Item PX_0087_0104 - Untitled

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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0104

Title

Untitled

Date(s)

  • 1830/09/07 (Creation)

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Extent and medium

f. 352 vta. - 356

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Miguel Rivera Infante, hijo legítimo de don Antonio Rivera y de doña Margarita Mariana Infante, sus padres ya difuntos, vecinos que fueron de esta villa, de donde es originario, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser viudo de doña María Manuela Alfaro, de cuyo matrimonio procrearon a Francisco Epifanio [Rivera] que hoy tiene treinta y un año y permanece en estado de celibato; a Miguel Arcadio que murió sin sucesión alguna, aunque dejó viuda a María de los Ángeles Barrientos; a María Josefa Gorgonia de la Natividad [Rivera] que está casada con don Ignacio Ortiz de Zárate; a Francisco de Paula casado con doña Teodora Maldonado; a José Hilario que aún es soltero y tiene diecinueve años de edad; y a Manuel soltero de quince años. Declara que durante el matrimonio adquirieron dos casitas, de la cuales ordena se distribuyan entre sus cinco hijos en la forma siguiente: La casa que hoy habita, que se ubica en esquina hasta un lindero de don Juan Francisco de Bárcena, la aplica para Francisco Epifanio y José Hilario; la otra casa que está contigua, será dividida en tres partes, aplicándose el zaguán y el cuartito que está junto a Francisco de Paula; la pieza última a María Josefa Gorgonia; y el cuarto de en medio a Manuel; y por lo respectivo al terreno del patio se dividirá cada uno su porción, sacando la línea de pared divisoria respectiva; y en cuanto al agua de que disfruta la casa, quedará para el uso común de todos, sea cual fuere el terreno donde resulte situada. Declara que las fincas son responsables de 200 pesos que reconocen con rédito de 5 por ciento anual, los 100 pesos de ellos pertenecientes al Santísimo de la parroquia de esta villa; 50 a la obra pía de San Pascual Bailón de señor San José, y los otros 50 a San Francisco de Paula también de señor San José. Ordena que los 100 pesos del Santísimo los reconozcan Francisco Epifanio y José Hilario sobre la casita consignada de éstos; los 50 pesos de San Pascual Bailón los reconozca por sí sola María Josefa Gorgonia; y los 50 pesos de San Francisco de Paula los reconocerá Francisco de Paula; quedando libre de gravamen la parte de la casita que le toca a Manuel. Declara ser primer albacea de don José María Alfaro y doña Gertrudis Díaz de la Cueva, padres de su esposa y que han estado en su poder tres casas pertenecientes a esa testamentaría, de la cual se encargará de concluir dicha testamentaría su hermano político el Presbítero don José Estanislao Alfaro y Díaz, Cura actual de Tonayán. Nombra como albacea a su hijo Francisco Epifanio y al Presbítero don José Policarpo Rodríguez; y si por alguna razón se descubrieran otros bienes que le pertenezcan, nombra como sus herederos a sus nominados cinco hijos.

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  • Spanish

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    Note

    En el margen de la escritura dice lo siguiente: \"Por disposición del señor Licenciado don José María Cordera, Juez de Letras de lo Civil de este distrito, se dio certificación de las cláusulas 1.ª 6ª y 7ª y última del testamento que contiene esta escritura\", Xalapa 28 de septiembre de 1839; la solicitud de la certificación se ubica en las fojas 542 - 542 vta. El escribano registra los nombres Policarpo Rodríguez, José Policarpo Rodríguez; José Estanislao Alfaro, José Estanislao Alfaro y Díaz; Gertrudis de la Cueva, Gertrudis Díaz de la Cueva, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta.

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