ACATZINGO, PUEBLO DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0094 · Pièce · 1829/08/22
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano Juan José Rebolledo, vecino del pueblo de Jico [Xico] en este cantón, de quién le ha dado conocimiento don Manuel Patiño, dijo: que tiene convenio de venderle al ciudadano Juan Suárez, vecino del pueblo de Acatzingo en partido de Tepeaca, estado de Puebla, un pedazo de tierra, situado en el pueblo de su vecindad, paraje nombrado Ozitla, lindando por una parte con el camino de este nombre, por otra con el arroyito de igual título, por otra con el camino que gira a Teocelo, y por otra con unos espinos. Cuyo terreno hubo y compró del señor cura don José Teodoro Couso. Y no pudiéndose formalizar la escritura de venta, por no estar aquí el comprador, ni quién con poder para el efecto acepte la compra; en razón de no estar legalizados los documentos que acreditan la adquisición, ha deliberado formalizar la siguiente promesa; por lo tanto, otorga que promete y se obliga a realizar la escritura de venta de la tierra, tan luego como se le requiera para ello por sujeto que tenga competente poder del nominado Juan Suárez, por cuenta del cual tiene recibidos de mano del señor cura don Idelfonso María Tamariz, los 100 pesos del precio de la venta, sobre que por no parecer de presente esa entrega, renuncia a ley de cosa no entregada y a los cuatro años que se prefinen para la prueba de su recibo; otorgando a favor de Suárez el conducente resguardo y se obliga a no apartarse del pacto convenido, pena de pagarle el precio que ahora recibe y las costas y daños que por la contravención se irrogasen. Finalmente da por celebrada perfectamente la venta.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0069-PX_0069_0206 · Pièce · 24/12/1805
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Josefa Manuela de Huesca, vecina de esta Villa, viuda de don José de Vega, otorga poder general a don Cayetano Dorantes, vecino del pueblo de Acatzingo, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban, especialmente a los albaceas de su difunto padre don José Huesca, por la parte de herencia que le corresponde.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0064-PX_0064_0072 · Pièce · 29/05/1800
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Mariano Dionisio González, vecino y del comercio de esta Villa, otorga poder especial a don Mariano Mellado, vecino y del comercio del pueblo de Acatzingo, para que en su nombre como acreedor de los bienes que quedaron por fallecimiento de Diego Vivanco, vecino que fue de Quechula, cuyos bienes se encuentran depositados en la Ciudad de Tepeaca a pedimento de don Francisco Osejo, se presente en dicho juzgado oponiéndose al concurso, por su crédito que consta en dicho juicio, pidiendo se le gradúe su deuda en el lugar que sea de justicia.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0003-PX_0003_0569 · Pièce · 22/03/1608
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Gaspar Bermúdez, vecino de Jalapa, dueño de su recua, se obligó a pagar a Francisco Luis, de la misma vecindad, o a Domingo Suriaga, vecino de Huamantla, 40 pesos de oro común, por razón de otros tantos que un indio llamado Baltasarillo debía a Francisco Desa, vecino de Acatzingo, y él salió por fiador, dos meses después de la fecha de esta escritura.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0012-PX_0012_0345 · Pièce · 31/05/1692
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Bachiller Don Isidro Astacio de Arévalo, presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles, Teniente de cura del partido de Jalapa, como hijo legítimo y heredero de Juliana Méndez, difunta, vecina que fue de Topoyango, jurisdicción de Tlaxcala, y habiendo aceptado la parte de la herencia que le toca, dio su poder cumplido al Bachiller Juan Martín Astacio de Arévalo, su hermano, Teniente de cura en el partido de Acatzingo, jurisdicción de Tepeaca, para que en su nombre acepte cualesquier bienes raíces y muebles que hubiere dejado su madre, y pida la división de los mismos entre el otorgante y sus hermanos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0050 · Pièce · 1678/11/20
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ana González de Belilla, vecina de esta villa y viuda de don Antonio Sentís [de Ojeda], como albacea de su difunto esposo hace inventario de los bienes que quedaron por su muerte, entre los que se encuentran: un solar en esta villa, en la calle de San Juan, que linda por el oriente con la casa de don Francisco Valero [Grajeda] y por el norte con solar de Catalina Álvarez. Otro solar baldío en esta villa, que linda con solar de Salvador Pérez [Milián]. Una esclava negra criolla nombrada Úrsula, de treinta años, con tres hijos, uno llamado Juan, de cuatro años; otra nombrada Micaela, de dos años; y Sebastiana Inés, de once meses. 186 cargas de trigo, mitad de candial y mitad de pelón, en poder de Antonio Franco, vecino y labrador de Acatzingo. 170 cargas de trigo que tenía en su poder Joseph [José] Ruiz Briseño, de Tecamachalco, entre otros bienes que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0065 · Pièce · 1714/05/07
