(rasgado) de la Cruz, Gobernador del Pueblo de Acatlán; Andrés Melchor, Francisco de Santiago y Francisco Martín, Alcaldes; y Francisco Ramírez, Escribano, dijeron que en cumplimiento de lo mandado acerca de las escuelas que debe haber en los pueblos, se obligan a pagar durante 3 años a José Romualdo Meza, vecino de esta jurisdicción, 100 pesos de oro común en cada uno, más un huevo por muchacho cada semana, 6 fanegas de maíz por año y dos muchachos para lo necesario, que han de correr y contarse del 1 de febrero del corriente, con la calidad de que han de tener escuela para enseñar la lengua castellana, la doctrina cristiana, a leer y escribir, los muchachos desde los 5 años hasta que tomen estado y las muchachas hasta los 10.
ACATLÁN, PUEBLO DE
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24/01/1725
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MX UV.USBIX ANX-P-0018-PX_0018_0126
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19/05/1729
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Los Oficiales de Acatlán, dijeron a través del intérprete Francisco Montero, que en cumplimiento a lo mandado por Su Majestad para que se hagan escuelas en todos los pueblos, otorgan que se obligan a pagar a Julián Vásquez, la cantidad de 80 pesos anuales, enseñando la doctrina cristiana, a leer y escribir la lengua castellana, las muchachas desde los 5 a 10 años, y los muchachos desde dicha edad hasta que se casen, durante 3 años.