Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 1840/08/26 (Creación)
Nivel de descripción
Volumen y soporte
f. 272 vta., 274 – 275 vta.
Área de contexto
Nombre del productor
Historia biográfica
Institución archivística
Historia archivística
Origen del ingreso o transferencia
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
Las señoras doña María [Manuela] y doña Micaela Pensado y Navarrete, mayores de edad, libres de ajena administración; y don Francisco José Villa, hijo de la primera, también mayor de edad; dijeron que el 5 de noviembre de 1836 formalizaron escritura de arrendamiento a favor de don Antonio Merino del rancho nombrado Ingenio Viejo o las Ánimas, bajo las condiciones que se expresan en dicho instrumento. Asimismo, dijeron que desde entonces ya se reconocían 9 000 pesos con hipoteca de la relacionada finca a favor de don José María Becerra, cuyo plazo se cumplió en el año 1837, pero se les concedió prórroga a los comparentes de otros tres años más, los cuales también se cumplieron en julio del presente año, y habiendo fallecido señor Becerra, sus representantes, que lo son el doctor don José María Luciano y doña María Josefa Timotea Becerra, hijos y herederos de aquel, han convenido en otorgarles otra prórroga hasta el 31 de diciembre de 1842, bajo las cláusulas que constan en escritura del 21 del presente mes, a las cuales ha prestado su deferencia el señor Merino, como arrendatario, a virtud de lo pactado con él según la escritura de arrendamiento, a la cual se le hacen las siguientes adiciones: Que por deferencia del señor Merino al otorgamiento de dicha escritura de 21 del corriente, constituyéndose pagador de los réditos vencidos y por vencer hasta fin de año de 1842, según lo estipulado en la cláusula primera y segunda de la misma escritura, se comprometen las señoras Pensado y Villa, a que si por parte de ellos se redimieren los 9 000 pesos de la enunciada hipoteca, quedará en toda su fuerza y vigor la escritura de arrendamiento de 5 de Noviembre de 1836. Que si el señor Merino fuere quien haga la exhibición de los 9 000 pesos desde hoy hasta el 31 de diciembre de 1842, en ese caso quedan a su favor todos los derechos y privilegios concedidos a los señores Becerra. Que desde esta fecha no pagará más renta anual el señor Merino de los que importan los réditos de 2 000 pesos que la finca reconoce al convento de San Francisco y los de 9 000 pesos de los señores Becerra. Cuyas condiciones otorgan las señoras Pensado y Villa que les serán fieles y exactamente cumplidas al nominado don Antonio Merino.
Valorización, destrucción y programación
Acumulaciones
Sistema de arreglo
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Condiciones
Idioma del material
español
Escritura del material
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Instrumentos de descripción
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Existencia y localización de copias
Unidades de descripción relacionadas
Área de notas
Notas
El escribano registra los nombres María Josefa Becerra, María Josefa Timotea Becerra, ésta firma María Josefa Becerra; Micaela Pensado, Micaela Pérez Pensado y Navarrete, ésta firma Micaela Pensado; José Luciano Becerra, José María Luciano Becerra, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta.
Identificador/es alternativo(os)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Puntos de acceso por autoridad
- BECERRA, JOSÉ MARÍA (Materia)
- BECERRA, JOSÉ MARÍA LUCIANO (Materia)
- BECERRA, MARÍA JOSEFA TIMOTEA (Materia)
- MERINO, ANTONIO (Materia)
- PENSADO Y NAVARRETE, MARÍA MANUELA (Materia)
- PENSADO Y NAVARRETE, MICAELA (Materia)
- VILLA, FRANCISCO JOSÉ (Materia)