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Hidalgo Infante, vecino de esta villa de Córdoba, dijo junto con su mujer doña Antonia de Negreros, difunta, otorgaron escritura de obligación por cantidad de 2 100 pesos a favor del Capitán don Diego Salgado, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, por escritura hecha en el pueblo de Acasingo [Acatzingo] el 30 de julio de 1690; y habiéndose cumplido los plazos de dicha escritura, nunca pudo pagarlos por las quiebras y pérdidas que ha tenido. Asimismo, dijo que en el años de 1712 el Bachiller don Pedro Miguel Salgado, como apoderado de doña María Teresa de Luque, su madre, le requirió la paga de dicha deuda, y por entonces le dio a cuenta 150 pesos de lo cual le dio escritura; y el día de hoy dicho bachiller presentó escrito y dicha escritura ante la Real Justicia de esta villa, pidiendo que sin dilación se le pague a su madre la cantidad de 1 950 pesos, resto de los 2 100 pesos, por tal motivo se le embargaron sus bienes poniéndolos en depósito. Pero interponiéndose personas de autoridad, deseosas de redimir su vejación la han ajustado, por lo cual otorga que debe y se obliga de pagar 1 950 pesos de la referida escritura, que debe a los bienes del Capitán don Diego Salgado, y se transfieren para pagar las dependencias causadas por el susodicho y por el Licenciado don Pedro Miguel Salgado, en virtud del poder general que tiene de la dicha su madre, y del Capitán don Juan Antonio Salgado, su hijo difunto, para las pagas de las deudas siguientes: al Capitán don Gaspar Rendón 377 pesos, al Capitán Juan de Aquesolo 580 pesos, a don Francisco Santos 190 pesos, estas partidas son deudas ocasionadas por el Capitán Diego Salgado y por don Juan Antonio Salgado, su hijo difunto. Agregadas a éstas, otras doce partidas que se mencionan en esta escritura y que son deudas personales del Licenciado don Pedro Miguel Salgado y que juntas suman 1 885 pesos. Y por cuenta de dichas cantidades se obliga a pagar cada año 200 pesos en reales de oro común, que empezarán a contar de la fecha de esta escritura en adelante hasta tener pagada su totalidad, dicha cantidad anual se le pagará a don Gaspar Rendón para que los reparta entre los acreedores, y los 65 pesos restantes al cumplimiento a los 1 950 pesos de esta escritura se agregarán y adjudicarán a la dependencia de don Gaspar Rendón para que los cobre por cuenta que tiene con el Licenciado don Pedro Miguel Salgado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0025 · Pièce · 1698/03/12
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Joseph Tiburzio [José Tiburcio] Valeriano, vecino del pueblo de Orizaba y residente en esta villa, maestro de calderero, dijo que por cuanto hace más o menos tres años pasó a segundas nupcias con doña Josepha de Villa Araus [Josefa de Villarauz], natural del pueblo de Orizaba, hija legítima de Bernardino de Villaraus [Villarauz] y de doña María de Estrada y Barba, y respecto a que por haberse acelerado el casamiento no otorgó recibo de la dote, por la presente otorga haber recibido en dote 500 pesos de oro común en reales, de mano del tío de su esposa, el Bachiller don Francisco de Villaraus [Villarauz], Presbítero Domiciliario de este obispado y vecino del pueblo de Acasingo [Acatzingo], que junto con otros 500 pesos que le dio el otorgante a su mujer en arras propter nuptias, suman 1 000 pesos que se obliga a tener en su poder por dote de su mujer.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0006 · Pièce · 1702/02/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel de Leiva Esparragosa, Regidor de esta villa de Córdoba por Su Majestad, otorga poder especial a Luis Rodríguez, vecino del pueblo de Quichula [Quechula], para que en su nombre haya, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de Carlos Ipeñarrieta, mercader viandante, la cantidad de 434 pesos, que le debe de resto y ajuste de cuentas; asimismo, cobre de Antonio Machorro, vecino del pueblo de Acacingo [Acatzingo], la cantidad 274 pesos y 5 tomines que le debe, y recibiendo dichas cantidades otorgue recibo, carta de pago y finiquitos en forma.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0109 · Pièce · 1703/08/01
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Manuela de Altamirano, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Pedro García de Meza, difunto, su albacea testamentaria y tenedora de bienes, tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos menores; dijo que por cuanto según los libros de cuentas de su marido y por cláusulas de su testamento, consta que le son deudores: Antonio de Vega, vecino de la provincia de Tepeaca, 170 pesos; Carlos de Peñarrieta 100 pesos; y en el pueblo de Acasingo [Acatzingo] le deben los bienes y herederos de Matías Delgado, difunto. Y para que haya persona que haga las diligencias para su cobro, otorga poder a Pedro José de Moya, vecino de esta villa, para que en su nombre pueda pedir, demandar, recibir y cobrar de las personas expresadas en este poder, de los bienes y herederos y de quién en derecho pueda y deba, las cantidades que le están debiendo a dicho difunto.

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