XALAPA, VILLA DE

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0115 · Unidad documental simple · 1821/01/15
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Francisco de Abaroa, alcalde constitucional de primera denominación y juez político interino del partido de esta villa; don Juan Francisco de Bárcena, el licenciado don José Mariano Morales, don Andrés Farías, don José María de Goiri, don Francisco Badillo, don Rafael Velad, don José Antonio de Agrasar y don José Mariano Lucido, regidores; don Manuel Allén y don Juan Melitón de Lascurain, síndicos procuradores del común, quienes componen el Ilustre Ayuntamiento de esta villa; otorgan poder general a don Pedro Montes de Oca, procurador de número de la Audiencia Nacional de esta Nueva España, para que en representación del cuerpo político, lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios que al presente tengan o en adelante tuvieren y si es necesario parezca en juicio ante el Rey, en las audiencias nacionales y demás tribunales superiores e inferiores de ambos fueros.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0122 · Unidad documental simple · 1821/02/26
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Manuel Posada, labrador en esta jurisdicción, residente en esta villa de Xalapa, otorga poder general a don José Antonio Lasa, vecino y del comercio de esta villa, para que en su representación demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban; para que de todo cuanto en virtud cobrare otorgue recibos, cartas de pago y demás documentos que le fueren pedidos. Y también le confiere poder especial para que conteste a la demanda que le ha prómovido don Manuel Tavera, en el Juzgado del Juez del Partido, sobre liquidación de cuentas de una partida de ganado vacuno que giró en compañía con él. Y para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles o criminales, eclesiásticas o seculares.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0139 · Unidad documental simple · 1821/08/29
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Bárbara de Castro, de esta vecindad, de estado libre, otorga que vende, cede y traspasa en favor de don Manuel de Mora, también de esta vecindad, una casita de paredes, con una pieza alta por concluir, cubierta de madera, ladrillo y teja, que tiene y posee por suya propia en esta villa en el callejón del Veaterio [Beaterio] o ya sea de Paniza, al que hace su frente al oriente y del otro lado casa baja de don José María Becerra y solar de Antonia Ana Gómez; por el costado del norte linda con el costado o fondo de la de doña Gertrudis Jiménez y doña Albina Jiménez; y por el del sur y fondo al poniente con el de la casa del presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa. Cuya deslindada finca se compone de 15 varas de frente y 11 de fondo, y es la misma que fabricó a sus expensas, en parte del terreno que heredó de su difunta hermana doña Antonia de Castro. Dicha casita la vende en la cantidad de 300 pesos que ha recibido en reales de contado.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0145 · Unidad documental simple · 1821/10/01
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Pedro María Rodríguez, vecino de la Nueva Veracruz, residente en esta villa de Xalapa, albacea en segundo lugar del finado don Francisco Barreiro y Mier, promotor fiscal que fue en la citada ciudad, y hoy ocupando el primer lugar en razón al fallecimiento de don Melchor de Ajuria, que lo servía a virtud de testamento; por la presente otorga poder especial a don Manuel Joaquín de Posada, vecino de la Nueva Veracruz, para que en su representación practique cuentas, operaciones, actos y diligencia que convengan a la conclusión del inventario y descripción de los bienes de Barreiro, apoderándose de todo lo que resulte y descubriendo todos los demás que le pertenezcan a la testamentaria de su cargo.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0001 · Unidad documental simple · 1822/01/05
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Ángel Rodríguez, residente en esta villa, como marido de doña Joaquina de Borbolla y Martínez, otorga que ha recibido de don Sebastián de Mier y Nogueira, vecino de la Puebla de los Ángeles, la cantidad de 5 200 pesos en reales de contado, y declara que dicha cantidad es la parte que le corresponde a su esposa, por fallecimiento de su padre don Francisco de Borbolla y Noriega, vecino que fue de la villa de Orizaba.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0011 · Unidad documental simple · 1822/03/01
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El administrador de Rentas Unidas don Luis José Garzón, por parte del Fisco o Hacienda Nacional; y don Juan Ignacio Bonilla, de esta vecindad; dijeron que el 14 de diciembre del año pasado el señor intendente interino de la Provincia don José Govantes, celebró contrata con el mencionado Bonilla para los alimentos, medicina y asistencia que se ha de franquear en este hospital a los enfermos de los Ejércitos Imperiales, bajo las condiciones siguientes: Primera: Que a todos los militares enfermos que se asistan y curen en el hospital de San Juan de Dios de Xalapa se les facilitaran por el asentista los alimentos y medicinas que receten los facultativos de ambas profesiones, arreglada a la práctica y costumbre de todos los hospitales militares y al plan que se observa en el de Veracruz, de que se acompaña