Don Juan Antonio Bárcena, vecino y del comercio de esta Villa, otorga poder especial a don Pedro Mantilla, apoderado general que es del Real Tribunal del Consulado de la Ciudad de Veracruz, vecino de la Villa y Corte de Madrid, para que a nombre él, haga las pretensiones que al otorgante le convengan, y con especialidad las que le comunique por sus instrucciones, para lo cual pueda solicitar la gracia y merced que fuere servido, presentando para ello memoriales, informaciones, testimonios de servicios y todos los documentos que resulten necesarios; y conseguida que fuese cualquiera honra, la acepte. También le confiere este poder para todos los pleitos, causas y negocios civiles o criminales, que al presente tenga el otorgante.
XALAPA, VILLA DE
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José García, natural y vecino de esta Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de don Juan Antonio Pensado, de esta misma vecindad, albacea del difunto Miguel Robles Tejeda, la cantidad de 1 429 pesos 7 y medio reales, a consecuencia del matrimonio que ha contraído con María Eugenia Robles, una de las hijas y herederas del indicado difunto.
Manuela Josefa Trigos, de esta vecindad, mujer y conjunta persona de don José María Aburto, otorga que vende, cede y traspasa a favor de José Aguilera, un pedazo de solar eriazo, situado en esta Villa, en el Barrio de la Laguna, Camino Real que sale para Veracruz, se compone de 11 varas de frente al norte y 53 al sur, en los linderos que se mencionan en la escritura. Lo vende por precio 88 pesos.
Simón Zárate, Sargento de las Milicias Provinciales de las Tres Villas, con residencia en ésta, otorga por el presente y como mejor en derecho procede que sale y se constituye fiador y carcelero comentariense de Manuel Marín, quien a pedimento de don José Alonso Corrales sigue en su contra cuenta sumaria, en el Juzgado del señor Alcalde Ordinario, en la que se ha notificado poner en libertad, bajo la fianza comentariense de cárcel segura.
Doña Rafaela Josefa Salvo, don Juan Francisco Noriega y don Dionisio Ángel Salvo, albaceas testamentarios de la difunta Petra Antonia Bonilla, madre de la primera y el último, manifestaron que la expresada difunta celebró la venta de un solar y a consecuencia de este contrato, se otorgaba la correspondiente escritura, y el comprador puso en poder de don Manuel de Allen en clase de Depósito el importe de su valor, del cual ha sido preciso hacer uso para los gastos de la enfermedad y entierro de la mencionada difunta en la Puebla de los Ángeles, como para el regreso de su familia a esta Villa; por todo lo cual están en obligación de proceder al otorgamiento de la escritura de venta del mencionado solar en virtud del citado cargo que tienen, por lo que otorgan que venden al Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, Clérigo Domiciliario, vecino de esta Villa, un pedazo de solar, cubierto en partes de paredes, en el que hubo un edificio que sirvió de troja, que poseía la indicada difunta en la Calle de San Francisco de Paula, y baja para la tenería del difunto don Luis de Zárate.
Don José Arrieta, de esta vecindad, Sargento Retirado del Regimiento de Infantería Provincial de las tres Villa, de oficio carpintero, mayor de 65 años, otorga su testamento; declara ser de estado soltero, y no tener heredero alguno; manifiesta que sus bienes consisten en una casita de madera, y un pedazo de solar donde se halla situado el juego de Bochas, en un callejón angosto, a las orillas del poblado. Nombra albacea a don Antonio Guzmán y Grant, de esta vecindad, para que venda o empeñe sus bienes, y de lo producido haga los sufragios por su alma hasta donde alcance.
Don Andrés Rodríguez Rojo otorga codicilo de su testamento de 25 de noviembre de 1796, para modificar el nombramiento de albacea, quien pone en primer lugar a su hijo, don Miguel Rodríguez Rojo, y por falta de éste, en segundo a doña María Montero; encargando a éstos se entregue al presbítero don Francisco [Mateo] Florido, de la parte del quinto de sus bienes, la cantidad que pida para el cumplimiento del comunicado reservado que le ha hecho a beneficio de su mitra y descargo de su conciencia, y lo restante se invierta en el testamento.
Don Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, otorga poder general a favor de su hijo político don Matías Martínez de Espinosa, de este mismo comercio y vecindad, para que a nombre de él, demande y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar, las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante, así para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares, que al presente tenga o en adelante tuviera.
Don Francisco Sáenz de Santa María, de esta vecindad, Regidor Perpetuo del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa de Xalapa, albacea de doña Ignacia Ortiz de Zárate, viuda de don Manuel José Rincón, según el poder que para testar le otorgó en esta Villa, otorga poder especial a don José María Bausa, de esta misma vecindad y comercio, para que a nombre de los cargos que representa y con acuerdo de los herederos, proceda a la formación de los inventarios, cuentas de albaceazgo y partición de los bienes mortuorios; haciendo para ello todos los trámites legales que conduzcan al efecto.
Don Pedro del Puerto Vicario, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder general a don Nicolás Calera, Agente de Negocios de la Capital de México, para que a nombre de él demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante, así para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares.