la jurisdicción de Jalapa, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Papantla, Tetela y Jonotla, haciendo las posturas que convengan y le parezcan.
Don Bernardo Cardeña, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Antonio Cristóbal de Salamanca, Agente de Negocios en el Real Palacio de México, para que comparezca ante el Contador General de Alcabalas y lo obligue a favor de Real Hacienda en la Contaduría de Alcabalas de la Ciudad de México, en la cantidad de 2, 000 pesos, como fiador de don Bernardo Rodríguez del Toro, a quien se le remataron en arrendamiento las reales alcabalas de la Nueva Veracruz, por el tiempo de 5 años.
Don Luis de Escobar, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder a don Antonio Cristóbal de Salamanca, Agente de Negocios de la Ciudad de México, para que lo obligue como fiador a favor de la Real Hacienda, por la cantidad de 2, 000 pesos, por concepto de las alcabalas de Veracruz, que se remataron para arrendamiento a don Bernardo Rodríguez del Toro, vecino de la Nueva Veracruz, por tiempo de 5 años.
Don Gaspar de Olavarrieta, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Antonio Cristóbal de Salamanca, Agente de Negocios de la Ciudad de México, para que lo obligue como fiador a favor de la Real Hacienda, por la cantidad de 2, 000 pesos, por las alcabalas que se remataron en arrendamiento a Bernardo Rodríguez del Toro, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, por el periodo de 5 años.