Juan Hernández, vecino del pueblo de Jalapa, como principal, actuando con poder que le tiene otorgado Francisco de Thormes, Administrador en esta provincia y la de Jalacingo de las Reales Alcabalas, y don José Pérez de Arellano, vecino del pueblo de Misantla, como fiador y llano pagador, se obligan de mancomún, para la recaudación y cobranza de las Reales Alcabalas, dándole cuenta a Francisco de Thormes, y no haciendo la paga puntual obliga a su fiador haciendo suya la deuda.
ALCABALAS
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Los capitanes José Robledano de Cardeña y Bartolomé de Castro, administradores y arrendatarios de las Reales Alcabalas de la jurisdicción de Jalapa, otorgan poder a don Agustín Suárez y Bernabé Vázquez, de esta misma vecindad, para que en su nombre pidan, reciban y recauden las reales alcabalas que se causen en esta jurisdicción ajustándolas y moderándolas como se practica y de lo que se reciba y cobre pueda otorgar recibos y cartas de pago.
Manuel Rodríguez Melo, miembro de la Orden de San Hipólito del convento y hospitalidad de este pueblo, dijo que el Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo, hizo cesión a dicho hospital de la liquidación de cuentas por las alcabalas que arrendó en compañía del Capitán don Bartolomé de Castro; este último como cesionario de don José Robledano de Cardeña debe otorgar finiquitos para terminar de pagar la cuenta de 307 pesos y 5 reales.
El Capitán don Manuel de Olmedo, vecino de este pueblo, otorga poder especial al Capitán don Sebastián Aziburo, vecino de la Ciudad de México, para que en su nombre comparezca ante el Juez Contador General de Reales Alcabalas de este reino, y pida se haga liquidación de la cuenta de la recaudación de las Reales Alcabalas causadas por los flotistas.
Don Antonio Moscoso, vecino de Perote, como principal, junto con don Juan de Dios Thormes y don Domingo José de Santa María, vecinos de este pueblo, como fiadores, se obligan a pagar al Capitán don José Robledano de Cardeña, la cantidad de 1, 000 pesos de oro común cada año, por el arrendamiento de las alcabalas de Jalacingo y Teziutlán, por el tiempo de 5 años.
Don Melchor Francisco Sánchez, vecino del pueblo de Jalacingo, declara que el 28 de mayo de 1698, se remataron en él como mejor postor las Reales Alcabalas de los partidos de San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa de Jalacingo y Jalapa por 6 años que comenzaron a correr el 29 de enero de ese año en 700 pesos anuales; asimismo las de los partidos de Papantla, Tetela y Jonotla. Dado lo anterior y teniendo éste las Reales Alcabalas, las otorga en arrendamiento a Miguel Jerónimo López de Ontanar, vecino del pueblo de Jalapa, por 4 años a partir del 29 de enero de 1700 en 700 pesos de oro común cada año, por lo que le cede, renuncia y transfiere sus derechos y acciones.
Miguel de Origuen, vecino del pueblo de Jalacingo, Teniente de Ausencias de don Francisco de Sierra Hurtado otorga poder especial al Doctor Carlos Bermúdez, Abogado de la Real Audiencia de México, vecino de ella, para todos sus pleitos civiles, criminales, eclesiásticos, y en su representación parezca ante los señores presidentes y oidores y siga las mandas o pleitos que le fueran puestos por don Melchor Francisco Sánchez, arrendatario de las Reales Alcabalas de la jurisdicción de Jalacingo.
El Capitán Antonio Beltrán, el Alférez Sebastián Ruiz Fernández, Lucas Cardeña, Juan de Villegas, Marcos de Vargas, José de Alejandro, Lucas Pérez, José Hernández, entre otros vecinos del pueblo de Jalacingo, vecinos del pueblo de Santa María Magdalena Altotonga y del pueblo de San Andrés Atzalan, otorgan poder especial al Doctor Carlos Bermúdez, Abogado de la Real Audiencia y Cancillería de México, vecino de ella, para que en su representación pueda parecer ante el Rey o en sus Tribunales de Reales Alcabalas y con derecho pida sea servido demandar, que por el tanto que le tocó a esta provincia en el remate de las alcabalas, que se le hizo a don Melchor Francisco Sánchez, se le dé a dicha provincia, y que en caso negado, exprese agravios y pida se le abra remate, haciendo las posturas necesarias.\r\n
Juan Antonio Aguristiaga, vecino de la ciudad de La Antigua Veracruz, arrendatario de las Reales Alcabalas por remate que de ella se le hizo en la Real Almoneda de la Ciudad de México el 12 de junio de 1797, usando de esa facultad para nombrar personas en dicha jurisdicción en la recaudación y cobranza de las Reales Alcabalas, otorga poder especial al Capitán Baltazar Ortiz de Mendiola y a Pedro del Río Aboza, vecinos de la provincia de San Juan de los Llanos a cada uno in solidum para en su representación puedan recibir y cobrar de todas y cualquier personas las cantidades de pesos que causaran las Reales Alcabalas.
El General Pedro Fernández de Santillán, Caballero de la Orden de Santiago, Miguel Jiménez Carralero y José Ortiz, vecinos de Jalapa, otorgan fianza a favor de Juan Bravo de Alarcón, quien salió beneficiado en el remate que se hizo de las Reales Alcabalas de esta provincia, la de San Juan de los Llanos, Teziutlán, Jalacingo, Tetela, Jonotla y partido de Papantla, para pagar la cantidad de pesos en que se le hizo el remate, con más de 1, 000 pesos que tiene ofrecidos, sin que se proceda contra el dicho Juan Bravo ni sus bienes, así renuncian a la firmeza de esta escritura y obligan sus personas y bienes.