un tanto, sin perjuicio de los que los facultativos tengan por conveniente en el país, para más comodidad y alivio de los males del soldado; debiendo el asentista mantener de continuo facultativo de medicina y cirugía, capellán, practicante, enfermeros y mozos de servicio, los necesarios al mejor aseo, diaria limpieza y asistencia del enfermo. Segundo: El contratista recibirá por inventario, con intervención del contralor, los enseres y útiles de servicio que entregue el asentista saliente, valorándose su importe, menos los tablados por ser de la Hacienda Imperial. Recibirá también con las mismas formalidades los libros de asientos de entradas y salidas de los enfermos que existen en poder de dicho asentista contraídos desde el año de 1815, que se estableció el Hospital por orden del señor brigadier don Fernando Millares de cuenta de la Hacienda Nacional; para que siguiendo el mismo orden mensual aparezca y se deduzca cuando convenga toda constancia, y lo mismo sucederá con el libro que lleva el padre capellán para anotar los que mueren en el hospital. Tercero: Que en el artículo anterior se comprenden todos los útiles recibidos por el asentista don José María Zamora, al tiempo de fincar su contrata que estén de recibo y actual servicio, y en su falta y por inutilidad enterará en la Aduana, según lo tuvo cuando los recibió y consta de inventario y valúo formado entonces. Cuarta: Que, para el orden de las cuenta y razón, y demás anexo, se nombrará un contralor con las instrucciones particulares que le dará la Intendencia, pero sin perjuicio de que el asentista lleve su libro de entrada y salida con distinción de cuerpos, compañías, nombre y apellido del enfermo, expresando sus padres y lugar de nacimiento. Quinta: Diariamente el asentista formará un estado, tal cual se practica por Zamora, en que conste la entrada, salida y existencia con distinción de cuerpos y clases, y lo pasará al contralor para los fines que en sus obligaciones se dirá, y otro estado igual se pasará al señor comandante militar de la villa, para su conocimiento y demás que corresponda. Sexta: Será de cuenta de la Hacienda el surtido de sabanas, frazadas, jergones y cabezales; lo mismo que tablados de camas, los que recibirá el asentista del contralor bajo de recibo, conservando dicha ropa en ropería y el contralor podrá revisarla siempre que tenga por conveniente. Del mismo modo proveerá la Hacienda la loza necesaria ordinaria para los enfermos, siendo de cuenta del asentista la fina para los oficiales en razón de los pocos que pueda haber. Séptima: Que la contrata se celebra por tres años, contados de 1 de enero de 1822, bajo la calidad de pagársele al asentista 5 reales por cada estancia de cuantos enfermos militares de todas clases hubiere en el hospital. En cuanto a oficiales pagará la Hacienda a 5 reales por estancia, y será de su cuenta el cobro de las dos terceras partes del sueldo con que debe contribuir. Al oficial le atenderá el asentista como corresponde a su decoro y clase, y del mismo modo que se ha hecho en el hospital de Xalapa desde el año de 1815 en adelante. Octava: El contratista dará una fianza de 2 000 pesos o dos de a 1 000 que sean responsables del cumplimiento de su contrata. Novena: Que las medicinas y alimentos que se ministren a los enfermos, además de ser todos sin excepción del cargo del asentista, deberán ser con arreglo a lo que receten los facultativos, y a los reglamentos de hospitales militares, y a lo que previene el plan que se remite, conforme explica la condición primera. Décima: El asentista formará en fin de cada mes una relación general nominal, con distinción de cuerpo y compañías, y resumen al pie, deducido del libro maestro en que consten los individuos que entraron y salieron en el hospital, y el vencimiento de estancias de cada uno, en los mismos términos que la forma del actual asentista don José María Zamora. Dicha relación se presentará al contralor para que la coteje con los asientos de su libro, y hallándola conforme le pondrá su intervención, devolviéndola al asentista quien la presentará al administrador de la aduana, para que mandándola confrontar con los estados o partes diarios que se le pasen del hospital le pondrá su visto bueno, uniéndole por comprobantes dichos estados, y en tales términos se procederá al pago al asentista a razón de tres reales por estancia de sargento abajo, y a cinco cada una de las de oficiales. Onceava: Si las cajas de Aduana no tuvieren caudal para satisfacer al asentista el valor de la relación, ocurrirá con ella a la Intendencia para disponer se le pague por la tesorería principal de Veracruz, en lo que no habrá demora. Doceava: El contralor como jefe inmediato de la casa celará el puntual cumplimiento de la contrata y el de todos los empleados en sus obligaciones, remediando de pronto todas las quejas que se le dieren, para que el enfermo sea perfectamente atendido. Bajo cuyos pactos y condiciones se han convenido, para ello se obligan, el primero con el haber nacional y rentas de su administración, y el segundo con su persona, bienes habidos y por haber, y a mayor abundamiento para la seguridad de su cumplimiento y de los bienes ofrece por su fiador a don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, según la cláusula octava, quien se constituye fiador y principal pagador por el mencionado contratista don Juan Ignacio y Bonilla hasta en cantidad de 2 000 pesos.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0049 · Unidad documental simple · 1822/09/03
