Don Jacinto Mora, vecino de esta Villa, debe y se obliga a pagar a don [José] Joaquín de Mora, su hermano, de esta misma vecindad, 2 000 pesos, cantidad que se obliga a tener en calidad de depósito irregular durante 9 años sin causa de réditos, cuyo dinero lo ocupó para la compra de unos cuartos, y para mayor seguridad de dicha deuda, hipoteca un edificio bajo de pared, cubierto de madera y teja, con siete cuartos contiguos, que mide 40 varas de frente y 17 de fondo, situado en el callejón del Diamante, por donde linda al poniente con la casa de la fonda, al sur con casas de don Domingo Franceschi, al oriente con casas de don Dionisio Noriega, y al norte con casa de don Javier López.\t
XALAPA, VILLA DE
2680 Descripción archivística resultados para XALAPA, VILLA DE
Doña María Ignacia de Alba, vecina de esta Villa, viuda de don Francisco [Ignacio] de Herrasti, otorga poder especial a don Manuel García Herreros, vecino de la Ciudad capital de México, para que perciba del Real Tribunal del Consulado de dicha capital, la cantidad de 10 000 pesos, y en caso de no percibirlos, pueda cederlos traspasando la correspondiente escritura en la persona que le diese los referidos 10 000 pesos, cuya cantidad corresponde a la otorgante como dote que impuso el mismo su poderdante en dicho real tribunal.
Don Domingo Franceschi y don Matías Martínez de Espinosa, vecinos y del comercio de esta Villa, declaran que desde el 28 de mayo de 1802 tienen compromiso de compañía en la tienda de don Francisco Javier Sáenz de Santa María por el tiempo de 4 años o más, quien pagará mensualmente a dicho Santa María 25 pesos, por los efectos, armazón y demás muebles traspasados para la tienda, y habiendo pagado todo por sus avalúos y cumplido el término se ha de valuar sólo el armazón del que ha de entregar su importe dicho Santa María, con los demás muebles correspondientes, como balanzas, marcos, varas y tijeras. Se ha de pagar a cuenta de la compañía la casa y de igual modo 6 pesos mensuales a Franceschi por las dos piezas que se le agregó a la tienda, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
Don Idelfonso Ballesteros, vecino del pueblo de Coatepec, presentó un escrito solicitando la compra de un solar que se encuentra embargado al reo José Mariano de Hernández, a quien se le sigue causa criminal en dicho pueblo de Coatepec por el homicidio de Antonio Modesto Ortiz, cuyo criminal se encuentra prófugo de la justicia; dicho solar se encuentra en el pueblo de Coatepec, en la Calle de San Juan, que va para esta Villa de Xalapa, haciendo frente al oriente, al poniente linda con solar de Gregorio Pozos, al norte con solar de María Victoria y al sur con calle que va al cerro en medio, dicha venta se realiza en 60 pesos.\t
Don Manuel de Goiri, vecino de esta Villa, otorga en calidad de Hermano Mayor de la Venerable Tercera Orden de Penitencia del Señor San Francisco de esta Villa, con acuerdo de los vocales de la misma, que impone y carga a censo redimible la cantidad de 600 pesos de oro común, que para ello le ha entregado don Juan de Bárcena, como albacea de don Manuel de Boza, a favor de la escuela Pía del difunto don Manuel de Boza, cuya cantidad sitúa y carga sobre una casa que pertenece a la citada Tercera Orden, ubicada en la Calle de Alba, obligándose a pagar 30 pesos de réditos anuales.
Doña María Josefa Bandala Lezama, vecina de esta Villa, hija legítima de los difuntos don Juan Antonio Bandala y de doña María Josefa Lezama, otorga su testamento donde declara que estuvo casada en primeras nupcias con don Juan Bautista Bocelo [Juan Bocelo], difunto, con quien procreó a María Josefa, casada con don Manuel Terán, a Andrés Hilario y a José María; y en segundas nupcias con don Pedro José Sáenz Navarrete, de quien no ha tenido hijos. Manda se impongan 50 pesos para el culto de San Pascual Bailón de la parroquia auxiliar del Señor San José de la Laguna de esta Villa. Nombra como albaceas a su marido don Pedro José Sáenz Navarrete y a don Miguel de Arieta y como herederos del remanente del quinto de sus bienes al mencionado su esposo y a sus hijos.
Don José Antonio Domínguez, vecino de esta jurisdicción, otorga poder general a don José María Cardeña, Subteniente de Milicias Provinciales de las Tres Villas, para que pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente a cualquier persona, comunidades, albaceas, tesoreros, mayordomos, cajas reales y jueces, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos, frutos, géneros, bienes muebles y efectos que le deban, así como para defenderlo y demandar a cualquier persona.
Don Manuel Terán, vecino y del comercio de esta Villa, vende a doña María Josefa Bandala, su madre política, el sobrante o derrame del agua de la pila de su casa, en la cantidad de 90 pesos.
Doña [María] Manuela Mejía, viuda, otorga poder general al Presbítero Manuel Campomanes, junto con don Juan Bautista Lotina, Administrador de Correos de esta Villa, para que pidan, demanden, reciban y cobren a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, géneros y efectos que le deban.
José Romero, vecino de esta Villa, vende a don Mariano Cadena, de esta vecindad, un solar de 25 varas de frente y 288 de fondo, el cual linda al norte con calle en medio y casas de don Pascual Ledezma, al sur con el río del molino de Maniau, al oriente con solar de María Romero, hermana del vendedor; y al poniente con solar de Juan Romero, otro hermano del vendedor, dicha venta la hace en la cantidad de 200 pesos.