Pièce PX_0098_0119 - Sans titre

Zone d'identification

Cote

MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0119

Titre

Sans titre

Date(s)

  • 1840/08/26 (Création/Production)

Niveau de description

Pièce

Étendue matérielle et support

f. 272 vta., 274 – 275 vta.

Zone du contexte

Nom du producteur

Histoire archivistique

Source immédiate d'acquisition ou de transfert

Zone du contenu et de la structure

Portée et contenu

Las señoras doña María [Manuela] y doña Micaela Pensado y Navarrete, mayores de edad, libres de ajena administración; y don Francisco José Villa, hijo de la primera, también mayor de edad; dijeron que el 5 de noviembre de 1836 formalizaron escritura de arrendamiento a favor de don Antonio Merino del rancho nombrado Ingenio Viejo o las Ánimas, bajo las condiciones que se expresan en dicho instrumento. Asimismo, dijeron que desde entonces ya se reconocían 9 000 pesos con hipoteca de la relacionada finca a favor de don José María Becerra, cuyo plazo se cumplió en el año 1837, pero se les concedió prórroga a los comparentes de otros tres años más, los cuales también se cumplieron en julio del presente año, y habiendo fallecido señor Becerra, sus representantes, que lo son el doctor don José María Luciano y doña María Josefa Timotea Becerra, hijos y herederos de aquel, han convenido en otorgarles otra prórroga hasta el 31 de diciembre de 1842, bajo las cláusulas que constan en escritura del 21 del presente mes, a las cuales ha prestado su deferencia el señor Merino, como arrendatario, a virtud de lo pactado con él según la escritura de arrendamiento, a la cual se le hacen las siguientes adiciones: Que por deferencia del señor Merino al otorgamiento de dicha escritura de 21 del corriente, constituyéndose pagador de los réditos vencidos y por vencer hasta fin de año de 1842, según lo estipulado en la cláusula primera y segunda de la misma escritura, se comprometen las señoras Pensado y Villa, a que si por parte de ellos se redimieren los 9 000 pesos de la enunciada hipoteca, quedará en toda su fuerza y vigor la escritura de arrendamiento de 5 de Noviembre de 1836. Que si el señor Merino fuere quien haga la exhibición de los 9 000 pesos desde hoy hasta el 31 de diciembre de 1842, en ese caso quedan a su favor todos los derechos y privilegios concedidos a los señores Becerra. Que desde esta fecha no pagará más renta anual el señor Merino de los que importan los réditos de 2 000 pesos que la finca reconoce al convento de San Francisco y los de 9 000 pesos de los señores Becerra. Cuyas condiciones otorgan las señoras Pensado y Villa que les serán fieles y exactamente cumplidas al nominado don Antonio Merino.

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Accruals

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Language of material

  • espagnol

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    Language and script notes

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    Note

    El escribano registra los nombres María Josefa Becerra, María Josefa Timotea Becerra, ésta firma María Josefa Becerra; Micaela Pensado, Micaela Pérez Pensado y Navarrete, ésta firma Micaela Pensado; José Luciano Becerra, José María Luciano Becerra, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta.

    Identifiant(s) alternatif(s)

    Mots-clés

    Mots-clés - Lieux

    Mots-clés - Genre

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    Statut

    Publicado

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