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Dionisio Camacho, de esta vecindad y comercio, regidor del Muy Ilustre Ayuntamiento Constitucional, dijo que el señor prebendado don Francisco Ángel del Camino, canónigo de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, como albacea del finado señor don Juan de Dios Olmedo y Araciel, dignidad deán que fue de la misma Santa Iglesia Catedral, le confirió su poder especial en la misma ciudad de la Puebla, con el fin de que procediese a la enajenación o venta de una casita y un solar eriazo correspondientes a la testamentaría de su cargo. Y en cumplimiento de su objeto, otorga que vende, cede y traspasa a favor de Clara Trinidad Acosta y Bravo, de esta vecindad, un pedazo de solar eriazo, que se compone de 45 varas de frente que lo hace al callejón que nombran del Chorro del Poblano hacia el norte, y del otro lado casa y solar de doña Teresa Méndez; y 117 de fondo hacia el sur por donde linda con solar del finado don José Antonio Ortiz, por el costado del oriente hace dos martillos, uno entrante y otro saliente, y linda con la que fue de la misma testamentaría y hoy pertenece a don José Ignacio Bremont; y por el del poniente linda con casa y solar que fue del finado don José Morales y Ayala. Cuyo deslindado terreno, lo poseyó conjunto título el presbítero don José Ignacio del Camino, después de varias sucesiones directas y trasversales hasta quedar por una de éstas en poder del mencionado Olmedo. Dicho solar lo vende por libre de empeño, censo e hipoteca, en cantidad de 80 pesos que declara haberlos recibo en reales de contado.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0076 · Unidad documental simple · 1822/09/10
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El señor administrador de Correos de esta villa, don Faustino de Capetillo, por sí y como comisionado del señor Administrador Principal de la Provincia, y don José San Román, correo semanario de esta carrera; otorgan, el segundo, que se obliga a servir como maestro de postas, la que corresponde desde esta villa hasta el paraje nombrado Plan del Rio, por la carrera de Veracruz, y por la de México hasta el nombrado la Hoya [Joya], teniendo en esta villa todas las bestias necesarias con la puntualidad debida, a que no cause perjuicio en este servicio interesante de la nación, por la cantidad de 800 pesos anuales y tiempo de tres años por contrata; todo esto, ínterin dure sin correo semanario, pues establecidos que sean los dos, como tiempo antiguo y pacífico, se le ha de se ha de satisfacer lo mismo que antes se pagaban a los maestros de postas que había en esta villa y paraje del Encero. Y a condición de que también se le paguen por los extraordinarios que crucen hasta los puntos indicados; expresando que esta contrata debía comenzar a ponerla el primero de octubre del presente año; y que no la caucionaba con fiadores abonados por no tenerlos; aunque sí dará la seguridad necesaria en el caso de que falte a su contrata. Y habiendo oído el señor don Faustino de Capetillo las condiciones y circunstancias con que se obliga don José San Román, dijo que las acepta en todas sus partes las propuestas de San Román y las elevaba a contrato verdadero y perfecto; por lo tanto, ambos otorgan cumplir lo pactado.

              RAMÓN RUIZ, JUEZ INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0082 · Unidad documental simple · 1823/01/14
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa Cadena, de esta vecindad, de estado libre, vende en favor de María Agustina Hidalgo, también de esta vecindad, un pedazo de terreno eriazo para fabricar, detrás del fondo de su casa, situado en el callejón de Paniza o del Beaterio, a donde hace su frente al oriente, con doce y media varas y veintidós tercias de fondo hacia el poniente; y por el costado del sur, linda con casa y terreno de la otorgante; y por el norte, con otro que pertenece a los herederos de don Juan Castro. Cuyo terreno hubo y compró de don Domingo Franceschi, el 12 de julio de 1803. Y que ahora lo vende por libre de empeño e hipoteca por precio de 50 pesos al contado, al respecto a 4 pesos vara y por el cual otorga recibo en forma.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0107 · Unidad documental simple · 1823/05/24
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Guzmán y Grant, de esta vecindad, otorga que vende, cede y traspasa a favor de Juan Benítez, también de esta vecindad, una casita o vivienda de paredes, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la calle que nombran de Santiago a la que hace su frente al sur, y del otro lado, casa de Mariano Benítez, y tiene de frente su terreno de 10 y media varas y 120 de fondo hacia el norte, por donde linda con solar que fue de Andrés Basilio; por el costado del oriente linda con casa y terreno del finado Miguel Viveros; y por el poniente con otra de José María Jiménez. Cuya deslindada casita y terreno es la misma que hubo y heredó del presbítero don Nicolás Ricardo de Guzmán, quién la hubo y compró de don José de Ayala, por escritura que a su favor otorgó en esta villa el 13 de septiembre de 1771. Y la que ahora vende a Benítez por libre de empeño, censo e hipoteca en cantidad de 120 pesos en reales de contado.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO