Don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, don Juan de Bárcena, don Nicolás Manuel Fernández del Campo, don Domingo Franceschi[Franco], entre otros vecinos y del comercio de la Villa de Xalapa, otorgan poder especial a don Javier Leandro de Irigoyen, vecino y del comercio de la Corte de México, para que en nombre de los otorgantes se presente ante el Excelentísimo Señor Virrey, Junta Superior de la Real Hacienda y la Real Audiencia de este Reino, y haga la representación conducente sobre el indulto de las alcabalas de esta Villa, que ha estado en litigio, de los efectos comprados para el menudeo de las tiendas de esta Villa al Comercio de España, desde el año de 86 hasta la consecución de dicho indulto.
ALCABALAS
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Don Gaspar de Aburruza, Corregidor por Su Majestad en este partido, Juez de Caminos y de Registros y demás comisiones agregadas, dijo que para el bien público y República de este pueblo, así como, para la cobranza de las reales alcabalas de Su Majestad, ordena que todos los panaderos de este pueblo y jurisdicción, que acostumbran hacer y vender pan, amasen y den libra y media de pan cocido sin que falte cosa alguna, en el inter que se provee otro remedio por andar el trigo caro; ordena que todos los vecinos y moradores entrantes y salientes y los que tienen tienda, manifiesten ante el escribano público todas las mercaderías que al presente tienen para vender y las que vayan metiendo en su tienda, para que cada cuatro meses mediante dichas manifestaciones se haga cuenta y se cobre a ellos lo que deban a Su Majestad, lo cual se asentará en el libro de su cargo, y los que vendan vino lo manifiesten so pena de perdido; ordena que ningún vecino de este pueblo y jurisdicción compre a indios mercaderías ni géneros de comer, sino que los dejen venir a la plaza pública de este pueblo para que allí todos lo compren y se prevengan de lo necesario, y los que compren a los indios fuera de dicha plaza incurrirán en pena de 2 pesos de oro común cada vez que contravengan los unos y los otros comprehendidos en este auto; y para que venga a noticia de todos y ninguno pretenda ignorancia, ordena se pregone este auto en las partes acostumbradas.
Francisco Borjes Pacheco, mercader y vecino de este pueblo, manifestó tener al presente en su tienda de resto y rezago de las mercaderías que tiene manifestadas y de las cuales tiene pagada la alcabala y de las que no ha pagado, tanto de la tierra como de Castilla: cacao, jabón, candelas de cera y cebo, vino, aceite y vinagre, sal de Tehuacán y de la mar, lasos, reatas, petates, losas, tabaco, anís y otras especerías y mercerías, plomo y munición, camarones, pescado, aguardiente, colación, cebollas y ajos. Cuyas mercaderías vendidas montan aproximadamente 300 pesos. Asimismo, solicitó al corregidor le diera postura de las mercaderías comestibles, vino, vinagre y aceite, a lo que el corregidor ordenó que el camarón limpio lo venda a 3 reales la libra y el pescado a tomín y medio, el vino a 3 reales y el vinagre a 2, el aguardiente a 6 reales y la medida de aceite por 1 real, y el vino lo venda a españoles y no a personas prohibidas.
Juan Martín de Castro, vecino de este pueblo, a cuyo cargo está la tenería de curtir cuero de suela de su hermano Marcos Martín, manifestó que desde el 1 de enero del presente año se curtieron y vendieron 30 cueros de suela, teniendo por vender 142 curtidos, en pelo cinco y los demás en la pila y adoquín, entre esta partida hay 24 dañados hechos pedazos que siempre han estado por suelo, haciendo por todos 142. Asimismo, el corregidor le ordenó manifieste todos los cueros que en la dicha tenería curtan, los que entren en ella y los que venda, para que hecha la cuenta cada cuatro meses se pague la alcabala y se cobre los derechos y pertenencias de dicha suela a la Armada de Barlovento y se haga carga en los libros.
Domingo de Licona, residente en esta Nueva España, vende a Diego de Salazar un esclavo negro, bozal, de tierra Mandinga, llamado Juan, de 24 años de edad, poco más o menos, por el precio de 420 pesos de oro común, horros de alcabala.
El Capitán Don José de Ceballos y Burgos, dueño de ingenios de azúcar en esta jurisdicción, habiéndosele leído la escritura que prestando voz y caución por el susodicho y otros que en ella se refieren, otorgó el Capitán Don Nicolás Flores Altamirano, dueño del ingenio de Almolonga, en favor de Su Majestad y de Doña Ana Fernández de la Calleja, viuda de Fernando de Arriaga, en razón de los cuatro años que estaban por cuenta de su marido con comisión para la cobranza de las reales alcabalas de esta provincia, que pasó ante escribano el 25 de septiembre del presente año, en el rancho nombrado Santa Cruz. Y sabedor de la dicha comisión, calidades y condiciones de ella, el otorgante ratificó y aprobó la referida escritura.
Don Antonio de Orduña Loyando, dueño del ingenio San Pedro Buenavista, aprobó la escritura de Don Nicolás Flores Altamirano, dueño del ingenio San Miguel Almolonga, hizo en su nombre y de los capitanes Don José de Ceballos y Burgos, y Don Francisco de la Higuera Matamoros, en favor de su Majestad. Y de Doña Ana Fernández de la Calleja, viuda de Fernando de Arriaga, por remate que se le hizo de la administración y cobranza de las reales alcabalas en esta provincia.
El Capitán Don Nicolás Flores Altamirano, dueño del ingenio de San Miguel Almolonga, dio su poder cumplido a Juan Rodríguez de Bonilla, vecino de este pueblo, para que en su nombre use de la comisión para cobrar las alcabalas, según traspaso que a él y a otras personas les hizo Doña Ana Fernández de la Calleja.
Don Francisco Miguel de Campo, como principal obligado y Miguel Jiménez Carralero, vecinos del pueblo de Jalapa, se constituyen en fiadores reales y llanos, y dicho Francisco Miguel del Campo declara que por cuanto el Alférez Sebastián de Flores Moreno, el Tesorero Miguel Jerónimo López de Ontanar, Juan Prieto Rendón, Diego de la Torre Arnate, entre otros vecinos de este pueblo, le otorgaron poder para la recaudación de las Reales Alcabalas y para el seguro entrego de la renta se obligan de enterar en la Real Caja de la Ciudad de México, 975 pesos que fueron los que cupieron en el rateo que se hizo entre las demás provincias a quienes se remataron las Reales Alcabalas y les cupo dicha cantidad a esta provincia, la de Jalacingo, y Tetela.
Don Francisco Miguel de Campo, vecino de Jalapa, dijo que el 12 de febrero de 1705, le otorgaron el remate de las Reales Alcabalas por tiempo de 6 años, en virtud de despacho del Capitán Francisco Rodezmo, Contador, Juez Administrador General de Reales Alcabalas, y usando de la facultad que para esa administración le concede, sustituye el poder de administración de esa renta en Juan Francisco de Campo, su hijo, residente en la ciudad de México, para que parezca ante el Santo Tribunal de la Inquisición y demás tribunales hasta conseguir la íntegra paga o despacho contra Manuel de Acosta y contra quien de derecho deba para que lo haga en lo que toca a la compra de un trapiche en esta jurisdicción, y después le devuelva la administración.