Don Juan José Rivero, Granadero de la Primera Compañía del Batallón del Regimiento de Infantería fijo de Veracruz, residente en esta Villa, dijo que tratando de verificar el matrimonio que tiene contratado con doña Guadalupe Alfaro, de esta misma vecindad, se han corrido amonestaciones, y sólo resta la vuelta del exhorto librado a Veracruz, el cual debe llegar de un día a otro; pero como está en el caso de marchar mañana con la tropa que escolta el correo que sale para Veracruz, previendo los riesgos que hoy ofrece el camino con las gavillas de enemigos que lo circundan, ha deliberado otorgar poder especial a don Estanislao Alfaro, su futuro hermano político, para que en su representación proceda a la ceremonia y solemnidades de estilo.
XALAPA, VILLA DE
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Don José María de Goiri, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de doña María Manuela Remolina [y Barzón], de esta vecindad, viuda del finado don Francisco Viana, Capitán que fue del Regimiento de Dragones de España, la cantidad de 3 000 pesos; obligándose a satisfacerle en la misma clase y especie de moneda, en el término de 5 años, con el 5% en cada uno. Para seguridad del principal hipoteca, sujeta y grava dos casas de cal y piedra, de edificio alto y bajo, cubiertas de madera y teja, que hacen esquina a la Plaza Principal y calles que nombran Real y Ancha y demás colindancias que se mencionan en la escritura.
Don Fausto Turbini, vecino de la Capital de México, residente en esta Villa, otorga poder general a don Antonio Cayre [Caire], Subteniente de Granaderos del Regimiento de Infantería de la corona de Nueva España, para que a nombre de él, demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente a todas las personas, las cantidades de dinero o artículos que le debieren y debiesen en adelante, en virtud de instrumento público o simple; y si por lo antes mencionado se requiriese contienda de juicio, lo siga, pareciendo ante las autoridades correspondientes, presentando la documentación, testimonios y lo que le sea requerido, por lo que se le da éste con libre y general administración, y con facultad de sustituirlo.
Don Antonio Caire, Subteniente de Granaderos del Regimiento de Infantería de la Corona de Nueva España, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Pedro Aces, alias Poresa, vecino y del comercio de la Capital de México, para que a nombre de él perciba judicial y extrajudicialmente de don Sebastián Pérez de Tejeda, poseedor de la hacienda de San Miguel en la Jurisdicción de Huentitán la cantidad de 2 000 pesos, cuarta parte de los 8 000 pesos que sobre dicha hacienda tiene impuestos a premio; dando por libre a la indicada hacienda, y su poseedor de la obligación a que estaba comprometido, quedando sólo responsable por lo 6 000 restantes.
Doña María Josefa Arteaga, residente en esta Villa, viuda de Diego José Pérez, madre de José Antonio Pérez, de doce años de edad, a quien pone de aprendiz de oficio de armero con el Maestro don Ignacio Churruca, Armero del Regimiento de Nueva España, por el tiempo de 5 años, tiempo en que lo ha de instruir y ha de entregarlo sabiendo completamente el indicado oficio.
Don Juan Parrilla, Ayudante Mayor del Regimiento de Infantería de Milicias Provinciales de Valladolid de Michoacán, acantonado en esta Villa, otorga poder general a don Ignacio Bribiesca, Escribano de Milicias y residente en la citada ciudad, para que demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar, las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante, así para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles o criminales; y si por lo antes mencionado se requiriese contienda de juicio, lo siga.
Don Pablo Vicente de Sola, Capitán del Regimiento de Infantería de Milicias Provinciales de Toluca, residente en esta Villa, otorga poder especial a don José Juan de Fagoaga, Alcalde Ordinario de Primera Elección de la Capital de México, para que acuerde con aquella Junta de Consolidación, la composición por cantidad de 4 000 pesos que se restan a dicha caja, por don José Joaquín de Abalia, de los 12 000 que éste reconoce, y que son fiadores el mismo señor Fagoaga, su hermano José Mariano [sic] Fagoaga y el compareciente, haciendo en el intento cuantos actos, agencias y diligencias se requieran. \t
Don Manuel Cañedo, Cadete del Regimiento de Infantería de Nueva España, residente en esta Villa, otorga poder general a su hermano don Juan de Dios Cañedo, residente en la Ciudad de Guadalajara, para que demande judicial o extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar, las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante, así para que de igual conformidad perciba y cobre de quien corresponda la parte de la herencia que le pertenece, por fallecimiento de su padre don Manuel Calixto Cañedo.
Don Cándido Lejaraza, Teniente del Regimiento de Infantería de Milicias Provinciales de Toluca, otorga que se constituye fiador y principal pagador a favor de don Bartolomé Romero y su esposa doña Vicenta Rodríguez, en caución de los bienes del difunto padre de la mencionada, de la cantidad de 400 pesos, en tal virtud que si a ésta le correspondiere menor cantidad de pesos, reintegrará el otorgante, el exceso a la testamentaria del mencionado difunto.
Don Ventura Castañeda, Teniente de Granaderos de la Segunda Compañía del Regimiento de Infantería Provincial de Valladolid, residente en esta Villa de Xalapa, otorga poder especial a don José María García de Obeso, Capitán del mismo regimiento, residente en la citada Ciudad de Valladolid, para que a nombre de él proceda a la venta o enajenación de una casa de paredes, de edificio bajo, que posee en la Plaza de la mencionada ciudad, otorgando al efecto la correspondiente escritura de venta, con la expresión de los linderos.